MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
ORDENANZA MUNICIPAL N° 009-2025-MDA
Por Administrador
Publicado en 23/06/2025 10:30
ORDENANZAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA

VISTO:

Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de Junio del 2025; el Informe N° 745-2025-GPYP/MDA, de fecha 05 de Junio del 2025, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum N° 121-2025-GM/MDA, de fecha 06 de Junio del 2025, emitido por la Gerencia Municipal, la Opinión Legal N° 559-2025-GAJ/MDA, de fecha 10 de Junio del 2025, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 292-2025-GM/MDA, de fecha 11 de Junio del 2025, emitido por la Gerencia Municipal, relacionados a la APROBACION DEL REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE ELECCIONES Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL - CCLD.

I CONSIDERANDO:

Que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972.

Que, la misma Ley acotada en su Artículo 40º relacionadas a las Ordenanzas, señala: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”.

Que, la Ley 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, establece en su Artículo 17º inciso 17.1. Los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formación, debate, concentración de sus planes de desarrollo y presupuesto, y en gestión pública. Para efectos deberá garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la Ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concentración, control, evaluación y rendición de cuenta y en su Artículo 42º competencia exclusiva: literal g) Aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participación, concentración y fiscalización de la comunidad en la gestión municipal.

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Ley 27972, en sus Artículos 102º al 104º, establecen la definición, composición, instalación y funciones de los consejos de coordinación local distrital, como órganos de coordinación y concentración de las Municipalidades Distritales. El Artículo 105º prescribe que el Consejo de Coordinación Local Distrital rige por Reglamento aprobado por Ordenanza Distrital, durante el primer trimestre de su funcionamiento, a propuesta del Consejo de Coordinación Local Distrital.

Que, mediante Informe N° 745-2025-GPYP/MDA, de fecha 05 de Junio del 2025, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; solicita la EVALUACION Y APROBACION DEL REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE ELECCIONES Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL -CCLD.

Que, mediante Memorándum N° 121-2025-GM/MDA, de fecha 06 de Junio del 2025, emitido por la Gerencia Municipal, solicitando a la Gerencia de Asesoría Jurídica emita la opinión Legal respecto a la EVALUACION Y APROBACION DEL REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE ELECCIONES Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL -CCLD.

Que, mediante Opinión Legal N° 559-2025-GAJ/MDA, de fecha 10 de Junio del 2025, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera que es viable se proceda a la APROBACIÓN DEL REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE ELECCIONES Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL -CCLD.

Que, mediante Informe N° 292-2025-GM/MDA, de fecha 11 de Junio del 2025, emitido por la Gerencia Municipal, respecto a la APROBACIÓN DEL REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE ELECCIONES Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL -CCLD, a fin de que sea elevado a Sesión de Concejo Municipal.

Que, puesto a debate en Sesión Ordinaria de fecha 13 de Junio del 2025, el concejo municipal aprobó por Unanimidad, la APROBACIÓN DEL REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE ELECCIONES Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL -CCLD, asimismo dispusieron la Dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta correspondiente.

Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 048-2025-A/MDA, de fecha 13 de Junio del 2025, se aprobó por UNANIMIDAD, la APROBACIÓN DEL REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE ELECCIONES Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL –CCLD.

Que, en uso de las facultades conferidas por los Artículos 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, se procedió en aprobar conforme al siguiente detalle:

“ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE ELECCIONES Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL –CCLD DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA”

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Reglamento para el Proceso de Elección y Funcionamiento del Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de Asia, el mismo que consiste en cuatro (04) Títulos, cuarenta y cinco (45) Artículos, tres (03) Disposiciones Finales y un (1) Disposición Transitoria.

ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, adopten las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente ordenanza municipal..

ARTÍCULO TERCERO.- FACÚLTESE al Señor Alcalde que, mediante Decreto de Alcaldía, promulgue las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza.

ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Secretaria General de nuestra Institución la Publicación en el Diario Judicial de la Localidad “Al Día con Matices”, impresión y Difusión de la Presente Ordenanza y su Reglamento, que entra en vigencia al día siguiente de su publicación y a la Subgerencia de Informática y Estadística la publicación de la referida Ordenanza en el Portal Institucional.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

Isaías Antonio Alcántara Malásquez

Alcalde

Comentarios