MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
21/12/2023 13:25 en Novedades

ORDENANZA MUNICIPAL N° 022-2023-MDI

Imperial, 24 de Noviembre del 2023.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL CAÑETE

VISTO:

En sesión Ordinaria N° 22 de fecha 24 de noviembre de 2023, Informe N° 202-2023-UAYOT-OAT-MDI de fecha 21 de noviembre del 2023 emitido por el especialista de la Unidad de Administración y Orientación Tributaria, el Informe N° 548-2023-OAT-MDI de fecha 21 de noviembre emitido por la Oficina de Administración Tributaria, el Informe N° 880-2023-OAJ-MDI de fecha 23 de noviembre del 2023, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, el articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que la autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción de ordenamiento jurídico;

Que, la norma II del título preliminar del Código Tributario, cuyo texto único ordenado fue aprobado por Decreto Supremo N°133-2013-EF, establece que las tasas son aquellos tributos cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente, pudiendo ser, entre otras, derecho de emisión, que se pagan por la prestación de un servicio administración público (…);

Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de Impuesto Predial y tasa de Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio fiscal 2024.

Que, la cuarta disposición final del Texto Único Ordenado de la ley de Tributación Municipal aprobado con Decreto Supremo N°156-2004-EF, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio;

Que según ORDENANZA N° 022-2015-MPC del 15 de diciembre del 2015 de la Municipalidad Provincial de Cañete “ORDENANZA QUE REGULA EL PROCESO RATIFICATORIO PARA ORDENANZAS DISTRITALES DE LA PROVINCIA DE CAÑETE” en donde determina las fechas límites para la presentación de Ordenanzas que aprueban derechos de emisión mecanizada aplicables a partir del ejercicio fiscal siguiente, hasta el último día hábil del mes de noviembre del año;

Que, el último párrafo del artículo 14°del TUO de la ley de Tributación Municipal, establece que la actualización de valores de los predios por las municipalidades, sustituye la obligación contemplada por el inciso a) del presente artículo, y se entenderá como válida en caso el contribuyente no la objete dentro del plazo establecido para el pago al contado del impuesto.

Que, el artículo 13° del TUO de la ley de Tributación Municipal, Faculta a las municipalidades establecer un monto mínimo a pagar por concepto de Impuesto Predial equivalente a 0.6% de la UIT vigente al 01 de enero del año al que corresponde el impuesto.

Que, el artículo 33° del TUO del Código Tributario estipula que el monto que el monto no pagado dentro de los plazos indicados en el artículo 29° devengará un interés equivalente a la tasa de Interés Moratorio (TIM) y en los casos de los tributos administrados por los gobiernos locales, la TIM será fijada por Ordenanza Municipal, la misma que no podrá ser mayor a la que establezca la SUNAT.

Que según MEMORANDUM N°139-2023-OAT-MDI de fecha 07 de noviembre del 2023 la jefa de la Oficina de Administración Tributaria solicita al Especialista de la Unidad de Administración y Orientación Tributaria realice la elaboración de la ordenanza que establece el monto mínimo de impuesto predial y el monto de derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios para el ejercicio fiscal 2024 y su informe técnico financiero de costos correspondiente (…);

Que mediante INFORME N° 548-2023-UAyOT-OAT-MDI de fecha 21 de noviembre del 2023 el Especialista de la Unidad de Administración y Orientación Tributaria sustenta que, en función al análisis de los costos y gastos variables como remuneraciones de personal especializado, materiales, servicios de distribución; se ha llegado a la conclusión y a la determinación que los costos de derecho de emisión mecanizada del impuesto predial, arbitrios municipalidades y distribución para el ejercicio fiscal 2024 en la Municipalidad Distrital de Imperial se establezca en s/ 13.70 (TRECE CON 70/100) anual, es por todo esto que sugiere elevar a sesión de consejo para ser aprobada, y por ende para su RATIDICACION en la Municipalidad Provincial de Cañete.

Que mediante INFORME N° 548-2023-OAT-MDI, de fecha 21 de noviembre del 2023, la Jefa de la Oficina de Administración Tributaria indica que es necesario establecer los montos que deben cancelar los contribuyentes por el derecho de emisión mecanizada de valores y determinación de Impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio fiscal 2024, remitiendo informe técnico financiero y así también el proyecto de ordenanza, para su revisión, evaluación e informe legal, a fin de ser elevado al pleno del consejo para su aprobación correspondiente, para luego ser enviado a la Municipalidad Provincial de Cañete con todos los requisitos indicados en ORDENANZA N°22-2015-MPC, para su ratificación.

Que mediante INFORME N° 880-2023-OAJ-MDI de fecha 23 de noviembre del 2023, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que resultaría viable la aprobación de la ORDENANZA QUE APRUEBA EL DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES DE LA DECLARACION JURADA Y LIQUIDACION DEL IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS MUNICIPALES Y DISTRIBUCION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024 QUE ADMINISTRA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL, sugiriendo remitir la presente y todos los actuados al despacho de alcaldía, con la finalidad de que a través del mismo sea derivado al plano del consejo municipal para que conforme a sus atribuciones evalúen y/o aprueben el mencionado proyecto de ordenanza;

Que, estando conforme a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas al artículo 9°, 39° y 41° de la ley N°27972, de la Ley Orgánica de Municipalidades. Ley N°27972 con el voto de MAYORIA de los señores miembros del consejo municipal se aprobó lo siguiente:

“ORDENANZA QUE APRUEBA EL DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES DE DECLARACION JURADA Y LIQUIDACION DEL IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS MUNICIPALES Y DISTRIBUCIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024 QUE ADMINISTRA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL”.

ARTICULO PRIMERO.- APROBAR para el ejercicio fiscal 2024, la suma de S/13.70 (TRECE CON 70/100 soles) como importe anual que deberán abonar los contribuyentes por concepto de Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores de Declaración Jurada y liquidación del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Distribución para el ejercicio fiscal 2024 en la Municipalidad Distrital de Imperial.

ARTICULO SEGUNDO.- APROBAR el informe técnico, la estructura de costos y la estimación de ingresos, que forma parte integral de la presente ordenanza, que comprende el número de contribuyentes y predios a quienes se prestará el servicio.

ARTICULO TERCERO.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario Oficial “El peruano”, siempre que previamente se haya materializado el integro de su publicación, es decir, informe técnico, la Estructura de Costo y estimación de ingresos, así como el Acuerdo de Consejo ratificatorio emitido por la Municipalidad Provincial de Cañete.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

PRIMERA.- FACULTAR al señor alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias y correctivas necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza.

SEGUNDA.- ENCARGAR a la Oficina de Administración Tributaria, la Unidad de Administración y Orientación Tributaria, Unidad de Recaudación y Control Tributario, Unidad de Fiscalización Tributaria y Unidad de Ejecutoria Coactiva el cumplimiento de la presente ordenanza.

TERCERO.- ENCARGAR a Oficina de Secretaria General la publicación de la presente ordenanza en el Diario “El peruano” y a la Unidad de Informática y estadística su publicación en el portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Imperial (www.muniimperial.gob.pe)

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Carlos Felipe Yauricasa Tipiani

Alcalde

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