MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
ORDENANZA MUNICIPAL N° 008-2025-MDA
Por Administrador
Publicado en 23/06/2025 10:29
ORDENANZAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA

VISTO:

Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de Mayo del 2025; el Informe N° 053-2025-JCOM-SGT/MDA, de fecha 08 de Mayo del 2025, emitido por la Sub Gerencia de Turismo, el Informe N° 382-2025-SEAZ-GDEL/MDA, de fecha 08 de Mayo del 2025, emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico Local, el Memorándum N° 100-2025-GM/MDA, de fecha 13 de Mayo del 2025, emitido por la Gerencia Municipal, la Opinión Legal N° 541-2025-GAJ/MDA, de fecha 16 de Mayo del 2025, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 222-2025-GM/MDA, de fecha 16 de Mayo del 2025, emitido por la Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de Asia, relacionados al PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPÁL DE CELEBRAR LAS INVESTIGACIONES ARQUELOGICAS REALIZADAS POR EL DR. JULIO CESAR TELLO ROJAS, EN HUACA MALENA Y VALLE DE ASIA.

I CONSIDERANDO:

Que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972.

Que, el Artículo 41° de la norma legal anotada prescribe que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, el Artículo 82°, incisos 11) Organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en la provincia, distritos y centros poblados; 12)Promover la protección y difusión del patrimonio cultural de la nación, dentro de su jurisdicción, y la defensa y conservación de los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos, colaborando con los organismos regionales y nacionales competentes para su identificación, registro, control, conservación y restauración; 15) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a este fin, en cooperación con las entidades competentes; 19) Promover actividades culturales diversas.

Que, mediante la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972, SUB CAPITULO II; en su artículo 20.- Atribuciones del alcalde, señala en Inciso 3). Ejecutar los acuerdos del concejo municipal, bajo responsabilidad; Inciso 4) Proponer al concejo municipal proyectos de ordenanzas y acuerdos; Inciso 5). Promulgar las ordenanzas y disponer su publicación; Inciso 6). Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas.

Que, como indica el Artículo 3°. - Referencias Toda mención a la Ley en el presente reglamento, debe entenderse como referida a la Ley General de Turismo en Ley N. º 29408. Artículo 5°. - Principios de la actividad turística señalados en el artículo 3° de la Ley se deben tener en cuenta en la formulación y ejecución de los planes, programas, proyectos y acciones destinados al desarrollo de esta actividad.

Que, de acuerdo en la Ley General de Turismo N°29408, en TITULO VIII “promoción del turismo”, Articulo 41 Promoción turística, indica.- La promoción turística se realiza de acuerdo con las políticas sectoriales en materia de turismo y comprende la implementación y desarrollo de los planes estratégicos de turismo dentro de las políticas sectoriales, así como la formulación, aprobación y ejecución de planes y estrategias institucionales de promoción del país como destino turístico, tanto para el turismo interno como receptivo.

Que, el numeral 2.2 Elaboración y Aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) de la “Guía para el Planeamiento Institucional de la MDA”, establece que la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad; para ello, una vez aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tengan consistencia con el PIA y, de no ser consistente, la entidad ajusta la programación, para finalmente obtener el POI Anual. Esta actividad se tiene que considerar para que cuente con presupuesto para el año 2026.

Que, conforme el Reglamento de Organización y Funciones (ROF): Art. N° 142; la Sub Gerencia de Turismo es la unidad orgánica, responsable del desarrollo de la actividad turística en el distrito de Asia, en concordancia con la política general del gobierno, los planes sectoriales y la directiva relacionada con la actividad turística. Art. N° 144; son las funciones de la Sub Gerencia de Turismo:

- 2° Formular y ejecutar policitas de plan de fomento del turismo local sostenible.

- 3° Propiciar la realización de actividades de promoción y fomento turístico.

- 4° Proponer las políticas de gestión municipal destinadas a la promoción turística, cultural y artística del distrito de Asia.

- 6° Promover la inversión privada para desarrollar la actividad turística y dinamizar la economía de la población.

- 9° Organizar todas las actividades festivas de carácter público para la identificación y certificación del patrimonio histórico, cultural y artístico promoviendo su conocimiento entre los pobladores.

- 15° Formular y promover herramientas de planificación y gestión que coadyuven al desarrollo del turismo local sostenible alineada a los planes existentes con participación del sector público y privado.

