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PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE JUDICIAL
Por Administrador
Publicado en 17/10/2025 10:16
NOVEDADES

En los seguidos por EMPRESA MINERA JM SAC, contra COMPAÑÍA MINERA MILAGRO ANCOVILCA SAC, Expediente Nº 04115-2011-0-1817-JR-CO-14 sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, en el Décimo Cuarto Juzgado Civil – Comercial de Lima, a cargo del Juez Dr. JOSE CLEMENTE ESCUDERO LOPEZ, Especialista Legal Dr. SERGIO ANTONIO BECERRA CULQUI, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:

EN PRIMERA CONVOCATORIA.- El bien inmueble constituido por la Concesión Minera Ancovilca (300.00 hectáreas), ubicada en Paraje Quebrada Ashincuy, Distrito de Huancaya, Provincia de Yauyos y Departamento de Lima, con inscripción en la Partida N° 02027943, Ficha Nº 293221, Libro de Derechos Mineros, del Registro Público de Minería de la Zona Registral N° IX – Sede Lima; siendo las coordenadas UTM de la Concesión Minera las siguientes:

VERTICE NORTE ESTE

1 8’660,000 408,000

2 8’659,000 408,000

3 8’659,000 409,000

4 8’658,000 409,000

5 8’658,000 407,000

6 8’660,000 407,000

VALOR DE TASACION.- US $ 115,200.00 (Ciento Quince Mil Doscientos con 00/100 Dólares Americanos).

PRECIO BASE.- US $ 76,800.00 (Setenta y Seis Mil Ochocientos con 00/100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes del valor de tasación.

AFECTACIONES, GRAVAMENES Y CARGAS

PARTIDA ELECTRONICA N° 02027943, Ficha Nº 293221, ASIENTO 8.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: Por RESOLUCION Nº 1 de fecha 25 de Agosto de 2011, expedida por el 14º Juzgado Subespecialidad Comercial Corte Superior de Justicia de Lima, Dr. José Clemente Escudero López, con intervención del Asistente Legal Juan Carlos Núñez Matos; SE RESUELVE: ADMITIR la solicitud cautelar presentada por la Empresa Minera JM S.A.C. y, en consecuencia, CONCEDASE MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION hasta por la suma de SETENTA MIL DÓLARES AMERICANOS (US$ 70,000.00), sobre el derecho minero de que trata esta partida registral, de propiedad de la Compañía Minera Milagro Ancovilca S.A.C.

La Resolución es emitida en el proceso seguido por la EMPRESA MINERA JM S.A.C., contra COMPAÑÍA MINERA MILAGRO ANCOVILCA S.A.C. sobre Obligación de Dar Sumas de Dinero. Exp. 04115-2011-66-1817-JR-CO-14.

LUGAR DE REMATE.- Sala de Remates ubicada en el sexto piso del Edificio de la Sede de las Salas y Juzgados Civiles con Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima, ubicado en la Av. Petit Thouars N° 4979 – Distrito de Miraflores - LIMA.

DIA Y HORA DEL REMATE.- El día 30 de Octubre del 2025 a las 11:00 am.

OBLAJE, TASA JUDICIAL Y PAGO DE HONORARIOS.- Los postores abonarán el 10% del valor de la tasación en cheque de gerencia girado a su nombre (Negociable) con copia del mismo; también entregarán en original y copia el recibo del Arancel Judicial correspondiente a la orden del Décimo Cuarto Juzgado Civil – Comercial de Lima, suscribiendo dicho arancel con el número de expediente y los generales de ley del postor; asimismo el DNI del postor en original y copia. El adjudicatario y/o el ejecutante, según corresponda el caso, cancela los honorarios del Martillero más IGV de acuerdo a Ley, al finalizar el remate judicial, conforme al artículo 18 del Decreto Supremo N° 008-2005-JUS (Reglamento de la Ley del Martillero Público).

SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate.

FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE.- GONZALO EFRAIN ECHEVARRIA CAMARGO Martillero Público con registro número 342.

Lima, 18 de Agosto del 2025.

Publicar: 17, 20, 21, 22, 23 y 24 de Octubre

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