Muchos Alcaldes y Gobernadores que quieren ir a la reelección rezan... y rezan... a ver si en Diciembre, se les hace el milagro... y en una nueva votación, logran que haya reelección... Y es que, el Pleno del Congreso aprobó por 73 votos a favor, 34 en contra y 3 abstenciones la reconsideración a la votación realizada en la sesión plenaria del 20 de noviembre de 2024, que había desestimado la segunda votación del dictamen con texto sustitutorio de los proyectos de ley 2027, 2067, 2225, 2287, 2303, 2343 y 6375 de reforma constitucional de los artículos 35, 191 y 194 de la Constitución a favor de la reelección por un período adicional de manera inmediata para alcaldes y gobernadores regionales. La reconsideración fue planteada por los congresistas Wilson Soto Reyes, José Jerí Oré y Héctor Valer Pinto y los citados proyectos de ley fueron dictaminados por la Comisión de Constitución. El Congreso había rechazado el 20 de noviembre último una propuesta de reforma constitucional para permitir la reelección inmediata de gobernadores regionales y alcaldes por una sola vez, además de eliminar la participación de los movimientos regionales que postulen a cargos públicos. La iniciativa no había alcanzado los votos necesarios en segunda votación, como en esta oportunidad si lo hizo. El dictamen, que agrupa siete proyectos de ley había generado un amplio debate y en esa oportunidad el presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento, Fernando Rospigliosi, opinó que la reelección inmediata sería un incentivo para mejorar la gestión de las autoridades locales. La modificación del art. 191 de la Constitución precisa “que el gobernador regional es elegido conjuntamente con un vicegobernador regional, por sufragio directo por un período de cuatro años. El mandato de dichas autoridades es revocable, conforme a ley. Pueden ser reelegidos por un solo periodo adicional de manera inmediata. Los miembros del Consejo Regional son elegidos en la misma forma y por igual período”. La modificatoria del mencionado Art. de la Constitución indica también que los “alcaldes y regidores son elegidos por sufragio directo, por un período de cuatro años. Pueden ser reelegidos por un solo periodo adicional de manera inmediata. Su mandato es revocable, conforme a ley”. Pese a que se ha aprobado una nueva votación, todo parece indicar que la cosa está sentenciada... y es que si bien han logrado forzar una nueva votación, la misma lo ha logrado con 73 votos... a 14 votos del mínimo necesario para revocar dicha segunda votación... Lo cierto también parece ser, que la continuidad de los Movimientos Regionales, parece ser un caso cerrado... porque en esta nueva votación, no ha sido claro, si es que al darse la nueva votación, solo se hace por la reelección de gobernadores y alcaldes... dejando a un lado lo de los movimientos regionales... como todo parece indicar.