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ORDENANZA Nº 011-2025-MDSA
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO – CAÑETE
Por Administrador
Publicado en 30/12/2025 11:18
ORDENANZAS

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de San Antonio, en Sesión Ordinaria N°024-2025-MDSA celebrada en la fecha 20 de noviembre del presente año, y;

VISTOS: El informe N°129-2025-SGRFTEC-GSMYGA/MDSA de fecha 07 de noviembre del 2025, emitido por la Sub Gerencia de Rentas, Fiscalización Tributaria y Ejecutoria Coactiva; el Informe Nº075-2025-OGAJ-MDSA de fecha 10 de noviembre de 2025, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; la Hoja de Trámite N°0207-2025-GM-MDSA de fecha 11 de noviembre del 2025, emitido por la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, y sus Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú de 1993 y su modificatoria, Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria;

Que, de acuerdo a la disposición final del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, que aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de Impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1º de Enero de cada ejercicio convirtiéndose en un servicio exclusivo;

Que es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión mecanizada de valores, determinación del impuesto predial y Tasa de Arbitrios municipales de Limpieza Pública y Seguridad Ciudadana correspondiente al año 2026;

Que, el Concejo Distrital ejerce su función normativa, fundamentalmente a través de Ordenanzas que tienen rango de Ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú;

Que, el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N ° 27972, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado por Decreto Legislativo Nº 953, establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, Arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley, además deberán ser ratificadas por la municipalidad provincial de su jurisdicción para su entrada en vigencia;

Que, acorde a la Ordenanza Nº 022-2015-MPC Ordenanza que aprueba el proceso ratificatorio por las Ordenanzas Distritales de la Provincia de Cañete, de fecha 15 de diciembre del 2015 en el item 7.3 establece los requisitos aplicables a la ratificación de ordenanzas que aprueban derechos de emisión mecanizada; Que mediante Informe N°129-2025-SGRFTEC-GSMYGA/MDSA de fecha 07 de noviembre del 2025, emitido por la Sub Gerencia de Rentas, Fiscalización Tributaria y Ejecutoria Coactiva remitió el proyecto de Ordenanza que establece el monto de derecho de emisión mecanizada correspondiente al ejercicio fiscal 2026 del distrito de San Antonio a la vez informo que se ha determinado la tasa a cobrar por el servicio de emisión mecanizada y su distribución a domicilio para el ejercicio 2026 y la estructura de costos del mismo, por lo que resulta conveniente aprobar la Ordenanza respectiva y los costos establecidos, solicitando que se inicien las acciones correspondientes para que dicho proyecto sea aprobado en Sesión de Concejo; Que, mediante Informe Nº075-2025-OGAJ-MDSA de fecha 10 de noviembre de 2025, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que es viable que el pleno de concejo Municipal apruebe el proyecto de Ordenanza que establece el monto de derecho de emisión Mecanizada correspondiente al ejercicio fiscal 2026 del Distrito de San Antonio;

Que, mediante hoja de Tramite Nº0207-2025-GM-MDSA, de fecha 11 de noviembre del 2025, emitido por la Gerencia Municipal remite proyecto de ordenanza que estable el monte de emisión mecanizada al ejercicio fiscal 2026” a fin de ser considerado en la próxima sesión de concejo Municipal;

En uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE ESTABLECE EL DERECHO DE EMISION MECANIZADA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2026

Artículo 1°.- APRUÉBESE el Informe Técnico Financiero, Estructura de Costos, Determinación de la tasa del servicio de Emisión Mecanizada correspondiente al ejercicio 2026, que como anexo I, II y III, respectivamente forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2°.- FIJESE en S/ 12.70 (doce soles y 70/100 soles), el monto anual que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emisión mecanizada 2026; Los titulares de más de un predio abonarán la suma de S/. 2.07 (Dos y 07/100 soles) por concepto de predio adicional.

Artículo 3°.- La presente ordenanza entrara en VIGENCIA a partir del día siguiente de su publicación previa ratificación de la Municipalidad Provincial de Cañete.

Artículo 4º.- ENCÁRGUESE a la Subgerencia de Rentas, Fiscalización Tributaria y Ejecución Coactiva, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la oficina de Tecnologías de la Información, su difusión, y a la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, su publicación.

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