REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE CHILCA 2025
22/02/2024 12:38 en Novedades

TÍTULO I

ASPECTOS GENERALES

Artículo 1°.- Finalidad

El presente reglamento tiene por finalidad garantizar la orientación a resultados del proceso del Presupuesto Participativo, de tal manera que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados específicos que la población necesite, particularmente aquellas dimensiones que se consideran más prioritarias para el desarrollo local, mejorando la eficiencia en la asignación de recursos.

Artículo 2°.- Objetivo

La presente ordenanza tiene como objetivo establecer las pautas y procedimientos que garanticen el adecuado desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Chilca, asegurando la efectiva participación de la sociedad civil.

Artículo 3°.- Ámbito

El presente reglamento se aplica en el ámbito de la jurisdicción del distrito de Chilca.

Artículo 4°.- Alcance

El presente reglamento es de obligatorio de cumplimiento para el Alcalde, el Consejo Distrital, Consejo de Coordinación Local Distrital, los Agentes Participantes, el Equipo Técnico Municipal del proceso del Presupuesto Participativo, el Comité de Vigilancia, la sociedad civil organizada y para todo aquel que participe en el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Chilca.

Artículo 5°.- Base Legal

• Constitución Política de Perú.

• Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización del Estado

• Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización.

• Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

• Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

• Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo.

• Decreto Legislativo N° 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

• Decreto Supremo Nº142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo.

• Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, que precisa criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el Presupuesto Participativo.

• Decreto Supremo N° 132-2010-EF, modifica el Decreto Supremo N° 097-2009-EF, correspondiente al Proceso del Presupuesto Participativo.

• Resolución Directoral Nº007-2010-EF/76.01, que aprueba el Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, y anexos.

Artículo 6°.- Definiciones

6.1. Presupuesto Participativo basado en Resultados

El Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignación de los recursos públicos mediante el cual se definen los proyectos de inversión prioritarios con la participación de la sociedad civil organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos. El Presupuesto Participativo basado en Resultados comprende la incorporación al proceso del Presupuesto Participativo de las corrientes renovadoras del presupuesto y la gestión por resultados, en el cual los recursos públicos se asignan, se ejecutan y evalúan en función a cambios específicos que se deben alcanzar para mejorar el bienestar de la población.

El carácter del proceso de Presupuesto Participativo del distrito de Chilca consiste en la identificación de resultados y productos necesarios para la solución de los principales problemas identificados en el territorio y en el marco del Plan de Desarrollo Local Concertado, los cuales pueden obtenerse mediante actividades y proyectos que de manera secuencial y con un criterio de priorización se ejecuten en más de un ejercicio fiscal.

6.2. Plan de Desarrollo Local Concertado

Es el documento orientador del desarrollo local y del proceso de presupuesto participativo basado en resultados que contiene los acuerdos sobre la visión de desarrollo y objetivos estratégicos de la comunidad en concordancia con los planes sectoriales y nacionales. Sobre su base se identifican, analizan y priorizan los problemas y soluciones a través de proyectos de inversión durante la fase de concertación del Presupuesto Participativo.

6.3. Consejo de Coordinación Local Distrital

Es un órgano de coordinación y concertación de la Municipalidad Distrital de Chilca. Está integrado por el Alcalde, quien lo preside, pudiendo delegar su función en el Teniente Alcalde, los regidores y los representantes de las organizaciones sociales de base, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, profesionales, juntas vecinales y cualquiera otra forma de organización a nivel distrital.

6.4. Agentes Participantes

Son quienes participan activamente en la discusión, definición, priorización y toma de decisiones respecto de los resultados a ser priorizados en el proceso, así como de los proyectos a ser considerados para contribuir al logro de dichos resultados. Representan a las organizaciones de la sociedad civil, territoriales y/o temáticas, así como a organismos e instituciones públicas y privadas del distrito.