- 16° Ejecutar y/o promover el acondicionamiento de espacios públicos para fines turísticos, con participación del sector público y privado.

- 18° Generar y/o comentar mecanismos de promoción y articulación comercial de la oferta turística al nivel local, regional, nacional e internacional en coordinación con el sector público y privado.

Que, mediante Informe N° 053-2025-JCOM-SGT/MDA, de fecha 08 de Mayo del 2025, emitido por la Sub Gerencia de Turismo; remite el Informe Técnico que sustenta la PROPUESTA DE ORDENANZA MUNICIPAL DE CELEBRAR LAS INVESTIGACIONES ARQUEOLOGICAS REALIZADAS POR EL DR. JULIO CESAR TELLO ROJAS, EN HUACA MALENA Y VALLE DE ASIA.

Que mediante Informe N° 382-2025-SEAZ-GDEL/MDA, de fecha 08 de Mayo del 2025, emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico Local, remite la PROPUESTA DE ORDENANZA MUNICIPAL DE CELEBRAR LAS INVESTIGACIONES ARQUEOLOGICAS REALIZADAS POR EL DR. JULIO CESAR TELLO ROJAS, EN HUACA MALENA Y VALLE DE ASIA, a la Gerencia Municipal a fin de que proceda a solicitar la Opinión Legal al respecto.

Que, mediante Memorándum N° 100-2025-GM/MDA, de fecha 13 de Mayo del 2025, emitido por la Gerencia Municipal, solicita Opinión Legal respecto la PROPUESTA DE ORDENANZA MUNICIPAL DE CELEBRAR LAS INVESTIGACIONES ARQUEOLOGICAS REALIZADAS POR EL DR. JULIO CESAR TELLO ROJAS, EN HUACA MALENA Y VALLE DE ASIA, a la Gerencia de Asesoría Jurídica.

Que, mediante Opinión Legal N° 541-2025-GAJ/MDA, de fecha 16 de Mayo del 2025, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera que es viable se proceda a la APROBACIÓN de la PROPUESTA DE ORDENANZA MUNICIPAL DE CELEBRAR LAS INVESTIGACIONES ARQUEOLOGICAS REALIZADAS POR EL DR. JULIO CESAR TELLO ROJAS, EN HUACA MALENA Y VALLE DE ASIA.

Que, mediante Informe N° 222-2025-GM/MDA, de fecha 16 de Mayo del 2025, emitido por la Gerencia Municipal, mediante el cual solicita se eleve lo actuado al concejo Municipal, para su aprobación correspondiente.

Que, estando a lo señalado en los informes mencionados y las disposiciones legales citada es viable la aprobación del Proyecto de Ordenanza, por lo que en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9° y 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo aprobó por UNANIMIDAD el proyecto, así como la DISPENSA del trámite de lectura y aprobación del Acta, correspondiente a la:

“ORDENANZA MUNICIPAL DE CELEBRAR LAS INVESTIGACIONES ARQUEOLOGICAS REALIZADAS POR EL DR. JULIO CESAR TELLO ROJAS, EN HUACA MALENA Y VALLE DE ASIA”

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la ORDENANZA MUNICIPAL DE CELEBRAR LAS INVESTIGACIONES ARQUEOLOGICAS REALIZADAS POR EL DR. JULIO CESAR TELLO ROJAS, EN HUACA MALENA Y VALLE DE ASIA.

ARTÍCULO SEGUNDO.- AFECTAR a la meta presupuestal 0056 de la Sub Gerencia de Turismo/ MDA “PROMOCION DEL TURISMO INTERNO” para el cumplimiento de la Ordenanza Municipal de “CELEBRAR LAS INVESTIGACIONES ARQUEOLOGICAS REALIZADAS POR EL DR. JULIO CESAR TELLO ROJAS EN HUACA MALENA Y VALLE DE ASIA”.

ARTICULO TERCERO.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Turismo/MDA, el cumplimiento y ejecución de la Ordenanza Municipal de “CELEBRAR LAS INVESTIGACIONES ARQUEOLOGICAS REALIZADAS POR EL DR. JULIO CESAR TELLO ROJAS EN HUACA MALENA Y VALLE DE ASIA” en el Distrito de Asia.

ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial de la Provincia de Cañete “Al Dia Con Matices”, y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística, la publicación de la referida Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Asia.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

Isaías Antonio Alcántara Malásquez

Alcalde

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