Artículo 250 del Código Civil
Se hace saber que ante la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, han solicitado apertura del pliego matrimonial:
DATOS DEL CONTRAYENTE: FRANCISCO JAVIER MALÁSQUEZ VARGAS, de 33 años de edad, DNI 72860936, estado civil soltero, profesión Obrero, nacionalidad peruana, natural de Cerro Azul – Cañete – Lima; domicilio: Asent. Hno. Cerro Azul Mz. 24, Lt. 6E, Cerro Azul, Cañete, Lima.
DATOS DE LA CONTRAYENTE: MARICIELO ESTEFANY VILCAPUMA ARIAS, de 24 años de edad, DNI 73828669, estado civil soltera, profesión Su casa, nacionalidad peruana, natural de San Vicente – Cañete – Lima; domicilio: Asent. Hno. Cerro Azul Mz. 24, Lt. 6E, Cerro Azul, Cañete, Lima.
Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad el día sábado 09 de Agosto del 2025.
NOTA.- De conformidad con el artículo 253 del Código Civil, establece que las personas que tengan interés legítimo puedan oponerse a la celebración del matrimonio, cuando exista algún impedimento dentro del termino de ocho días conforme a Ley.
La oposición se formula por escrito fundamentando la causa legal ante el Señor Alcalde de esta Municipalidad. La adulteración de los datos personales dará la nulidad del presente documento.
Cerro Azul, 12 de julio del 2025
Rosa M. Álvarez Chumpitaz
Jefe