6.5. Equipo Técnico Municipal

Tiene la responsabilidad de conducir el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, brindando soporte técnico durante el desarrollo del mismo y realizando el trabajo de evaluación técnica de proyectos. Lo integran los siguientes funcionarios de la Municipalidad Distrital de Chilca o quienes hagan sus veces: Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, el Gerente de Desarrollo Urbano, el Subgerente de Obras Privadas, Catastro y Planeamiento Urbano, el Subgerente de Obras Públicas y Proyectos, el Gerente de Desarrollo Humano y Social y el Subgerente de Participación Ciudadana. Es presidido por el Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.

6.6. Talleres de Trabajo

Reuniones de Agentes Participantes convocadas por el Alcalde y conducidas por el Equipo Técnico con la finalidad de identificar desde una perspectiva temática y territorial los problemas del distrito, así como también la priorización de los proyectos de inversión.

6.7. Comité de Vigilancia

Ente encargado de vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Presupuesto Participativo del año para el cual han sido elegidos, informar al Consejo Coordinación Local, al Consejo Distrital y otras dependencias públicas en el caso de incumplimiento de los acuerdos. Es elegido anualmente por los agentes participantes en los talleres del presupuesto participativo.

TÍTULO II

ROL DE LOS ACTORES DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE CHILCA

Artículo 7º.- El Alcalde

a) Convocar a reuniones del Presupuesto Participativo en su calidad de Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital.

b) Organizar las actividades del proceso participativo, haciéndolas de conocimiento público.

c) Proponer para consideración los resultados prioritarios a favor de la población que pueden ser objeto de atención en el proceso.

d) Proponer la cartera de proyectos a ser sometida al Presupuesto Participativo, señalando expresamente la conexión al resultado prioritario que corresponda.

e) Determinar e informar a los agentes participantes el porcentaje del presupuesto institucional que corresponderá al Presupuesto Participativo, sin perjuicio de que los recursos no incluidos se asignen por los resultados claramente especificados.

f) Disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de los acuerdos adoptados en el proceso.

g) Desarrollar las acciones necesarias para la implementación de los acuerdos.

h) Rendir cuentas a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos el año anterior.

i) Disponer que los funcionarios de la municipalidad faciliten la información que garantice la transparencia del proceso.

Artículo 8º.- El Consejo Distrital

a) Aprobar las normas que se requieran para llevar a cabo el proceso, las mismas que son complementarias a las emitidas por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en su calidad de ente rector.

b) Fiscalizar el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso.

c) Aprobar la incorporación de los proyectos de inversión del Presupuesto Participativo en el presupuesto institucional de la Municipalidad Distrital de Chilca.

d) Aprobar el porcentaje del presupuesto institucional que corresponderá a inversiones del Presupuesto Participativo

e) Velar por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por la Municipalidad Distrital de Chilca.

f) Realizar seguimiento a la entrega de información para el desarrollo de las labores del Comité de Vigilancia.

Artículo 9º.- El Consejo de Coordinación Local Distrital

a) Participar y promover activamente el proceso.

b) Responder a las convocatorias que realiza la autoridad local.

c) Coordinar la incorporación de los proyectos de inversión en el presupuesto institucional de la Municipalidad Distrital de Chilca.

d) Apoyar al Comité de Vigilancia en el cumplimiento de las acciones acordadas en el Presupuesto Participativo.

Artículo 10º.- Los Agentes Participantes

a) Participar activamente en la discusión, definición, priorización y toma de decisiones respecto de los resultados a ser priorizados en el proceso, así como de los proyectos a ser considerados para contribuir al logro de dichos resultados.

b) Asistir, con carácter obligatorio, a todos los talleres convocados para el desarrollo del Presupuesto Participativo.

c) Suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso.

d) Otros que demande el proceso.

Artículo 11º.- El Equipo Técnico

a) Brindar apoyo para la organización y desarrollo del proceso.

b) Facilitar información para el desarrollo de los talleres de trabajo.

c) Realizar la evaluación técnica y financiera de los proyectos propuestos.

d) Preparar y presentar la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y financiera.

