EDICTO
Por Administrador
Publicado en 11/06/2025 10:00 • Actualizado 11/06/2025 10:00
EDICTO

Expediente Nº 000737-2024-0-0801-JR-CI-01, tramitado en el Segundo Juzgado Civil Permanente de Cañete, el Señor Juez ha dispuesto lo siguiente: RESOLUCIÓN Nº 02, de fecha 03-02-2025. SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO DE ABREVIADO la demanda sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por ENRIQUE POZO JUAREZ y MARIA YAURI BAUTISTA, en contra de JFT SERVICIOS GENERALES E.I.R.L. representado por ERICK ALBERTO CANDIOTI RIVAS, TRASLADO a la parte demandada por el plazo de DIEZ DÍAS, para que lo absuelva, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. ORDENO: La publicación del extracto de la presente resolución por tres veces, con intervalo de tres días, en la página web del Poder Judicial y en el diario de mayor circulación de esta ciudad; Asimismo, una rúbrica del Señor Juez Dr. Elmer Nicolas Velásquez Carbajal – Juez. Fdo. José J. Gonzales Sánchez – Secretario Judicial. Cañete, 22 de Mayo de 2025.

José Jesús González Sánchez

Secretario Judicial

Segundo Juzgado Civil Permanente

Corte Superior de Justicia de Cañete

Publicar: 05, 11 y 17 de Junio de 2025.

 

 

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Expediente N° 00730-2024-0-0801-JR-CI-01, Primer Juzgado Civil de Cañete, por RESOLUCIÓN NÚMERO DOS de fecha siete de Abril del dos mil veinticinco, 1) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del Proceso de Abreviado la demanda sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por GUILLERMO MÁXIMO QUISPE CÁRDENAS, AMÉRICA LIDUVINA QUISPE CÁRDENAS, TEODOLINDA QUISPE CÁRDENAS, JULIO QUISPE CÁRDENAS, SUCESIÓN DE MARÍA QUISPE DE QUISPE, debidamente representada por sus herederos ELEODORO QUISPE ROJAS, FIORELLA CRISTEL QUISPE QUISPE, JIM OMAR QUISPE QUISPE, ALEX MIGUEL QUISPE QUISPE y SUCESIÓN DE VÍCTOR MIGUEL QUISPE CÁRDENAS, debidamente representado por sus herederos GUILLERMO MÁXIMO QUISPE CÁRDENAS, MARTA GLADYS ARIAS CÁRDENAS, AMÉRICA LIDUVINA QUISPE CÁRDENAS, TEODOLINDA QUISPE CÁRDENAS, JULIO QUISPE CÁRDENAS, todos herederos MIGUEL EVERANDO QUISPE RAMOS y DIONISIA FLORENTINA CÁRDENAS GUERRA, contra SUPERINTENDENIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES SBN y GOBIERNO REGIONAL DE LIMA, a través de su Procurador Público, TRASLADO a los demandados por el plazo de DIEZ DÍAS, para que absuelva la demanda; 2) Por ofrecidos los medios probatorios y agréguese a sus antecedentes los anexos acompañados; 4) REQUERIR a las partes, abogados y otros intervinientes, para que, además de sus casillas electrónicas y domicilios real y procesal, conforme corresponda, cumplan con indicar correo electrónico personal (GMAIL) y número de celular a fin de poder facilitar el trámite de las Audiencias Virtuales en caso de ser necesario. 5) ORDENO: La publicación del extracto de la presente resolución por tres veces, con intervalo de tres días, en la página web del Poder Judicial y en el diario de mayor circulación de esta ciudad; NOTIFIQUESE a los propietarios FELIPE ISAAC MICHUY RODRÍGUEZ, JUANA MORALES RAMOS DE MICHUY y SUC. RUFINA FILOMENA CÁRDENAS GUERRA, de los predios colindantes con el auto admisorio, demanda y anexos en la dirección indicada en la demanda.- Notifíquese.- Asumiendo funciones el Secretario Judicial que suscribe por disposición superior.- Cañete, 07 de abril del 2025

Gustavo Eloy Zavala Paredes

Secretario Judicial

Primer Juzgado Civil Permanente

Corte Superior de Justicia de Cañete

03, 07 y 11 de Junio

 

 

