EDICTO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Ante la Unidad de Registro del Estado Civil, que funciona en el distrito de Nuevo Imperial, provincia de Cañete, se ha presentado el señor NICOLAS MÁXIMO SOCA VILCAPOMA, identificado con DNI Nº 15396793, generándose el Expe¬diente Nº 3501-2025, de fecha 22 de Abril del 2025, solicitando la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO del cual es titular, inscrito en el libro Nº 01, folio Nº 37, del año 1966, en el sentido que se omitió el primer prenombre y se consignó con error el apellido materno de la madre, don¬de dice: REYNALDA VILCAPOMA SAPAICO, debiendo ser lo correcto: OSWALDA REYNALDA VILCAPOMA SAPAYCO y no como erróneamente se encuentra consignado.
Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Ley N° 26497, D.S. 015-98-PCM, Artículo 71° al 75°, Directiva DI-008-DRC/001, Rectificación Admi-nistrativa por error u omisión no atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNA/RENIEC, dejando subsistentes e invariables los demás datos que contiene dicho documento público. Se efectúa la presente publicación de conformidad con el Artículo 73° del D.S. 015-98-PCM.
Nuevo Imperial, 22 de Abril de 2025
Abog. Yanet Lilia Contreras Palomino de Alarcón
Jefe de Oficina de Registro del Estado Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO IMPERIAL
UNIDAD DE REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
EDICTO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Ante la Unidad de Registro del Estado Civil, que funciona en el distrito de Nuevo Imperial, provincia de Cañete, se ha presentado el señor JUAN JAVIER GOMEZ GARCÍA, identificado con DNI Nº 09829100, generándose el Expe¬diente Nº 3367-2025, de fecha 14 de Abril del 2025, solicitando la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO del cual es titular, inscrito en el libro Nº 01, folio Nº 59, del año 1974, en el sentido que se consigna con error los prenombres del padre del titular, don¬de dice: JUAN ZOILO GOMEZ LEÓN, debiendo ser lo correcto: JUAN GOMEZ LEÓN y no como erróneamente se encuentra consignado.
Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Ley N° 26497, D.S. 015-98-PCM, Artículo 71° al 75°, Directiva DI-008-DRC/001, Rectificación Admi-nistrativa por error u omisión no atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNA/RENIEC, dejando subsistentes e invariables los demás datos que contiene dicho documento público. Se efectúa la presente publicación de conformidad con el Artículo 73° del D.S. 015-98-PCM.
Nuevo Imperial, 21 de Abril de 2025
Abog. Yanet Lilia Contreras Palomino de Alarcón
Jefe de Oficina de Registro del Estado Civil