Artículo 12º.- Oficina General de Planeamiento y Presupuesto

a) Proponer a las instancias correspondientes el Presupuesto Institucional de Apertura, incorporando proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo.

b) Remitir copia del Acta de Acuerdos y Compromisos, así como el documento del proceso a la Dirección General de Presupuesto Público.

c) Mantener actualizado el aplicativo informático del Presupuesto Participativo en las diversas fases del proceso.

Artículo 13º.- La Subgerencia de Participación Ciudadana

a) Coordinar con la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el proceso de implementación del Presupuesto Participativo.

b) Planificar, programar y coordinar la instalación y funcionamiento del Consejo de Coordinación Local Distrital.

c) Coordinar con el Consejo de Coordinación Local Distrital la convocatoria a la Sociedad Civil organizada a participar en las diferentes fases del proceso del Presupuesto Participativo, utilizando los canales de comunicación más adecuados, para garantizar una correcta y eficiente comunicación con los agentes participantes.

Artículo 14º.- Comité de Vigilancia

a) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Presupuesto Participativo.

b) Informar al Concejo Distrital y al Consejo de Coordinación Local Distrital en caso de incumplimiento de los acuerdos.

TÍTULO III

FASES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE CHILCA

Artículo 15º.- Fases del proceso de Presupuesto Participativo

El proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados comprende las siguientes fases:

a) Preparación

b) Concertación

c) Coordinación

d) Formalización

Artículo 16°.- Fase de Preparación

La Municipalidad Distrital de Chilca a través del Equipo Técnico Municipal y en coordinación con el Consejo de Coordinación Local Distrital realizará las siguientes acciones durante esta fase:

16.1. Comunicación

La Municipalidad Distrital de Chilca, a través de la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, informa a la población los avances y resultados del proceso e invita a las organizaciones sociales a participar del mismo, utilizando los diversos medios de comunicación, su portal electrónico y otros medios.

16.2. Sensibilización

La Municipalidad Distrital de Chilca, a través de la Subgerencia de Participación Ciudadana, promueve la participación responsable de la sociedad civil organizada en la gestión del desarrollo local y el compromiso que deben asumir en las decisiones que se tomen, así como la importancia del proceso.

16.3. Convocatoria

La Municipalidad Distrital de Chilca, a través de la Subgerencia de Participación Ciudadana y el Consejo de Coordinación Local Distrital, convocan a la población organizada del distrito de Chilca a participar en el proceso del presupuesto participativo basado en resultados. Esta convocatoria promoverá la integración al proceso de representantes de las distintas entidades del Estado y de la sociedad civil del distrito.

La convocatoria debe indicar el cronograma de fechas para la realización del Presupuesto Participativo. Dicho cronograma debe considerar el cumplimiento del cuadro de plazos establecido por la Dirección General de Presupuesto Público para el proceso de programación y formulación de los presupuestos institucionales de los gobiernos locales. La convocatoria y cronograma del Presupuesto Participativo debe aprobarse anualmente mediante Decreto de Alcaldía.

16.4. Difusión

Las acciones de comunicación, sensibilización y convocatoria serán realizadas en el marco de las labores de difusión del proceso del Presupuesto Participativo, y pueden desarrollarse en simultáneo.

16.5. Identificación y Registro de Agentes Participantes

La Municipalidad Distrital de Chilca, a través de la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, establece las formas de registro de los agentes participantes, los que deben acreditar la representación que ejercen a nombre de una organización social.

Los agentes participantes deberán presentar los siguientes requisitos para su inscripción y acreditación:

• Copia de Resolución de reconocimiento vigente de la organización social a la que representan.

• Copia del acta de asamblea de designación como agente participante.

• Copia de DNI que acredite su residencia en el distrito.

Cada organización social debidamente reconocida en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) del Distrito de Chilca, podrá solicitar la inscripción y acreditación como agentes participantes del Presupuesto Participativo de dos (02) representantes de su organización, en calidad de titular y suplente.

