EDICTO Nº 0007-2025
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Exp. Nº 00592-2025
La Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Expediente Nº 000592-2025, impulsado por JESUS FRANCISCO TORRES MENESES, identificado con DNI Nº 77297646, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita según acta Nº 61150397, del año 2000, en el sentido que se ha consignado en el cuerpo principal y/o parte marginal con error los nombres y apellidos del padre del(a) titular, inscrito como: VICTOR TORRES TASAYCO, con documento de identidad CIP Nº 30252069, debiendo ser lo correcto: VICTOR TORRES I TASAICO, con CIP Nº 30252069, por error no atribuible al Registrador Civil. Asimismo, regularizar la omisión de la firma, huella y sello del Registrador Civil.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-PCM, (Arts. 71 al 75) y la Directiva DI-008-DRC/001, parte pertinente a la “Rectificación Administrativa de Actas por supuesto error no atribuible al Registrador de la época”, aprobado por Resolución Secretarial N° 000141-2022-SGEN/RENIEC y TUO de la Ley 27444.
Abog. Cielo Stefanny Cuzcano Vásquez
Registradora Civil Titular
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO Nº 0006-2025
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Exp. Nº 00590-2025
La Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Expediente Nº 000590-2025, impulsado por KETTY GABRIELA TORRES MENESES, identificada con DNI Nº 77029872, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita según acta Nº 60068646, del año 1999, en el sentido que se ha consignado en el cuerpo principal y/o parte marginal con error los nombres y apellidos del padre del(a) titular, inscrito como: VICTOR TORRES TASAYCO, con documento de identidad CIP Nº 30252069, debiendo ser lo correcto: VICTOR TORRES I TASAICO, con CIP Nº 30252069, por error no atribuible al Registrador Civil. Asimismo, regularizar la omisión de la firma, huella y sello del Registrador Civil.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-PCM, (Arts. 71 al 75) y la Directiva DI-008-DRC/001, parte pertinente a la “Rectificación Administrativa de Actas por supuesto error no atribuible al Registrador de la época”, aprobado por Resolución Secretarial N° 000141-2022-SGEN/RENIEC y TUO de la Ley 27444.
Abog. Cielo Stefanny Cuzcano Vásquez
Registradora Civil Titular