MUNICIPALIDAD DE CERRO AZUL
ORDENANZAS
Publicado en 11/12/2024

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho”

RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL N° 078-2024-GM-MDCA

Cerro Azul, 03 de octubre de 2024 VISTO: El Informe Nº 0232-2024-SEC/MDCA, de fecha 11 de setiembre de 2024, Informe Nº 125-2024-GAT-MDCA, de fecha 11 de setiembre de 2024, Informe Nº 1056-2024-OACPM-OGAF-MDCA, de fecha 19 de setiembre de 2024, Informe Nº 511-2024-OGAF-MDCA, de fecha 20 de setiembre de 2024, Informe Legal Nº 387- 2024-MDCA/GM-OGAJ, de fecha 26 de setiembre de 2024, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de Derecho Público, y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, y concordante con el artículo ll del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N °27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el cual establece que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, la Gestión Municipal, implica el desarrollo de un conjunto de actividades, estrategias y técnicas idóneas que permitan desarrollarse internamente y proyectarse a la comunidad la imagen de un gobierno serio, responsable, moderno, eficaz y eficiente a tono con las expectativas de la población, es así que los instrumentos de gestión, viene ser aquellos documentos en los que se plasman todas las actividades de fortalecimiento y desarrollo institucional, transparencia en la gestión, desarrollo económico local, servicios municipales, democratización de la gestión, desarrollo humano y promoción social entre otros, dentro de dichos instrumentos de gestión se encuentra el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos, en la cual se fijan los procedimientos, requisitos, costo y Dependencia de la Entidad Edil encargada de tramitar y responder las solicitudes de los administrados. Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, prescribe que los Gobiernos Locales gozan de Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia, siendo responsabilidad del Titular de la Entidad asegurar y garantizar el normal funcionamiento de la institución y la aplicación de los mecanismos y procedimientos determinados por los sistemas administrativos y de control interno del sector público para el desarrollo de la Gestión Municipal. Que, el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobado por el Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, dispone que la tasación y el remate de los bienes embargados, se efectuará de acuerdo a las normas que para el caso establece el Código Procesal Civil. Que, mediante Informe N° 0232-2024-SEC/MDCA, de fecha 11 de setiembre de 2024, la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva remitió el Proyecto denominado: “DIRECTIVA QUE ESTABLECE PAUTAS OPERATIVAS EN EL PROCEDIMIENTO DE REMATE PÚBLICO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DE LA EJECUTORÍA COACTIVA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL”; que tiene como finalidad, definir criterios técnicos y administrativos que propicien o coadyuven a optimizar la secuencia, control y predictibilidad de los actos inmersos en los remates públicos a cargo de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, propiciando el normal desarrollo de los actos del remate público. Que, mediante Informe N° 125-2024-GAT/MDCA, recepcionado con fecha13 de setiembre de 2024, la Gerencia de Administración Tributaria, eleva la presente herramienta de gestión, con la finalidad de que se apruebe la Directiva, considerando que regula actuaciones y conductas de intervinientes en el procedimiento de Remate Público de Bienes Muebles e Inmuebles de la Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul. Que, con Informe N° 1056-2024-OACPM-OGAF-MDCA de fecha 19 de setiembre de 2024, la Jefa de la Oficina de Abastecimiento, Control Patrimonial y Maestranza informó lo siguiente: • Es factible el cumplimiento del proyecto de Directiva presentado con el documento Informe N° 0232-2024-SEC/MDCA. • La contratación de tasador y martillero es factible en cumplimiento a los procedimientos administrativos de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, teniendo que realizar el trámite con la Oficina de Presupuesto para la asignación del marco presupuestal para la contratación de los servicios y adquisición de bienes. Que, mediante Informe N° 511-2024-OGAF/MDCA de fecha 20 de setiembre de 2024, la Jefa de la Oficina General de Administración y Finanzas considera factible el proyecto de Directiva que establece pautas operativas en el procedimiento de remate público de bienes muebles e inmuebles de la Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul. Que, con Informe Legal N° 387-2024-MDCA/GM-OGAJ, de fecha 26 de setiembre de 2024, el Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica, opinó que es viable aprobar el proyecto denominado: “DIRECTIVA QUE ESTABLECE PAUTAS OPERATIVAS EN EL PROCEDIMIENTO DE REMATE PÚBLICO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DE LA EJECUTORÍA COACTIVA” que tiene como objetivo establecer las pautas y procedimientos para llevar a cabo el procedimiento de remate público de bienes muebles e inmuebles, en el marco del Decreto Supremo N° 018-2008- JUS, que aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva y su Reglamento. Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 240-2023-MDCA/ALC de fecha 18 de octubre del 2023, el Despacho de Alcaldía en su artículo segundo resuelve: DELEGAR al Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, entre otras facultades lo siguiente: inciso 13) Aprobar las Directivas de la Entidad. Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva, Gerencia de Administración Tributaria, Oficina General de Administración y Finanzas, Oficina de Abastecimiento, Control Patrimonial y Maestranza, y la Oficina General de Asesoría Jurídica y de conformidad a las facultades conferidas por la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y la Resolución de Alcaldía N° 240-2023-MDCA/ALC; SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la DIRECTIVA N° 002-2024-GM-MDCA “DIRECTIVA QUE ESTABLECE PAUTAS OPERATIVAS EN EL PROCEDIMIENTO DE REMATE PÚBLICO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DE LA EJECUTORÍA COACTIVA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL”, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR la ejecución y aplicación de la presente Directiva a la Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva, Oficina General de Administración y Finanzas y demás áreas que corresponda, la responsabilidad de la ejecución de la referida Directiva, aprobada en el artículo precedente. ARTÍCULO TERCERO.– ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Directiva en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la jurisdicción de Cañete, entrará en vigencia al día siguiente. Y, ENCARGAR a la Oficina de Informática y Estadística la publicación de la presente resolución en el Portal Web de la Institución. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE José Luis Pain García Alcalde

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