16.6. Instalación del Equipo Técnico Municipal

Durante esta fase se instala el Equipo Técnico Municipal y realiza todas las acciones que faciliten y garanticen el desarrollo del proceso del presupuesto participativo.

La instalación del Equipo Técnico se realiza para cada proceso de Presupuesto Participativo, debiendo estar conformado por los funcionarios que se señalan en el numeral 6.5 del presente reglamento, los cuales son designados anualmente mediante Resolución de Alcaldía.

16.7. Capacitación de Agentes Participantes

Las capacitaciones estarán a cargo del Equipo Técnico y serán realizadas a través de modalidades como talleres o reuniones en las que las autoridades y la población se informen acerca de las tareas que involucra el proceso de Presupuesto Participativo.

Artículo 17º.- Fase de Concertación

Es la reunión del Equipo Técnico Municipal y de la sociedad civil para desarrollar el trabajo concertado de diagnóstico, identificación y priorización de resultados y de proyectos de inversión que contribuyan al logro de resultados a favor de la población.

17.1. Talleres de Trabajo

Los talleres constituyen reuniones de trabajo, convocados por el Alcalde, a través de las cuales se desarrollan acciones conducentes a la priorización de resultados, proyectos de inversión, visión de desarrollo y objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Local Concertado y compromisos de la municipalidad y la sociedad civil.

Es necesario, previamente:

a) Elaborar el diagnóstico integral del distrito.

b) Seleccionar una cartera de proyectos viables orientados al logro de resultados priorizados, que respondan a las características de impacto regional, provincial y distrital definidos en el Decreto Supremo N°097-2009-EF y sus modificatorias.

c) Precisar adecuadamente los lineamientos del proyecto del Plan de Desarrollo Concertado para su validación por la Sociedad Civil.

d) Recopilación y preparación de información de proyectos priorizados en presupuestos participativos de años anteriores, ejecución del programa de inversiones aprobado en el presupuesto institucional, relación de proyectos de inversión ejecutados el año anterior, porcentaje de recursos que se destinarán al Presupuesto Participativo del año respectivo y la situación de los principales puntos de atención del ciudadano en la prestación de los bienes y servicios públicos.

17.2. Taller de Diagnóstico e Identificación de Problemas

En este taller, el Equipo Técnico y los Agentes Participantes realizan el diagnóstico territorial según los ejes temáticos propuestos por los primeros y teniendo en consideración el marco de políticas nacionales y sectoriales. Asimismo, se realiza el diagnóstico de la prestación de los servicios públicos que son de competencia municipal. La información generada en este taller permite, de ser pertinente, la actualización y/o validación del Plan de Desarrollo Local Concertado o proyecto del mismo para su posterior aprobación.

17.3 Taller de Validación de la Visión y Objetivos Estratégicos Territoriales

Tiene por finalidad consensuar con los Agentes Participantes la propuesta de visión, ejes estratégicos y objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Local Concertado, teniendo en cuenta el diagnóstico territorial y de la prestación de los servicios públicos locales. El plan debe estar articulado con los planes provinciales y nacionales.

En esta fase se tiene como objetivo legitimar y oficializar el instrumento orientador del proceso de planificación, por tanto, se exige la participación amplia de todos los actores, con el fin de lograr la validación del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Chilca.

17.4. Taller de Identificación y Priorización de Resultados y Presentación de Ideas de Proyecto

Tiene como objetivo identificar los resultados, especificados en términos de mejoras en el bienestar ciudadano, a fin de permitir, posteriormente, una adecuada asignación de los recursos públicos para el logro de los mismos. El Equipo Técnico presenta a los Agentes Participantes el diagnóstico del ámbito territorial para conocimiento e información con el objeto de ser utilizado en la identificación y priorización de resultados.

