EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO – CAÑETE
POR CUANTO;
El Concejo Municipal del Distrito de San Antonio - Cañete, en la Sesión Ordinaria de Concejo N°05-2025, celebrada en la 11 de marzo del 2025.
VISTO:
La hoja de tramite N°085-2025-GM-MDSA, el informe N°038-2025-GAJ-MDSA y el informe Nº080-2025-GPP-MDSA, respecto al pedido formulado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto para la aprobación del proyecto de ordenanza denominada: “REGLAMENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO PARA EL AÑO FISCAL 2026”.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú modificado por el artículo único de la Ley Nº30305, en concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades– Ley Nº27972, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y;
Que la Constitución Política del Perú en sus artículos 195º con numeral 1º, 197º y 199º de, modificados mediante Ley Nº27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley;
Que, la Ley Nº27783 – Ley de Bases de la Descentralización en sus artículos 17º, 20º numeral 20.1, establecen que se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión los mismo que se formulan conforme a ley, y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados;
Que, la Ley Nº28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, la Ley Nº29298 que modifica la ley marco del presupuesto participativo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº142-2009-EF establecen las disposiciones orientadas a lograr la efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso de Programación de los Presupuestos Participativos, desarrollados en armonía con los planes de desarrollo concertados;
Que, mediante la Resolución Directoral Nº007-2010-EF-76.01, se aprueba el Instructivo Nº001-2010-EF/76.01, “Instructivo para el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, que establece mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos locales en el marco de la Ley del Presupuesto Participativo – Ley Nº28056, su modificatoria, Ley Nº29298, el Decreto Supremo N° 097-2009-EF, que precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 142-2009-EF; dicho proceso debe estar orientado a resultados con la finalidad que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados específicos que la población necesite;
Que, mediante Informe Nº080-2025-GPP-MDSA, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, informa que en cumplimiento de la normativa vigente para el inicio del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de San Antonio para el Año Fiscal 2026, es necesario aprobar la propuesta de Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de San Antonio para el Año Fiscal 2026, el cual consta de treinta uno (31) Artículos, cuatro (04) Disposiciones Finales, y seis (06) Anexos;
Que mediante Informe Nº038-2025-GAJ-MDSA, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite la OPINIÓN FAVORABLE para que el Pleno del Concejo Municipal tenga a bien APROBAR el Reglamento del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2026 del Distrito de San Antonio-Cañete;
Que, el Concejo Municipal tiene la atribución de aprobar las normas que garanticen una efectiva participación vecinal, conforme a lo señalado en el artículo 9 inciso 14) de la ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Estando a lo expuesto y de conformidad con los artículos 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, con el VOTO UNANIME del Pleno del Concejo y con la dispensa del trámite de aprobación del acta, se aprobó la siguiente:
“ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO PARA EL AÑO FISCAL 2026”,
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Reglamento del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de San Antonio para el Año Fiscal 2026, que consta de treinta uno (31) artículos, cuatro (04) Disposiciones Finales, y seis (06) Anexos.
ARTÍCULO SEGUNDO: APERTURAR el Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de San Antonio para el Año Fiscal 2026.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y a la Subgerencia de Participación Vecinal, el cumplimiento de la presente Ordenanza.
ARTICULO CUARTO: ESTABLECER que los aspectos no previstos serán resueltos por el Equipo Técnico Municipal en concertación con los representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD.
ARTÍCULO QUINTO: ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el diario de mayor circulación local, y a la Subgerencia de Informática, la publicación del mismo, incluido sus Anexos, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Antonio.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Juan Edgar Malásquez Jara
Alcalde