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2° JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE CAÑETE, Expediente N° 00145-2025-0-0801-JR-CI-02, JUEZ: ELMER VELÁSQUEZ CARBAJAL y SECRETARIO JUDICIAL LUIS MELGAREJO FERNÁNDEZ, se ha emitido la RESOLUCIÓN N° 02 (22-04-2025) que resuelve: 1).- ADMITIR a TRÁMITE en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO, la demanda interpuesta por DIONICIA ALEJANDRA GÓMEZ DE GUTIÉRREZ, sobre DESLINDE Y AMOJONAMIENTO contra la SUCESIÓN INTESTADA de JULIÁN MANCO CHUMPITAZ, SUCESIÓN INTESTADA de VALENTÍN MODESTO MALÁSQUEZ, la SUCESIÓN INTESTADA de CIPRIANO CAMACHO CHUMPITAZ y doña GAUDENCIA SARAVIA PÉREZ. 2).- DISPONER LA NOTIFICACIÓN POR EDICTOS ELECTRÓNICO EN LA PÁGINA WEB DEL PODER JUDICIAL y en el diario local Al Día Con Matices, a los Sucesores Procesales de las partes demandadas: JULIÁN MANCO CHUMPITAZ, VALENTÍN MODESTO MALÁSQUEZ, y CIPRIANO CAMACHO CHUMPITAZ confiriéndose traslado por el plazo de CUARENTA Y CINCO DÍAS, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal a cada uno de ellos, de conformidad con lo establecido en el artículo 435° del Código Procesal Civil. 3).- CONFIERASE TRASLADO de la demanda bajo apercibimiento de declararse su rebeldía y proseguirse el proceso según su estado. 5).- ORDENAR LA PUBLICACIÓN del extracto del Auto Admisorio de la demanda por tres veces con intervalo de 3 días a través de la página oficial del Poder Judicial, el Diario Oficial “El Peruano” y el diario de la localidad “Al Día Con Matices”

Cañete, 16 de mayo del 2025

Luis Alberto Melgarejo Fernández

Secretario Judicial

Primer Juzgado Civil

Corte Superior de Justicia de Cañete

03, 07 y 11 de Junio

 

 

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Expediente Nº 000737-2024-0-0801-JR-CI-01, tramitado en el Segundo Juzgado Civil Permanente de Cañete, el Señor Juez ha dispuesto lo siguiente: RESOLUCIÓN Nº 02, de fecha 03-02-2025. SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO DE ABREVIADO la demanda sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por ENRIQUE POZO JUAREZ y MARIA YAURI BAUTISTA, en contra de JFT SERVICIOS GENERALES E.I.R.L. representado por ERICK ALBERTO CANDIOTI RIVAS, TRASLADO a la parte demandada por el plazo de DIEZ DÍAS, para que lo absuelva, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. ORDENO: La publicación del extracto de la presente resolución por tres veces, con intervalo de tres días, en la página web del Poder Judicial y en el diario de mayor circulación de esta ciudad; Asimismo, una rúbrica del Señor Juez Dr. Elmer Nicolas Velásquez Carbajal – Juez. Fdo. José J. Gonzales Sánchez – Secretario Judicial. Cañete, 22 de Mayo de 2025.

José Jesús González Sánchez

Secretario Judicial

Segundo Juzgado Civil Permanente

Corte Superior de Justicia de Cañete

Publicar: 05, 11 y 17 de Junio de 2025.

 

 

EDICTO

Expediente Nº 00208-2025-0-0801-JR-CI-01, tramitado en el Primer Juzgado Civil Permanente de Cañete, el Señor Juez ha dispuesto la siguiente Resolución Nº 01, de fecha 16-04-2025, SE RESUELVE: ADMÍTASE A TRÁMITE la demanda interpuesta por BELDINA MANCO MALPICA contra LUCIO MANCO PAUCAR, FAUSTO ALVARADO GUTIERREZ y CELSA VICTORIA SALDAÑA DE ALVARADO sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO (Pretensión Principal), INSCRIPCIÓN REGISTRAL como (Pretensión Accesoria). TRASLADO de la presente demanda a los demandados LUCIO MANCO PAUCAR, FAUSTO ALVARADO GUTIERREZ y CELSA VICTORIA SALDAÑA DE ALVARADO, para que en el plazo de DIEZ DÍAS conteste la demanda, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía; PUBLÍQUESE UN EXTRACTO DE LA DEMANDA por tres veces consecutivos a través de los edictos electrónico judiciales, sin perjuicio de ello realícese la publicación de edictos en el diario local Al Día Con Matices de esta provincia, debiendo la parte accionante apersonarse por la Secretaría del Juzgado en horario de oficina, con la finalidad de recabar las publicaciones para su respectiva publicación. NOTIFÍQUESE a los colindantes del predio materia de la presente prescripción Señor Lucio Manco Paucar, Fidelia Peve Manrique y Rita de