17.4.1. Identificación y priorización de resultados

Se identificarán los resultados que se desean obtener en función a las necesidades del distrito, los que posteriormente serán priorizados en relación a su importancia. Se realizará por ejes temáticos y serán tomados en consideración en la etapa técnica de evaluación de propuestas de proyecto o ideas de proyectos. De esta fase se obtiene un informe con los resultados identificados y priorizados.

17.4.2. Presentación de proyectos e ideas de proyectos

Los agentes participantes podrán presentar proyectos o ideas de proyectos en el marco del proceso del Presupuesto Participativo bajo los criterios establecidos por el Equipo Técnico Municipal, los mismos que ingresarán en una etapa de evaluación técnica. La información de los proyectos e ideas de proyectos serán recogidas en una ficha de proyecto.

En cumplimiento del Instructivo Nº001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, el Alcalde a través del Equipo Técnico Municipal también podrá presentar iniciativas de proyectos que contribuyan a alcanzar los resultados priorizados y el desarrollo del distrito.

En este taller, el Alcalde, o en su representación del Presidente del Equipo Técnico Municipal, informa el porcentaje de la asignación presupuestaria que será destinada al Presupuesto Participativo del año respectivo.

17.5. Evaluación Técnica de Proyectos e Ideas de Proyecto

El equipo técnico municipal tendrá a su cargo la evaluación técnica de proyectos e ideas de proyectos presentados en el marco del proceso del Presupuesto Participativo, para lo cual se tomará en cuenta, entre otros, los siguientes criterios:

• Articulación de la propuesta de proyecto e idea de proyecto a las competencias municipales y a los resultados identificados y priorizados.

• Condiciones de la zona de intervención (condiciones socioeconómicas, geográficas, legales, etc.).

• Nivel de estudio de la propuesta presentada (perfil viable, expediente técnico).

• Impacto (número de beneficiarios) y alcance del proyecto. Se tendrán en consideración los criterios de alcance, cobertura y monto de inversión establecidos en el Decreto Supremo N° 097-2009-EF.

• Cumplimiento de responsabilidad tributaria.

• Asistencia del agente participante proponente a los talleres.

En base a estos criterios el equipo técnico municipal elaborará la matriz de evaluación y priorización de proyectos, la misma que será presentada en el taller de presentación de proyectos e ideas de proyectos del presupuesto participativo para su validación, aplicándose dicho instrumento para la evaluación de los proyectos e ideas de proyecto presentadas.

La etapa de evaluación técnica será desarrollada por el Equipo Técnico, para lo cual contará con el apoyo de los órganos de línea de la municipalidad según el tipo de proyecto e idea de proyecto presentado. El resultado de dicha evaluación será presentado a los Agentes Participantes mediante la matriz de evaluación y priorización de proyectos.

17.6. Taller de Formalización de Acuerdos y Compromisos

17.6.1. Priorización de proyectos e ideas de proyectos

Sobre la base de la cartera de proyectos e ideas de proyectos, compuesta por aquellas propuestas que hayan pasado la evaluación técnica, los Agentes Participantes debatirán y priorizarán los proyectos e ideas de proyectos.

17.6.2. Suscripción de Acta de Acuerdos

El equipo técnico municipal presentará la relación de proyectos e ideas de proyectos priorizadas en el marco del proceso del presupuesto participativo, los mismos que serán plasmados en un acta de acuerdos que será suscrita por los agentes participantes.

17.6.3. Elección del Comité de Vigilancia

Los Agentes Participantes elegirán a los miembros del Comité de Vigilancia. Para ser elegido miembro del comité de vigilancia se necesita ser agente participante del presupuesto participativo debidamente acreditado, inscrito en representación de una organización social o institución privada del distrito de Chilca y radicar en este distrito.

