EDICTO
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Publicado en 13/11/2024

Expediente Nº 00075-2023-0-0801-JR-CI-01, seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra COMERCIAL IMPORTADORA JEAN PAUL EIRL y otra sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, tramitado ante el Primer Juzgado Civil de Cañete, mediante Resolución Nº 06 (15-12-2023); DISPONE:

1º) SUSPÉNDASE el presente proceso por el plazo de treinta días hasta el debido emplazamiento a los Sucesores Procesales del demandado EDWING RICARDO HUAMÁN HUERTA.

2º) DISPONE LA NOTIFICACIÓN POR EDICTOS ELECTRÓNICO EN LA PÁGINA WEB DEL PODER JUDICIAL a los Sucesores Procesales de la parte demandada EDWING RICARDO HUAMÁN HUERTA; PREVIAMENTE la parte demandante cumpla con presentar el arancel judicial por edicto electrónico. Asimismo, NOTIFÍQUESE EN SU DOMICILIO REAL DEL DEMANDADO con la presente Resolución, a efectos que comparezcan al proceso los sucesores procesales en el término de TREINTA DÍAS, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal en caso de que no se apersonen los sucesores procesales del demandado. Rúbrica del Señor Juez Dr. Vásquez Alza. Luis Melgarejo – Secretario Judicial.

Cañete, 12 de Marzo de 2024.

Luis Alberto Melgarejo Fernández

Secretario Judicial

Primer Juzgado Civil Permanente

Corte Superior de Justicia de Cañete

Publicar: 11, 12 y 13 de Noviembre de 2024.

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