FISCALÍA INVESTIGA A CARLOS YAURICASA POR OCULTAR SENTENCIA POR VIOLENCIA FAMILIAR EN HOJA DE VIDA DE CANDIDATO
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Publicado en 14/03/2024

La denuncia fue formulada por el Jurado Electoral Especial de Cañete y el pasado 22 de febrero fue citado a declarar ante Ministerio Público El que, en un procedimiento administrativo, hace una falsa declaración en relación a hechos o circunstancias que le corresponde probar, violando la presunción de veracidad establecida por ley, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.

Por su parte, el Código Penal mediante su artículo 411, establece como delito el hacer una falsa declaración en un procedimiento administrativo. Bajo esa línea, se tiene que, mentir mediante un documento ingresado a la Administración Pública en el curso de un procedimiento, se constituiría delito. Estes es el caso que viene afrontando el actual alcalde de la Municipalidad Distrital de Imperial Carlos Felipe Yauricasa Tipiani, ante denuncia formulada por el Jurado Nacional de Elecciones por la presunta comisión del delito Contra la Administración Pública por Falsa Declaración en procedimiento administrativo.

CASO CONCRETO El 01 de diciembre de 2022 la monitora de hoja de vida adscrita al Jurado Nacional de Elecciones Zarella Isabel Rondón Apaza, comunicó que el entonces candidato Carlos Yauricasa, había omitido consignar información en relación de sentencias que declaren fundadas las demandas interpuestas contra los candidatos, que hubieran quedado firmes, aduciendo que NO TENÍA INFORMACIÓN POR DECLARAR.

Lo cierto es que a solicitud del Jurado Electoral Especial de Cañete la Corte Superior, informó que Yauricasa Tipiani, tenía una sentencia tramitada por el Primer Juzgado Especializado de Familia materia de Violencia Familiar, donde se resuelve declarar fundada la demanda, que declaró la existencia de violencia familiar en la modalidad de maltrato sin lesiones; por lo cual el Jurado indicó que había una omisión de información prevista, de acuerdo con el Reglamento de Inscripción de lista de candidatos para las alecciones municipales 2022.

El Código Penal señala que aquel que, en un procedimiento administrativo hace una falsa declaración en relación a hechos circunstancias que le corresponde probar, violando la presunción de veracidad establecida por Ley, será reprimido con pena privativa de libertad no meno menor de uno ni mayor de cuatro años.

MINISTERIO PÚBLICO INICIA DILIGENCIAS

Ante los hechos descritos, el Jurado Electoral Especial de Cañete remitió toda la información a la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete, disponiéndose el inicio de las diligencias respectivas, citando a Carlos Felipr Yauricasa Tipiani a brindar su declaración el pasado 22 de febrero del año en curso a horas 10.00 am. en la sede fiscal. De la misma forma, han requerido al Jurado copias certificadas de la declaración de Hoja de Vida del entonces candidato hoy alcalde. (ELARQUIM)

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