Artículo 18°.- Fase de Coordinación

La Municipalidad Distrital de Chilca, la Municipalidad Provincial de Cañete y el Gobierno Regional de Lima, organizan mecanismos de coordinación respetando los niveles de gobiernos y sus competencias concertando sus esfuerzos y procurando el desarrollo dentro de su jurisdicción. El cofinanciamiento debe ser orientado por el principio de subsidiariedad, es decir, las transferencias financieras resultantes del cofinanciamiento deben adecuarse al nivel de gobierno que tiene la competencia y por tanto estar en condiciones de brindar la mejor prestación de los servicios del Estado a la comunidad.

Se articularán las políticas y proyectos presentados en el marco del proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados en el distrito de Chilca con los niveles de Gobierno Regional y Nacional.

Artículo 19°.- Fase de Formalización.

19.1. Registro en el Aplicativo Informático del Presupuesto Participativo

La Municipalidad Distrital de Chilca, a través de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, registrará el desarrollo del proceso participativo en el “Aplicativo Interactivo para el Proceso Participativo”, accesible mediante el portal electrónico del Ministerio de Economía y Finanzas, lo que servirá de insumo para elaborar el documento del presupuesto participativo que será remitido a la Dirección General de Presupuesto Público.

19.2. Formalización en el PIA de los acuerdos y compromisos

Los acuerdos y compromisos del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, en cuanto a la relación de proyectos e ideas de proyectos priorizadas, serán incluidos en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de la Municipalidad Distrital de Chilca para el respectivo año.

19.3. Cronograma de Ejecución de Proyectos

La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Urbano, elaborará un cronograma de ejecución de proyectos que deberá ser puesto a disposición del Comité de Vigilancia, el Consejo de Coordinación Local y el Consejo Distrital.

19.4. Rendición de Cuentas

Tiene por finalidad dar un informe a los agentes participantes de la ejecución de los proyectos priorizados así como el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos en el Presupuesto Participativo del año anterior, para tal efecto las gerencias responsables emitirán el informe correspondiente a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto para su consolidación respectiva.

El Equipo Técnico elabora un resumen ejecutivo conteniendo esta información, el mismo que es de carácter público y debe ser colocado en el portal electrónico de la Municipalidad Distrital de Chilca.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Primera Disposición Complementaria.- Se considerarán faltas a las normas en el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Chilca.

a) La inasistencia a los talleres participativos.

b) Agresión física o verbal por parte de los agentes participantes en los talleres del proceso del presupuesto participativo.

c) Asistir en estado etílico o alteración por consumo de drogas.

d) Interferir con el normal desarrollo de la asamblea del proceso del presupuesto participativo.

Segunda Disposición Complementaria.- Las sanciones aplicables contra los infractores son:

a) Llamada de atención.

b) Suspensión de 15 minutos durante la asamblea.

c) En los casos previstos en los literales c) y d) de la disposición transitoria precedente, se cancelará la intervención del agente participante.

En todos los casos las infracciones y sanciones se registrarán en las actas de la Asamblea correspondiente.

Tercera Disposición Complementaria.- La inscripción para participar en el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Chilca es gratuita.

Cuarta Disposición Complementaria.- Autorizar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía expida las disposiciones que sean necesarias para precisar o desarrollar el presente reglamento, así como todo lo no previsto en el mismo.

Quinta Disposición Complementaria.- Durante el desarrollo de los talleres del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Chilca, cualquier aspecto que no haya sido normado mediante la presente ordenanza, será resuelta por el Equipo Técnico por mayoría simple, debiendo constar en acta la decisión que se adopte.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera Disposición Transitoria.- El cronograma del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Chilca para el Año Fiscal 2025 queda aprobado conforme al Anexo de la presente ordenanza.

Segunda Disposición Transitoria.- El Equipo Técnico del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Chilca para el Año Fiscal 2025, queda conformado de la siguiente manera:

• Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; quien lo presidirá.

• Gerente de Desarrollo Urbano; en calidad de vicepresidente.

• Subgerente de Obras Públicas y Proyectos; en calidad de miembro.

• Subgerente de Participación Ciudadana; en calidad de miembro.

• Responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones; en calidad de miembro.

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