MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
21/12/2023 13:03 en Novedades

ORDENANZA MUNICIPAL N°020-2023-MDI

Imperial, 24 de Noviembre del 2023.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL CAÑETE

VISTO:

En sesión Ordinaria N° 22 de fecha 24 de noviembre de 2023, el informe N° 279-2023 SGTTV/GSPYGA-MDI de fecha 22 de noviembre de 2023, emitido por la Sub Gerencia de Transporte, Transito y Seguridad vial, y;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, el articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que la autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción de ordenamiento jurídico;

Que la ley N° 27181-Ley General de Transporte y Transito, establece los lineamientos generales económicos organizacionales y reglamentarios de transporte y tránsito terrestre, que rigen en todo el territorio de la república y sus D.S N°017-2009-MTC Reglamento Nacional de Administración de Transporte, D.S N° 016-2009-MTC, Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito regula el internamiento del vehículo al Depósito Municipal como medida preventiva cuando cometan infracciones al tránsito o cuando o cuando circule poniendo en riesgo la seguridad vial de los usuarios de las vías públicas;

Que el artículo 40° de la Ley N° 27972, de la Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe: Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;

Que, el Decreto Supremo N° 055-2010-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros de vehículos motorizados o no motorizados, establece en su artículo 3 que la Municipalidad Distrital de la jurisdicción, está encargada de autorizar, controlar y supervisar dicho servicio, así como de aplicar las sanciones por infracción a dicho reglamento y las disposiciones complementarias que dicte dicha municipalidad en ejercicio de su función reguladora del servicio especial;

Que, el artículo 2° del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Transito – Código de Transito, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2009-MTC, dentro de las definiciones tenemos al Depósito Municipal de Vehículos (DMV) que debe entenderse como local autorizado para el internamiento de vehículos, provisto de equipamiento y seguridad de acuerdo con las normas legales vigentes. Asimismo, define vehículo automotor como vehículo de dos o tres ruedas, provisto de montura o asiento para el uso de su conductor y pasajero, según sea el caso (bicimoto, motoneta, motocicleta, mototaxi, triciclo motorizado y similar);

Que siendo facultad exclusiva y excluyente de las municipalidades, administrar los depósitos municipales de vehículos, y habiéndose informado la necesidad de cambiar el depósito municipal vehicular (DMV) a una nueva dirección, dejándose sin efecto la ordenanza que creada el DMV anterior, se hace necesarios, expedir una Ordenanza Municipal, que crea, organiza y establece los procedimientos administrativos para el funcionamiento de un nuevo depósito municipal vehicular (DMV) dentro de la jurisdicción del distrito de Imperial, según los datos que solicita la Subgerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial.

Que, mediante Informe N° 279-2023-SGTTV/GSPYGA-MDI de fecha 22 de noviembre de 2023, la Subgerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial realiza precisiones sobre la creación del Depósito Municipal Vehicular (DMV), a raíz del debate surgido en la Sesión de Concejo N°22-2023 de fecha 24 de noviembre de 2023, respecto a la ubicación del referido depósito, en ese sentido se acordó aprobar la creación temporal de un Depósito Municipal Vehicular, en el ex camal de pollos, por lo que, la referida Sub Gerencia informa sobre las condiciones de esta locación ubicado en el ex camal de pollos con ingreso y salida por Jr. Manco Cápac, con un área de 347 m2, perímetro de 76 m; según los datos que detalla en el informe.

Que estando en lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley n°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en la Sesión Ordinaria de Concejo N° 22-2023, con fecha 24 de noviembre de 2023, contando con el voto por MAYORIA de los señores regidores del Concejo Municipal del Distrito de Imperial y con dispensa del dictamen, lectura y aprobación del Acta, se aprobó la “Ordenanza Municipal que Establece la Creación del Depósito Municipal Vehicular Temporal (DMV), en el Distrito de Imperial.”, aprobada por el concejo Municipal del distrito de Imperial, en los siguientes términos:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE LA CREACION DEL DEPOSITO MUNICIPAL VEHICULAR TEMPORAL (DMV) EN EL DISTRITO DE IMPERIAL

ARTICULO PRIMERO.- ESTABLECER la creación del Depósito Municipal Vehicular (DMV) del distrito de Imperial definitivamente, la cual regirá a partir del día siguiente de su Publicación, pudiéndose ampliar posteriormente o cambiar de ubicación de acuerdo a necesidad del área, en el inmueble ubicado al espacio requerido se encuentra dentro de la superficie con un total aproximada da 347 m2 y un perímetro de 76 m, que ocupa en el local del ex camal de pollos con ingreso y salida por el Jr. Manco, para el internamiento de vehículos automotores, que hayan infringido el Reglamento Nacional de Transito D.S. N° 016-2009-MTC y las normas complementarias en materia de transporte y tránsito de la Municipalidad distrital de imperial

ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER que lo presente Ordenanza Municipal entrara en VIGENCIA al día siguiente de su publicación en el diario de mayor circulación del Distrito de Imperial.

ARTICULO TERCERO.- DEROGAR la Ordenanza Municipal 009-2023-MDI con fecha 10 de julio del 2023 donde se aprueba la creación del Depósito Municipal Vehicular.

ARTICULO CUARTO.- FACULTAR al señor alcalde de la Municipalidad del Distrito de Imperial, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la prórroga de su vigencia, adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Carlos Felipe Yauricasa Tipiani

Alcalde

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