MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
ORDENANZAS
Publicado en 09/03/2025

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004– 2025/MDA

Asia, 26 de Febrero del 2025

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA

VISTO:

Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de Febrero del 2025; se aprobó el PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPÁL QUE REGULA EL PROCESO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2026 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA.

I CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley de Reforma de los Artículos 91°, 191° y 194° de la Constitución Política del Perú-Ley N° 28607, se establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; otorgando potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su Jurisdicción y con los límites que señale la Ley conforme lo establece el numeral 4° del Artículo 195° de la Constitución;

Que, el Segundo Párrafo del Artículo 31º, de la Constitución Política del Perú, precisa que es derecho y deber de los vecinos participar en el Gobierno Municipal de su jurisdicción;

Que, de los Artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, dice que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la Participación Vecinal en el Desarrollo Local, y que los Gobiernos Locales formulan y aprueban el Plan de Desarrollo Concertado y sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuentas de su ejecución anualmente, bajo responsabilidad y conforme a Ley;

Que, según la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, en su Artículo 1º prescribe que el Proceso del Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil. Para ello los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como, en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos;

Que, el objeto del Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, es establecer los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución que permitan delimitar los proyectos de inversión pública de impacto Regional, Provincial y Distrital, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en sus respectivos Presupuestos Participativos. Decreto que fue modificado por el Decreto Supremo N° 132-2010-EF, en sus Artículos 3°,4° y 5° correspondiente al Proceso del Presupuesto Participativo;

Que, la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 53º prescribe que las Municipalidades se rigen por sus Presupuestos Participativos anuales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción, ello en concordancia con el Artículo 97° el mismo que indica que los planes de desarrollo municipal concertados y los presupuestos participativos tienen un carácter orientador de la inversión, asignación y ejecución de los recursos municipales;

Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 “Instructivo para el Presupuesto Participativo basado en Resultados” y aprobado mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, establece mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados en los Gobiernos Locales en el marco de la Ley del Presupuesto Participativo. Dicho proceso debe estar orientado a resultados con la finalidad que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados específicos que la población necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran más prioritarias para el desarrollo local, evitando, de este modo ineficiencias en la asignación de recursos públicos;

Que, la Ley Nº 28411, Ley del Sistema Nacional de Presupuesto, que regula el equilibrio presupuestario del sector público y la eficiencia en la ejecución de los fondos públicos que estén vinculadas a los fines del Estado deben establecerse teniendo en cuenta la situación económica-financiera y el cumplimiento de los objetivos de estabilidad macro fiscal, siendo ejecutadas mediante una gestión de los fondos públicos, orientada a resultados con eficiencia, eficacia, economía y calidad;

Que, de conformidad con lo prescrito en el primer párrafo del Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los Concejos Municipales ejercen sus funciones de Gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos;

Que, estando a lo señalado en los informes mencionados y las disposiciones legales citada es viable la aprobación del Proyecto de Ordenanza, por lo que en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9° y 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo aprobó por UNANIMIDAD el proyecto, así como la DISPENSA del trámite de lectura y aprobación del Acta, correspondiente a la:

“ORDENANZA MUNICIPÁL QUE REGULA EL PROCESO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2026 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA”

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Asia para el Año Fiscal 2026.

ARTÍCULO SEGUNDO: APROBAR el “Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Asia para el Año Fiscal 2026”, el cual será diseñado por el Equipo Técnico Municipal.

ARTÍCULO TERCERO: CONSTITUIR el Equipo Técnico Municipal del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año 2026.

ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR al Equipo Técnico Municipal y demás unidades orgánicas pertinentes el cumplimiento de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO QUINTO: ENCARGAR a la Sub Gerencia de Informática y Estadística, la publicación de la referida Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Asia.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

Isaías Antonio Alcántara Malásquez

Alcalde

Comentarios