Expediente Nº 00208-2025-0-0801-JR-CI-01, tramitado en el Primer Juzgado Civil Permanente de Cañete, el Sr. Juez ha dispuesto la siguiente RESOLUCIÓN Nº 01, de fecha 16-04-2025, SE RESUELVE: ADMÍTASE A TRÁMITE la demanda interpuesta por BELDINA MANCO MALPICA contra LUCIO MANCO PAUCAR, FAUSTO ALVARADO GUTIERREZ y CELSA VICTORIA SALDAÑA DE ALVARADO sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO (Pretensión Principal), INSCRIPCIÓN REGISTRAL como (Pretensión Accesoria). TRASLADO de la presente demanda a los demandados LUCIO MANCO PAUCAR, FAUSTO ALVARADO GUTIERREZ y CELSA VICTORIA SALDAÑA DE ALVARADO para que en el plazo de DIEZ DÍAS conteste la demanda, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía; PUBLÍQUESE UN EXTRACTO DE LA DEMANDA por tres veces consecutivas a través de los edictos electrónicos judiciales, sin perjuicio de ello realícese la publicación de edictos en el diario local Al Día Con Matices de esta provincia, debiendo la parte accionante apersonarse por la Secretaría del Juzgado en horario de oficina con la finalidad de recabar las publicaciones para su respectiva publicación. NOTIFÍQUESE a los colindantes del predio materia de la presente prescripción Señor LUCIO MANCO PAUCAR, FIDELIA PEVE MANRIQUE y RITA DE QUIROZ DE HUAPAYA con copia de la demanda, anexos y auto admisorio, a fin de que exprese lo pertinente conforme a su derecho. Publíquese por tres veces y con intervalo de tres días en la página web del Poder Judicial y en el diario Al Día Con Matices de esta ciudad. Una rúbrica del Señor Juez Dr. Elmer Nicolas Velásquez Carbajal – Juez. Fdo. José Jesús Gonzáles Sánchez – Secretario Judicial.
Cañete, 05 de Mayo de 2025.
José Jesús Gonzáles Sánchez
Secretario Judicial
Segundo Juzgado Civil Permanente
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 17, 18 y 19 de Junio de 2025.
EDICTO
Expediente Nº 0025-2025-0-0801-JR-CI-01, tramitado en el Primer Juzgado Civil Permanente de Cañete, el Señor Juez ha dispuesto lo siguiente: RESOLUCIÓN Nº 01, de fecha 22-01-2025. ADMÍTASE la demanda interpuesta por RODOLFO MENESES CULLANCO y MARCELINA ESPILCO BARRIOS contra JORGE GREGORIO ALDERETE LOBO, MARIA ELENA ALDERETE LOBO, CIRILA FERNANDEZ DE VARGAS, FAUSTINO VARGAS LOBO, MARISABEL ALDERETE LOBO, CARLOS NOLBERTO ALDERETE LOBO, GREGORIO ALDERETE LLAMOCCA y HECTOR EFRAIN ALDERETE LOBO sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA, en la VÍA DEL PROCESO SUMARÍSIMO; mediante Resolución Nº 6, de fecha 09 de Abril de 2025, se dispone notificar por Edicto a los sucesores codemandados, a fin de que comparezcan al proceso en el plazo de TREINTA DÍAS, bajo apercibimiento de seguir el proceso con curador procesal. SE ORDENA: la publicación del extracto de la presente resolución por EDICTO, a efecto tomen conocimiento del presente proceso; publíquese por 3 veces con intervalo de 3 días, en la página web del Poder Judicial y en el diario Al Día Con Matices de esta ciudad. Una rúbrica del Sr. Juez Dr. Oscar Cahuana Cahuana – Juez. Fdo. José Gonzales Sánchez – Secretario Judicial.
Cañete, 21 de Mayo de 2025.
José Jesus Gonzales Sánchez
Secretario Judicial
Segundo Juzgado Civil Permanente
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar; 06, 12 y 18 de Junio de 2025.