El presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Roberto Burneo, precisó que la convocatoria a las elecciones generales del 2026 por parte del Gobierno no afecta la facultad de legislar del Congreso de la República, que podrá hacerlo hasta el 12 de abril próximo.
En la víspera, la Presidenta de la República, Dina Boluarte, convocó a elecciones generales en las que se elegirá al presidente y vicepresidentes, senadores, diputados y representantes de Perú ante el Parlamento Andino.
“Respecto a la facultad de legislar del Congreso, ese punto no lo cambia, el legislador puede aprobar normas de nivel legislativo hasta la fecha máxima de convocatoria, es decir, hasta el 12 de abril, hasta esa fecha pueden aprobar normas”, dijo en RPP.
Refirió, asimismo, que el proceso de aprobación de una norma en el Congreso no es automático, sino que debe ser visto en comisión, luego en el pleno y, de ahí, pasar al Ejecutivo para que la apruebe, y si esta es observada se podría aprobar por insistencia.
“Lo que sí establece la Ley Orgánica de Elecciones es la intangibilidad normativa respecto a reglamentos, con esta esta nueva norma instaura una disposición complementaria transitoria que faculta a las autoridades electorales, el Jurado Nacional de Elecciones, la ONPE y el Reniec a que puedan aprobar normas reglamentarias”, agregó.
En ese sentido explicó que estarán atentos a lo que pueda aprobar el Congreso, con la finalidad de cumplir el marco normativo, el mismo que los faculta a hacer un proceso con transparencia y que respete la decisión de los ciudadanos en las urnas.
En cuanto al adelanto en la convocatoria a las elecciones generales, refirió que esta es una prerrogativa del Poder Ejecutivo, encarnado, en este caso, en la Presidenta de la República.
“La Constitución indica que la convocatoria se puede hacer hasta un año antes de la fecha de elecciones, pero también puede hacerse antes”, aseguró.
Roberto Burneo añadió que la convocatoria activa una serie de acciones que los entes electorales deben desarrollar; como en el caso del JNE, que deberá activar la conformación de los jurados electorales especiales, entre otras actividades. (Andina)