Quiroz de Huapaya con copia de la demanda, anexos y auto admisorio, a fin de que exprese lo pertinente conforme a su derecho. Publíquese por 3 veces con intervalo de 3 días en la página web del Poder Judicial y en el diario Al Día Con Matices de esta ciudad. Una rúbrica del Señor Juez Dr. Elmer Nicolás Velásquez Carbajal – Juez. Fdo. José Jesús Gonzáles Sánchez – Secretario Judicial.

Cañete, 05 de Mayo de 2025.

José Jesús Gonzáles Sánchez

Secretario Judicial

Segundo Juzgado Civil Permanente

Corte Superior de Justicia de Cañete

Publicar: 30 de Mayo, 05 y 11 de Junio de 2025.

 

 

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Expediente Nº 000737-2024-0-0801-JR-CI-01, tramitado en el Segundo Juzgado Civil Permanente de Cañete, el Señor Juez ha dispuesto lo siguiente: RESOLUCIÓN Nº 02, de fecha 03-02-2025. SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO DE ABREVIADO la demanda sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por ENRIQUE POZO JUAREZ y MARIA YAURI BAUTISTA, en contra de JFT SERVICIOS GENERALES E.I.R.L. representado por ERICK ALBERTO CANDIOTI RIVAS, TRASLADO a la parte demandada por el plazo de DIEZ DÍAS, para que lo absuelva, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. ORDENO: La publicación del extracto de la presente resolución por tres veces, con intervalo de tres días, en la página web del Poder Judicial y en el diario de mayor circulación de esta ciudad; Asimismo, una rúbrica del Señor Juez Dr. Elmer Nicolas Velásquez Carbajal – Juez. Fdo. José J. Gonzales Sánchez – Secretario Judicial.

Cañete, 22 de Mayo de 2025.

José Jesús González Sánchez

Secretario Judicial

Segundo Juzgado Civil Permanente

Corte Superior de Justicia de Cañete

Publicar: 05, 11 y 17 de Junio de 2025.

 

 

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Expediente Nº 00208-2025-0-0801-JR-CI-01, tramitado en el Primer Juzgado Civil Permanente de Cañete, el Señor Juez ha dispuesto la siguiente Resolución Nº 01, de fecha 16-04-2025, SE RESUELVE: ADMÍTASE A TRÁMITE la demanda interpuesta por BELDINA MANCO MALPICA contra LUCIO MANCO PAUCAR, FAUSTO ALVARADO GUTIERREZ y CELSA VICTORIA SALDAÑA DE ALVARADO sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO (Pretensión Principal), INSCRIPCIÓN REGISTRAL como (Pretensión Accesoria). TRASLADO de la presente demanda a los demandados LUCIO MANCO PAUCAR, FAUSTO ALVARADO GUTIERREZ y CELSA VICTORIA SALDAÑA DE ALVARADO, para que en el plazo de DIEZ DÍAS conteste la demanda, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía; PUBLÍQUESE UN EXTRACTO DE LA DEMANDA por tres veces consecutivos a través de los edictos electrónico judiciales, sin perjuicio de ello realícese la publicación de edictos en el diario local Al Día Con Matices de esta provincia, debiendo la parte accionante apersonarse por la Secretaría del Juzgado en horario de oficina, con la finalidad de recabar las publicaciones para su respectiva publicación. NOTIFÍQUESE a los colindantes del predio materia de la presente prescripción Señor Lucio Manco Paucar, Fidelia Peve Manrique y Rita de

Quiroz de Huapaya con copia de la demanda, anexos y auto admisorio, a fin de que exprese lo pertinente conforme a su derecho. Publíquese por 3 veces con intervalo de 3 días en la página web del Poder Judicial y en el diario Al Día Con Matices de esta ciudad. Una rúbrica del Señor Juez Dr. Elmer Nicolás Velásquez Carbajal – Juez. Fdo. José Jesús Gonzáles Sánchez – Secretario Judicial.

Cañete, 05 de Mayo de 2025.

José Jesús Gonzáles Sánchez

Secretario Judicial

Segundo Juzgado Civil Permanente

Corte Superior de Justicia de Cañete

Publicar: 30 de Mayo, 05 y 11 de Junio de 2025.

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