UNIDAD DE REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Ante la Unidad de Registro del Estado Civil que funciona en el distrito de Nuevo Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, se ha presentado el señor LUIS ALBERTO ALÀN HUAMÀN, identificado con DNI Nº 15394639, generándose el Expediente Nº 3931-2024, de fecha 15 de Mayo de 2024, solicitando la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO de cual es titular, inscrito en el libro Nº 01, folio Nº 38, del año 1963, en el sentido que se omitiò el segundo prenombre del padre del titular, donde dice: Augusto Alàn Huamàn, debiendo ser lo correcto: AUGUSTO DONATO ALÀN HUAMÀN, y no como erróneamente se encuentra consignado.
Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Ley N° 26497, D.S. 015-98-PCM, Artículo 71° al 75°, Directiva DI-008-DRC/001, Rectificación Administrativa por error u omisión no atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNA/RENIEC, dejando subsistentes e invariables los demás datos que contiene dicho documento público. Se efectúa la presente publicación de conformidad con el Artículo 73° del D.S. 015-98-PCM.
Nuevo Imperial, 17 de Mayo de 2024.
Abog. Yanet Lilia Contreras Palomino de Alarcòn
Jefe de Oficina de Registro del Estado Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO IMPERIAL
UNIDAD DE REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Ante la Unidad de Registro del Estado Civil que funciona en el distrito de Nuevo Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, se ha presentado el señor ALEX DANIEL ALÀN HUAMÀN, identificado con DNI Nº 15398525, generándose el Expediente Nº 3930-2024, de fecha 15 de Mayo de 2024, solicitando la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO de cual es titular, inscrito en el libro Nº 01, folio Nº 121, del año 1969, en el sentido que se omitiò el segundo prenombre del padre del titular, donde dice: Augusto Alàn Huamàn, debiendo ser lo correcto: AUGUSTO DONATO ALÀN HUAMÀN, y no como erróneamente se encuentra consignado.
Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Ley N° 26497, D.S. 015-98-PCM, Artículo 71° al 75°, Directiva DI-008-DRC/001, Rectificación Administrativa por error u omisión no atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNA/RENIEC, dejando subsistentes e invariables los demás datos que contiene dicho documento público. Se efectúa la presente publicación de conformidad con el Artículo 73° del D.S. 015-98-PCM.
Nuevo Imperial, 17 de Mayo de 2024.
Abog. Yanet Lilia Contreras Palomino de Alarcòn
Jefe de Oficina de Registro del Estado Civil