MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
ORDENANZAS
Publicado en 18/12/2024

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

“AÑO DEL BICENTENARIO, DE LA CONSOLIDACIÓN DE NUESTRA INDEPENDENCIA, Y DE LA CONMEMORACIÓN DE LAS HEROICAS BATALLAS DE JUNÍN Y AYACUCHO”

ACUERDO DE CONCEJO N° 179-2024-MPC

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE;

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 12 de diciembre de 2024, Oficio N° 609-2024-AL-MDSLC de fecha 28 de noviembre de 2024, Informe N° 1074-2024-GATMPC de fecha 03 de diciembre de 2024 de la Gerencia de Administración Tributaria, Informe Legal N° 1359-2024-OGAJ-MPC de fecha 04 de diciembre de 2024, Memorándum N° 2187-2024-GM-MPC de fecha 04 de diciembre de 2024, Informe N° 3408-2024- OGSG MPC; y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. 194° de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica antes mencionada, la autonomía (que la Constitución establece para las municipalidades) radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Art. 195º numeral 4 de nuestra Carta Magna, concordante con el artículo 40º de la acotada Ley Orgánica de Municipalidades y con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único del Código tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF señala que mediante ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, el Art. 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. Los asuntos administrativos concernientes a su organización interna, los resuelven a través de resoluciones de concejo”; Que, la cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenando de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF y su modificatoria, establece que las Municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinado de tributos y de recibos de pago, así como su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dicho servicio no más del 0.4% de la UIT vigente al 01 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de presentación de las declaraciones juradas; Que, mediante Ordenanza Nº 022-2015-MPC de fecha 15 de diciembre de 2015 se aprueba el procedimiento de ratificación de Ordenanzas distritales para la Provincia de Cañete, estableciéndose el plazo de presentación, los requisitos, los aspectos técnicos, entre otros; Que, del mismo modo el artículo 7º de la Ordenanza N° 022-2015-MPC respecto a los requisitos específicos por Tipo de Tributo, el numeral 7.3. establece: d) Informe Técnico, el cual deberá brindar información sobre el número de contribuyentes a quienes se les prestará el servicio, el número de predios, el detalle de los rubros que comprende el servicio de emisión mecanizada y la explicación de la metodología de distribución empleada. e) El cuadro de estructura de costos, anexo a la Ordenanza respectiva, presentado en forma desagregada y detallada, el cual deberá ser elaborado conforme a los lineamientos y formatos establecidos en la Directiva de metodología de costos aprobada por la MPC. f) El cuadro de estimulación de ingresos anuales, de acuerdo a la metodología establecida para la determinación del derecho respectivo. Que, mediante Oficio N°609-2024-AL-MDSLC de fecha 28 de noviembre de 2024, solicita ratificación de Ordenanza que APRUEBA EL MONTO POR DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DE TRIBUTOS Y SU DISTRIBUCIÓN AL DOMICILIO FISCAL DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2025 DEL DISTRITO DE SAN LUIS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025; Que, Informe Nº 1074-2024-GAT-MPC de fecha 03 de diciembre de 2024 de la Gerencia de Administración Tributaria, remite el expediente de Ordenanza Municipal N° 015-2024- MDSL que APRUEBA EL MONTO POR DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DE TRIBUTOS Y SU DISTRIBUCIÓN AL DOMICILIO FISCAL DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2025 DEL DISTRITO DE SAN LUIS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025; Que, con Informe Legal 1359-2024-OGAJ-MPC de fecha 04 de diciembre de 2024, opina que 4.1 elevar los presentes actuados al Gerente Municipal para el tramite correspondiente ante el Pleno del concejo municipal, para deliberar y/o determinar la ratificación de la Ordenanza Municipal N| 015-2024-MDSLC sobre DERECHO DE EMSION MECANIZADA, presentado por la MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS, conforme al último párrafo del artículo 13 y 14 de la Ordenanza N° 022-2015-MPC, previa emisión del dictamen correspondiente de la COMISION DE PLANIFICACION, ECONOMIA Y ADMINISTRACION MUNICIPAL, al amparo del articulo 89° de la Ordenanza N° 018-2005-MPC; Que, mediante Memorándum N° 2187-2024-GM-MPC de fecha 05 de diciembre de 2023, la Gerencia Municipal remite a la Oficina General de Secretaria General con la finalidad de ser elevado a la Comisión de Planificación, Economía y Administración Municipal de para su evaluación y deliberación correspondiente, y posteriormente sea elevado al Pleno del Concejo Municipal; Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNÁNIME de los señores regidores; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; SE ACORDÓ: ARTÍCULO 1°.- RATIFICAR la Ordenanza Municipal N° 015-2024-MDSLC de fecha 15 de noviembre de 2024, donde “APRUEBA EL MONTO POR DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DE TRIBUTOS Y SU DISTRIBUCION AL DOMICILIO FISCAL DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL 2025”, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo. ARTÍCULO 2°.- REMITIR original del Acuerdo de Concejo para su publicación correspondiente bajo responsabilidad exclusiva de la Municipalidad Distrital de San Luis, de conformidad al Art. 15° de la Ordenanza N° 022-2015-MPC de fecha 15 de diciembre de 2015, procedimiento para ratificación de Ordenanzas Distritales para la Provincia de Cañete. ARTÍCULO 3°.- DISPONER que la aplicación de los procedimientos establecidos en la Ordenanza Municipal N° 015-2024-MDSLC, materia de ratificación es de responsabilidad exclusiva de la Municipalidad Distrital de San Luis. ARTÍCULO 4°.- Notificar el presente acuerdo a la Municipalidad Distrital de San Luis y a las unidades orgánicas que corresponda para los fines correspondientes. REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE. José Tomás Alcántara Malásquez Alcalde

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