EDICTO
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Publicado en 22/05/2024

En el Expediente Nº 00174-2023-0-0801-JR-CI-02, seguido por ante el Segundo Juzgado Civil de Cañete, Juez Oscar Cahuana C y Sec. Manuel Vargas S.; en lo seguido por FRANCISCO CORONADO BERROCAL y PASCUALA ADRIANA ASCONA BAUTISTA con SUCESIÓN DE OBELINDA SALDAÑA AYBAR y SUCESIÓN DE HONORATO PAULINO FIDEL DE LA CRUZ sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA DE DOMINIO; ambas sucesiones integradas por sus hijos: RAIDA ALEJANDRINA FIDEL SALDAÑA y DIONICIO JUSTINO FIDEL SALDAÑA, mediante Resolución Nº 10 de fecha 9 de Abril del 2024, se ha dispuesto declarar la NULIDAD de la Resolución Nº 9 del 16 de Febrero del 2024, en los extremos que declara rebelde al demandado DIONICIO JUSTINO FIDEL SALDAÑA, saneado el proceso y concede a las partes el plazo de tres días para que propongan sus respectivos puntos controvertidos y, NOTIFÍQUESE mediante edicto electrónico y en diario Al Día Con Matices a la Sucesión de Dionicio Justino Fidel Saldaña, sin perjuicio, que la parte demandante señale domicilio real conocido de aquellos y ordena la suspensión del proceso por el plazo de 30 días, para que se apersonen los sucesores o en su caso, hasta que se designe curador procesal.

San Vicente, 15 de Mayo de 2024.

Manuel Rigoberto Vargas Sánchez

Secretario

Segundo Juzgado Civil Permanente de Cañete

Corte Superior de Justicia de Cañete

Publicar: 16, 22 y 23 de Mayo de 2024.

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