MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
22/03/2024 09:48 en Novedades

AVISO Nº 043 – RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

La Sub Gerencia de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Expediente Nº 002850-2024, de MIGUEL ANGEL FERNANDEZ CHAVEZ, identificado con DNI Nº 15428397, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO (172), inscrita según acta Nº 10148948884, del año 1976, en el sentido que se ha consignado en el cuerpo principal y/o parte marginal con error los nombres y apellidos de la madre del(a) titular, inscrita como: CATALINA CHÁVEZ SANTOS, debiendo ser lo correcto: CATALINA EMPERATRIZ CHAVEZ SANTOS. Asimismo, se rectifique los datos del titular, debe decir: MIGUEL ANGEL FERNÁNDEZ CHAVEZ, por error no atribuible al Registrador Civil. Asimismo, regularizar la omisión de la firma, huella y sello del Registrador de la época. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP, los Arts. 71 al 75 y la Directiva DI-415-GRC/032, parte pertinente a la “Rectificación Administrativa de Actas por supuesto error no atribuible al Registrador de la época”, aprobado por Resolución Secretarial N° 049-2017-SGEN/RENIEC y TUO de la Ley 27444.

Maribel Rosario Sánchez Vicente

Registradora Civil

 

 

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

AVISO Nº 026 – RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

La Sub Gerencia de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Expediente Nº 01532-2024, de JESUS GUILLERMO MEZA MACHA, identificado con DNI Nº 80085782, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO (1547), inscrita según acta Nº 1014951359, del año 1976, en el sentido que se ha consignado en el cuerpo principal con error los nombres y apellidos de la madre del(a) titular inscrita como: TORIBIA MACHA MEZA, debiendo ser lo correcto: TORIBIA EMILIA MACHA MEZA, por error no atribuible al Registrador Civil. Asimismo, regularizar la omisión de la firma, huella y sello del Registrador de la época.

Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP, los Arts. 71 al 75 y la Directiva DI-415-GRC/032, parte pertinente a la “Rectificación Administrativa de Actas por supuesto error no atribuible al Registrador de la época”, aprobado por Resolución Secretarial N° 049-2017-SGEN/RENIEC y TUO de la Ley 27444.

Maribel Rosario Sánchez Vicente

Registradora Civil

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