Art. 250 del Código Civil
Se hace saber que ante la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, han solicitado apertura del pliego matrimonial:
DATOS DEL CONTRAYENTE: ANDER NAVARRO SANTISTEBAN; Edad: 38 años de edad; Documento: Pasaporte PAK 068886; estado civil SOLTERO; Profesión Arquitecto; Nacionalidad: Española; natural de Bilbao, España, Europa; Domicilio: Alfonso Ugarte N° 198, Cerro Azul, Cañete, Lima.
DATOS DE LA CONTRAYENTE: MARÍA CELESTE RUGGIERI; Edad: 37 años de edad; Documento: Carnet de Extranjeria 001134744; estado civil SOLTERA; Profesión Independiente; Nacionalidad: Argentina; natural de Santiago del Estero, Argentina, América; Domicilio: Alfonso Ugarte N° 198, Cerro Azul, Cañete, Lima.
Pretendiendo contraer Matrimonio Civil en este municipalidad, el día 09 de Julio de 2025
NOTA.- De conformidad con el artículo 253 del Código Civil, establece que las personas que tengan interés legítimo pueden oponerse a la celebración del matrimonio, cuando exista algún impedimento, dentro del término de 8 días conforme a ley.
La oposición se formula por escrito fundamentando la causa legal ante el Señor Alcalde de esta Municipalidad. La adulteración de los datos personales dará la nulidad del presente documento.
Cerro Azul, 19 de junio del 2025
Rosa M. Álvarez Chumpitaz
Jefe