En el Expediente Nº 116-2023-2022, mediante resolución número 09 de fecha 21-05-2024, se RESUELVE: ADMITIR a trámite en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO la demanda presentada por JOSÉ MANUEL RIVERA AGUILAR, contra ABURTO LAZARO MAXIMO FLAVIO, ANDICOCHEA PISCONTE JUAN JOSE, ARIAS MODESTO CARLOS JOEL, CAMASCA DE POMASONCCO EVARISTA, CARBAJAL VARILLAS ESPERANZA MARIBEL, CARBONERO TORRES ISMAEL FRANCISCO, CARRASCO GUTIERREZ DELIA, CARRASCO GUTIERREZ MARIA MARIBEL, CARRASCO GUTIERREZ NATIVIDAD, CARRASCO PAUCCARA MELQUIADES, CHACALLA CORAHUA JAIME ERADIO, CHARCA ÑUÑONCA RENE ALBERTO, COILA SUCARI VERONICA BALERIA, CUYA SANCHEZ EDITH ROSSANA, GUTIERREZ DE CARRASCO MARCELINA, HUAMAN ALVARADO JULIAN MAXIMO, HUAMAN MANRIQUE MAXIMO, JULCA HUAPAYA DE ARIAS CRISTINA NATALI, LLAMOCCCA MARQUEZ YOVANA, PELAEZ PALOMINO IRIS GABRIELA, POMASONCCO CAMASCA BRYAN ANDERSON, POMASONCCO CAMASCA ELIZABETH MARLENI, POMASONCCO CAMASCA FERMIN ALFREDO, POMASONCCO EVANAN EPIFANIO, POMASONCO CAMASCA DAVID EPIFANIO, RAMIREZ GAMBOA MARTHA, SARAVIA CHUMPITAZ ESPERANZA, YALLE LÓPEZ ZONIA MARTHA sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO E INDEPENDIZACIÓN DE PREDIO; TRASLADO a los demandados, por el plazo de DIEZ DÍAS, para que absuelva la demanda, bajo apercibimiento de seguírsele el proceso en su rebeldía; DISPONGO: EL EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ADICIONALMENTE SE ORDENA SE NOTIFIQUE EN FORMA REGULAR A TRAVÉS DE LA CENTRAL DE NOTIFICACIONES DE ESTA SEDE JUDICIAL, de conformidad con lo normado en el artículo 166º del Código Procesal Civil, por el PLAZO DE QUINCE DÍAS, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía, por ofrecido los medios probatorios ofrecidos en la demanda, sin perjuicios de su admisión y actuación oportuna, a los autos los anexos que se adjuntan; ORDENO: La publicación del extracto de la presente resolución por tres veces, con intervalo de tres días, en el diario oficial El Peruano y el de mayor circulación de esta ciudad; NOTIFÍQUESE a los propietarios de los predios colindantes con el auto admisorio, demanda y anexos en la dirección indicada por los demandantes; PUBLÍQUESE un extracto de la demanda, por tres veces y con intervalo de tres días, en el Portal Oficial de la página web del Poder Judicial y en el diario local Al Día Con Matices de esta provincia; asimismo, DISPONGO: La notificación por radio difusión por tres días consecutivos conforme lo dispone el artículo 169º de la norma adjetiva debiendo los demandantes apersonarse a la Secretaría del Juzgado en horas de oficina con la finalidad de recoger los edictos judiciales para su publicación. Una rúbrica del Señor Magistrado Dr. Julio César Parvina Melgar – Juez. Fdo. Erika Edith Herrera Taxa – Secretaria Judicial.
Cañete, 05 de Junio de 2024.
Abog. Erika E. Herrera Taxa
Secretaria Judicial
Primer Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 06, 13 y 19 de Junio de 2024.