MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
ORDENANZAS
Publicado en 23/12/2024
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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAEÑTE
“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO DE CONCEJO N° 197-2024-MPC
Cañete, 12 de diciembre de 2024
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE;
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 12 de diciembre de 2024, Oficio N° 317-2024- ALC/MDCH de fecha 29 de noviembre de 2024; de la Municipalidad Distrital de Chilca, Informe N° 1077-2024-GAT-MPC de fecha 03 de diciembre de 2024; recepcionado por la Oficina General de Administración Tributaria, Informe Legal N° 1372-2024-OGAJ-MPC de fecha 05 de diciembre de 2024; recepcionado por la Oficina General de Asesoría Jurídica, Memorándum N° 2207-2024-GM-MPC de fecha 10 de diciembre de 2024; recepcionado por la Gerencia Municipal, el Informe N°3431-2024-OGSG-MPC, de fecha 10 de diciembre de 2024; y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica antes mencionada, la autonomía (que la Constitución establece para las municipalidades) radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Art. 195° numeral 4 de nuestra Carta Magna, concordante con el artículo 40° de la acotada Ley Orgánica de Municipalidades y con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único del Código tributario aprobado por Decreto Supremo N°133-2013-EF señala que mediante ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, el Art. 39° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. Los asuntos administrativos concernientes a su organización interna, los resuelven a través de resoluciones de concejo”; Que, la cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenando de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo N°156-2004-EF y su modificatoria, establece que las Municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinado de tributos y de recibos de pago, así como su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dicho servicio no más del 0.4% de la UIT vigente al 01 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de presentación de las declaraciones juradas; Que, mediante Ordenanza N°022-2015-MPC de fecha 15 de diciembre de 2015 se aprueba el procedimiento de ratificación de Ordenanzas distritales para la Provincia de Cañete, estableciéndose el plazo de presentación, los requisitos, los aspectos técnicos, entre otros; Que, del mismo modo el artículo 7° de la Ordenanza N°022-2015-MPC respecto a los requisitos específicos por Tipo de Tributo, el numeral 7.3. establece: a) Informe Técnico, el cual deberá brindar información sobre el número de contribuyentes a quienes se les prestará el servicio, el número de predios, el detalle de los rubros que comprende el servicio de emisión mecanizada y la explicación de la metodología de distribución empleada. b) El cuadro de estructura de costos, anexo a la Ordenanza respectiva, presentado en forma desagregada y detallada, el cual deberá ser elaborado conforme a los lineamientos y formatos establecidos en la Directiva de metodología de costos aprobada por la MPC. c) El cuadro de estimulación de ingresos anuales, de acuerdo a la metodología establecida para la determinación del derecho respectivo. Que, mediante OFICIO N° 0293-2024-ALC/MDCH de fecha 24 de octubre de 2024, La Municipalidad Distrital de Chilca, solicita ratificación de Ordenanza que DETERMINA EL MONTO POR EL SERVICIO MUNICIPAL DE EMISION MECANIZADA; Que, con INFORME N° 1077-2024-GAT-MPC de fecha 03 de diciembre de 2024, la Gerencia de Administración Tributaria, remite el expediente de Ordenanza Tributaria Distrital N°019-2024-MDCH; DETERMINA EL MONTO POR EL SERVICIO MUNICIPAL DE EMISION MECANIZADA, donde es VIABLE continuar con el proceso ratificatorio de la Ordenanza Municipal Distrital presentada; Que, con INFORME LEGAL N°1374-2024-OGAJ-MPC de fecha 05 de diciembre de 2024, la Oficina Oficina General de Asesoría Jurídica opina que 4.1) resulta PROCEDENTE elevar los presentes actuados al pleno del concejo municipal, para deliberar y/o determinar la ratificación de la ORDENANZA MUNICIPAL N°019-2024-MDCH sobre DERECHO DE EMISION MECANIZADA, presentado por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA, conforme al último párrafo del art. 13 y el art. 14 de la ORDENANZA N°022-2015-MPC. Que, mediante MEMORÁNDUM N° 2207-2024-GM-MPC de fecha 10 de diciembre de 2024, la Gerencia Municipal remite a la Oficina General de Secretaria General con la finalidad de ser elevado a la Comisión de Planificación, Economía y Administración Municipal para su evaluación y deliberación correspondiente, y posteriormente sea elevado al Pleno del Concejo Municipal; Que, mediante Informe N° 3431-2024-GM-MPC de fecha 10 de diciembre de 2024, la Oficina General de Secretaria General deriva a la Sala de Regidores para el dictamen correspondiente y posteriormente ser elevado a la Comisión de Planificación, Economía y Administración Municipal para su evaluación y deliberación correspondiente, y posteriormente sea elevado al Pleno del Concejo Municipal sobre la “ORDENANZA QUE DETERMINA EL MONTO POR EL SERVICIO MUNICIPAL DE EMISION MECANIZADA COMPRENDIDA POR LA ACTUALIZACION DE VALORES Y TASAS, IMPRESIÓN DE CUPONERAS, MENSAJERIA Y NOTIFICACION A DOMICILIO DEL IMPESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL AÑO 2025” DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA. Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNÁNIME de los señores regidores; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; SE ACORDÓ: ARTÍCULO 1º.- RATIFICAR la Ordenanza Municipal N° 019-2024-MDCH, de fecha 25 de noviembre de 2024, donde “APRUEBA EL MONTO POR EL SERVICIO MUNICIPAL DE EMISION MECANIZADA COMPRENDIDA POR LA ACTUALIZACION DE VALORES Y TASAS, IMPRESIÓN DE CUPONERAS, MENSAJERIA Y NOTIFICACION A DOMICILIO DEL IMPESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL AÑO 2025” DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo. ARTÍCULO 2º.- REMITIR original del Acuerdo de Concejo para su publicación correspondiente bajo responsabilidad exclusiva de la Municipalidad Distrital de Chilca, de conformidad el Art. 15° de la Ordenanza Nº022-2015-MPC de fecha 15 de diciembre de 2015, procedimiento para Ratificación de Ordenanzas Distritales para la Provincia de Cañete. ARTÍCULO 3º.- DISPONER que la aplicación de los procedimientos establecidos en la Ordenanza Municipal N° 019-2024-MDCH, materia de ratificación es de responsabilidad exclusiva de la Municipalidad Distrital de Chilca. ARTÍCULO 4º.- Notificar el presente acuerdo a la Municipalidad Distrital de Chilca y a las unidades orgánicas que corresponda para los fines correspondientes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
José Tomás Alcántara Malásquez Alcalde