EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ZÚÑIGA
POR CUANTO:
VISTOS:
El Concejo de la Municipalidad Distrital de Zúñiga, provincia de Cañete, en Sesión Ordinaria de fecha 10 de Setiembre del 2025; ORDENANZA QUE MODIFICA PARCIALMENTE EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ZUÑIGA, INCORPORANDO FUNCIONES A LA GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y RURAL EN MATERIA DE SANEAMIENTO FÍSICO-LEGAL DE BIENES ESTATALES DE COMPETENCIA MUNICIPAL, EN EL MARCO DE LA LEY Nº 29151
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo dispuesto en los Artículo I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante aprobación de ordenanzas y acuerdos;
Que, la ORDENANZA MUNICIPAL Nº 14-2023-MDZ, de fecha 06 de Setiembre del 2023 “ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y EL ORGANIGRAMA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ZUÑIGA”;
Que, esta modificación se ajusta a los lineamientos del Decreto Supremo 054-2018-PCM (Lineamientos de Organización del Estado), que exige que el ROF especifique competencias de los órganos y que su modificación se realice respetando estructura orgánica y funciones. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Distrital de Zúñiga ha aprobado la siguiente Ordenanza;
Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones previstas en el numeral 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, luego de la respectiva deliberación y evaluación de los documentos concernientes al “Proyecto de Ordenanza que aprueba la modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Zúñiga”, con el Voto por la MAYORÍA de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA PARCIALMENTE EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ZUÑIGA, INCORPORANDO FUNCIONES A LA GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y RURAL EN MATERIA DE SANEAMIENTO FÍSICO-LEGAL DE BIENES ESTATALES DE COMPETENCIA MUNICIPAL, EN EL MARCO DE LA LEY Nº 29151
Artículo 1º.- APROBAR la adición a las funciones de la Gerencia de desarrollo urbano y rural incorporando funciones en temas de saneamiento de bienes estatales en área de dominio público conforme a los considerandos de la presente ordenanza.
Artículo 2º.- MODIFICAR el artículo 104º del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Zúñiga, aprobado en el año 2023, incluyendo funciones en temas de Saneamiento de bienes estatales en área de dominio público, las funciones que se incluyen por la presente normativa son las siguientes:
. Planificar y supervisar los trabajos técnicos vinculados al saneamiento físico-legal de los bienes inmuebles de propiedad estatal destinados a la Municipalidad, asegurando el cumplimiento de la normativa vigente.
. Elaborar y aprobar, según corresponda, los planos de ubicación, memorias descriptivas y documentos técnicos requeridos para el saneamiento de predios.
. Coordinar con la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), SUNARP y otras entidades, los procedimientos necesarios para la inscripción y formalización de predios estatales.
. Gestionar la obtención de información catastral, registral y municipal necesaria para la transferencia, independización o acumulación de predios estatales.
. Emitir informes técnicos y administrativos que sustenten los trámites de saneamiento físico-legal, en coordinación con la Gerencia de Asesoría Jurídica u otras dependencias.
. Mantener un registro actualizado de los procesos de saneamiento físico-legal y del estado registral de los bienes municipales.
. Promover la incorporación ordenada de los bienes inmuebles saneados al patrimonio municipal y su correcta inscripción en el Registro de Predios.
Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural y Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro, el cumplimiento de la presente ordenanza.
Artículo 4º.- FACULTAR al Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Zúñiga, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación del Reglamento aprobado en la presente ordenanza.
Artículo 5º.- PUBLICAR la presente ordenanza en el diario de mayor circulación de la provincia de Cañete, así como su publicación en el portal web de la Municipalidad Distrital de Zúñiga (https://www.gob.pe/munizuniga).
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y PUBLÍQUESE.
Alejandro Fernando Elías Carlos
Alcalde