MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
15/09/2023 10:53 en ORDENANZAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

“Año de la unidad, la paz y el desarrollo”

 

ORDENANZA MUNICIPAL N° 022-2023-MDM/C

 

Mala, 24 de agosto del 2023 

 

VISTOS:

En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 24 de agosto  de 2023; el petitorio de fecha 25-07-2023, de 06 miembros del Concejo Municipal presentado ante el Despacho de Alcaldía el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Mala, Proveído Nº 115-2023-GAJ-MDM de fecha 02-08-2023 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Proveído Nº 2299-2023-GM-MDM de fecha 03-08-2023 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 555-2023-GPP-MDM de fecha 09-08-2023 de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, Informe  Nº 853-2023-SG-MDM de fecha 08-08-2023 de la Secretaría General,  Informe Nº 354-2023-GAJ-MDM de fecha 23-08-2023 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Acta de Mesa de Trabajo de fecha 23-08-2023 de 05 miembros del Concejo Municipal, Proveído Nº 2773-2023-GM-MDM de fecha 24-08-2023 de la Gerencia Municipal ;

 

CONSIDERANDO:

Que, conforme con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

 

Que, el numeral 12) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que es atribución del Concejo Municipal el de aprobar por Ordenanza el Reglamento Interno del Concejo Municipal, lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40º de la misma norma, que señala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa;

 

Que, el numeral 8) del Artículo 9º de la misma Ley Orgánica de Municipalidades, señala que corresponde al Concejo Municipal el de aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;

 

Que, el Reglamento Interno de Concejo - RIC es el instrumento normativo interno que reglamenta el ejercicio de las atribuciones y funciones del Concejo Municipal, de la convocatoria y desarrollo de las Sesiones de Concejo. Asimismo, determinan el funcionamiento de las comisiones internas. El Reglamento Interno de Concejo es aprobado mediante Ordenanza Municipal.  La conformación del Concejo Municipal se encuentra descrita en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en su Título II Organización de los Gobiernos Locales, Capítulo Único de los Órganos de los Gobiernos Locales, en su artículo 5º establece que el concejo municipal, provincial y distrital, está conformado por el alcalde y el número de regidores que establezca el Jurado Nacional de Elecciones, conforme a la Ley de Elecciones Municipales;

 

Que, mediante Ordenanza Nº005-2009-MDM de fecha 29 de mayo de 2009 se aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal del Distrito de Mala;

 

Que, mediante Ley Nº31433, se modifica la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respecto a las atribuciones y responsabilidades de Concejos Municipales, para fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización;

 

Que, a través de petitorio de fecha 25-07-2023, de 06 miembros del Concejo Municipal presentan ante el Despacho de Alcaldía el proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Mala;

Que, a través del Proveído Nº 115-2023-GAJ-MDM de fecha 02-08-2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica, a fin de pronunciarse solicita que la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización y la Secretaria General de la entidad municipal en mèrito a las atribuciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones, en ese sentido a través del Proveído Nº 2299-2023-GM-MDM de fecha 03-08-2023 la Gerencia Municipal cumple con solicitar a las áreas pertinentes; 

 

Que, mediante Informe N°853-2023-SG-MDM, de fecha 08-08-2023, la Secretaría General, concluye que, “(…) Se ha procedido a revisar el citado proyecto declarando viable (…) alcanzando algunos aportes a ser considerados; 

                

Que, mediante Informe N°555-2023-GPPR/MDM, de fecha 09-08-2023, la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, concluye que, “En el ámbito de sistema de modernización de gestión pública y planificación de la entidad, se indica que la propuesta del Reglamento Interno del Concejo Municipal de la MDM, contiene las funciones y atribuciones establecidas en la Ley N° 27972 y modificatorias, y un flujo de proceso apropiado, en ese sentido, resulta necesario su aprobación e implementación.  

 

Que, mediante Informe Nº 354-2023-GAJ-MDM, de fecha 23-08-2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta viable que el pleno del Concejo Municipal apruebe el proyecto de ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo de la Municipalidad Distrital de Mala-RIC, propuesto por 6 miembros del Concejo Municipal y en merito a su potestad normativa, teniéndose en consideración las modificaciones realizadas por este despacho en merito a las recomendaciones realizadas por las gerencias mencionadas anteriormente. Concluye que corresponde elevar al Pleno del Concejo Municipal para que conforme a sus atribuciones contenidas en la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, evalúen y determinen su aprobación, para lo cual no deberá estar ausente el dictamen de la comisión de regidores pertinentes, salvo la dispensa del mismo. 

 

Que, a través de Acta de Mesa de Trabajo de fecha 23-08-2023, realizada por 05 miembros del Concejo Municipal, se indica que se ha procedido a la revisión del citado proyecto de Ordenanza Municipal recalcando que se ha llevado mesas de trabajo anteriormente habiéndose revisado cada artículo del citado proyecto, motivo por el cual los asistentes a dicha mesa de trabajo dieron la conformidad del caso, a fin de que dicho proyecto sea elevado al pleno del Concejo Municipal para su debida aprobación solicitando la dispensa del dictamen correspondiente; 

 

Que, en la presente sesión de concejo, en estación despacho se solicito al pleno del Concejo Municipal que el proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo de la Municipalidad Distrital de Mala-RIC, motivo por el cual a través del voto mayoritario fue derivado a estación orden del día para su debate correspondiente; 

 

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9º, numeral 8, y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972, el Concejo por MAYORIA y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:

 

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL 

CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

 

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Reglamento Interno de Concejo Municipal de la Mu-nicipalidad Distrital de Mala, el mismo que consta de seis (06) títulos, noventa seis (96) artículos, (01) Disposición Transitoria y cuatro (04) disposiciones finales y complementarias; conforme al anexo integrante de la presente Ordenanza Municipal.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- DEROGAR la Ordenanza Nº005-2009-MDM y toda disposición o norma que se oponga a la presente disposición municipal.

 

ARTÍCULO TERCERO.- FACULTAR al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía, regule las disposiciones reglamentarias y/o complementarias que sean necesarias para la mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

 

ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaría General y demás órganos y/o unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de la presente Orde-nanza.

 

ARTÍCULO QUINTO.- PUBLÍQUESE, la presente Ordenanza en el Diario “Al día con Mati-ces”, y su contenido íntegro en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Mala (https://www.gob.pe/munimala) 

 

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Julio Marquinho Espichàn Asìn 

Alcalde

COMENTARIOS