ACUERDO DE CONCEJO Nº 161-2023-MPC Cañete, 13 de diciembre de 2023 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE;
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 12 de diciembre de 2023, Oficio N° 429-2023-SG-MDM de fecha con fecha 31 de octubre de 2023 emitido por la Municipalidad Distrital de Mala, Informe N° 1520-2023-OGSG-MPC con fecha 03 de noviembre de la Oficina General de Secretaria General, Informe N° 0687-2023-DASB-GAT/MPC con fecha 07 de noviembre de 2023 emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, Informe Legal N° 754-2023-OGAJ-MPC de fecha 27 de noviembre de 2023 emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, Memorándum N° 2408-2023/GM-MPC de fecha 30 de noviembre de 2023 emitido por la Gerencia Municipal, Dictamen N° 024-2023-MPC-CPEAM de fecha 11 de diciembre de 2023 la Comisión de Planificación, Economía y Administración Municipal, y
CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica antes mencionada, la autonomía (que la Constitución establece para las municipalidades) radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el Art. 195° numeral 4 de nuestra Carta Magna, concordante con el artículo 40° de la acotada Ley Orgánica de Municipalidades y con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único del Código tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF señala que mediante ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, el Art. 39° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. Los asuntos administrativos concernientes a su organización interna, los resuelven a través de resoluciones de concejo”;
Que, la cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenando de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF y su modificatoria, establece que las Municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinado de tributos y de recibos de pago, así como su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dicho servicio no más del 0.4% de la UIT vigente al 01 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de presentación de las declaraciones juradas;
Que, mediante Ordenanza N° 022-2015-MPC de fecha 15 de diciembre de 2015 se aprueba el procedimiento de ratificación de Ordenanzas Distritales para la Provincia de Cañete, estableciéndose el plazo de presentación, los requisitos, los aspectos técnicos, entre otros;
Que, del mismo modo el artículo 7° de la Ordenanza N° 022-2015-MPC respecto a los requisitos específicos por Tipo de Tributo, el numeral 7.3. establece:
a) Informe Técnico, el cual deberá brindar información sobre el número de contribuyentes a quienes se les prestará el servicio, el número de predios, el detalle de los rubros que comprende el servicio de emisión mecanizada y la explicación de la metodología de distribución empleada.
b) El cuadro de estructura de costos, anexo a la Ordenanza respectiva, presentado en forma desagregada y detallada, el cual deberá ser elaborado conforme a los lineamientos y formatos establecidos en la Directiva de metodología de costos aprobada por la MPC.
c) El cuadro de estimulación de ingresos anuales, de acuerdo a la metodología establecida para la determinación del derecho respectivo. Que, mediante Oficio N° 429-2023-SG-MDM, de fecha 31 de octubre de 2023 emitido por la Municipalidad Distrital de Mala donde presenta la documentación para la ratificación de la Ordenanza Municipal N° 030-2023-MDM por parte del Concejo Municipal Provincial;
Que, mediante Informe N° 1520-2023-OGSG-MPC de fecha 03 de noviembre de 2023 la oficina General de Secretaria General remite a la Gerencia de Administración Tributaria para proseguir con el tramite respectivo;
Que, mediante Informe N° 0687-2023-DASB-GAT/MPC, de fecha 07 de noviembre de 2023, la Gerencia de Administración Tributaria, concluye que, que al no haber encontrado observaciones remite a la Gerencia Municipal el expediente de los arbitrios Municipales de la Municipalidad Distrital de Mala para que se remita a la Oficina General de Asesoría Jurídica para su opinión legal y continuar con el proceso ratificatorio ante el Pleno de Concejo Provincial;
Que, mediante Informe Legal Nº 754-2023-OGAJ-MPC, de fecha 27 de noviembre de 2023, en la cual la Oficina General de Asesoría Jurídica, opina que resulta factible elevar a los presentes actuados al Pleno de Concejo Municipal para la ratificación de la Ordenanza N° 030-2023-MDM de fecha 27 de octubre de 2023 que aprueba el REGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PUBLICA BARRIDO DE CALLES Y RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024. Previa derivación a la comisión de Planificación, Economía y Administración Municipal para la emisión del dictamen correspondiente;
Que, mediante Memorándum N° 2408-2023/GM-MPC de fecha 30 de noviembre del 2023 en la cual la Gerencia Municipal remite a la Oficina General de Secretaria General con la finalidad de ser elevado a la Comisión de Planificación, Economía y Administración Municipal de para su evaluación y deliberación correspondiente, y posteriormente sea elevado al Pleno del Concejo Municipal;
Que, mediante Dictamen Nº 024-2021-MPC-CPEAM, con fecha de recepción 11 de diciembre de 2023, la Comisión de Planificación, Economía y administración Municipal concluye: “Por las consideraciones expuestas, la comisión de Planificación, Economía y Administración Municipal, recomienda que se acoge a función de los Informes técnicos de las áreas correspondientes y de informe legal, donde dictamina lo siguiente:
ARTICULO PRIMERO.- RESULTA FACTIBLE que el Pleno de Concejo Municipal Provincial de Cañete, Previo debate, pueda APROBAR, “LA RATIFICACION de la Ordenanza Municipal N° 030-2023-MDM, que aprueba el régimen tributario de los arbitrios Municipales de barrido de Calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo ejercicio Fiscal 2024, de la Municipalidad Distrital de Mala,
ARTICULO SEGUNDO.- DERIVASE los actuados al Pleno de Concejo Municipal para su deliberación y determinación; Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNÁNIME de los señores regidores; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; SE ACORDÓ:
ARTÍCULO 1º.- RATIFICAR la Ordenanza Municipal N° 030-2023-MDM de fecha 27 de octubre de 2023, “ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS, PARQUES, Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024”, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo.
ARTÍCULO 2º.- REMITIR copia certificada del Acuerdo de Concejo para su publicación correspondiente bajo responsabilidad exclusiva de la Municipalidad Distrital de Mala, de conformidad el Art. 15° de la Ordenanza Nº022-2015-MPC de fecha 15 de diciembre de 2015, procedimiento para Ratificación de Ordenanzas Distritales para la Provincia de Cañete.
ARTÍCULO 3º.- DISPONER que la aplicación de los procedimientos establecidos en la Ordenanza Municipal N° 030-2023-MDM, materia de ratificación es de responsabilidad exclusiva de la Municipalidad Distrital de Mala.
ARTÍCULO 4º.- Notificar el presente acuerdo a la Municipalidad Distrital de Mala y a las unidades orgánicas que corresponda para los fines correspondientes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Josè Tomàs Alcàntara Malàsquez Alcalde.