Por ante el 1º Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, que despacha el Juez Julio C. Parvina Melgar y Secretario Luis A. Melgarejo Fernández, Expediente Nº 00147-2020-0-0801-JR-CI-01, seguido por FRANCISCA DE ASIS BASURTO VIUDA DE MUNAYCO contra COMPAÑÍA AGRÍCOLA SAN BENITO S.A. EN LIQUIDACIÓN, a fin de que se le declare propietario del bien inmueble denominado EL PARAÍSO, que se ubica en el Anexo de Caltopa del distrito de Nuevo Imperial, provincia de Cañete y departamento de Lima, mediante Resolución Nº 20, de fecha 30-10-2023, se ha dispuesto EMPLAZAR a MARIA CECILIA ROTONDO CORREA, por el plazo de TREINTA DÍAS, para que absuelva la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal; ORDENO la publicación del extracto de la presente resolución por tres veces, con intervalo de tres días, en el portal web oficial del Poder Judicial y en el diario de mayor circulación de esta ciudad.
San Vicente de Cañete, 13 de Marzo de 2024.
Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario Judicial
Primer Juzgado Civil Permanente
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 18, 22 de Marzo y 01 de Abril de 2024.
EDICTO JUDICIAL
En el Expediente Nº 00170-2016-0-0801-JR-CI-01, tramitado por ante el Segundo Juzgado Especializado Civil de Cañete, a cargo del Juez Oscar Raúl Cahuana Cahuana y asistido del Secretario Judicial José Jesús Gonzales Sánchez, por Resolución 80, de fecha 14-12-2023, se incorpora al proceso como sucesores procesales del causante ALFONSO EDUARDO RISCO COLLAO, a su esposa MARÍA SOLEDAD MARCELO DEL RISCO y a sus hijos: EDUARDO ALBERTO RISCO MARCELO, JORGE LUIS RISCO MARCELO, GINO ERICK RISCO MARCELO, ALEX IVÁN RISCO MARCELO, MARÍA DE LOS ÁNGELES RISCO MARCELO, ÁNGELO URBANO RISCO MARCELO y CLAUDIA SHIRLEY RISCO MARCELO, debiendo considerarse a los nombrados como parte demandada en lugar de su causante, quienes asumirán la posición de demandado en el estado que se encuentra el presente proceso. Notifíquese por EDICTO al demandado causante VÍCTOR MANUEL GAGLIARDI BAGLIETTO, por el plazo de sesenta días, de conformidad con el artículo 435º del Código Procesal Civil, a fin de que se apersonen al presente proceso bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, en caso de incumplimiento; por lo tanto, expídase el edicto judicial para la publicación, por el término de tres días hábiles, en el diario de mayor circulación de la localidad y edicto judicial en el portal institucional de la web del Poder Judicial. Mediante Resolución Nº 81 de fecha 22-01-2023, se dispone entregar los edictos a la parte demandante para su publicación en el diario de mayor circulación de la localidad (Al Día Con Matices).
Cañete, 22 de Enero de 2024.
José Jesús Gonzales Sánchez
Secretario Judicial
Segundo Juzgado Civil de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 22, 25 y 26 de Marzo de 2024.