MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
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Publicado en 01/11/2023

DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2023-AL-MPC

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE:

VISTO: Ordenanza Nº 005-2023 -MPC de fecha 28 de abril de 2023, Informe Nº 1970 - 2023-SGRORT-GAT-MPC de fecha 23 de octubre de 2023, Informe Nº 0660-2023 -GAT-MPC, de fecha 27 de octubre del 2023, Informe Legal Nº 644-2023-OGAJMPC, de fecha de recepción 31 de octubre de 2023: y,

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el artículo 39° de la Ley Orgánica citada establece que los Concejos Municipales establecen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. Ergo, la autonomía que la Constitución le otorga a las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción a derecho;

Que, son atribuciones del alcalde, acorde con lo dispuesto por el Artículo 20º, numeral 6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas, siendo concordante con el artículo 39º de la acotada Ley Orgánica, por el cual, el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en dicha ley mediante decreto de alcaldía;

Que, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal, así lo señala el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, otorga a los gobiernos locales la potestad de Crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley y en el Artículo 14º del citado código se establece que, las deudas tributarias sólo podrán ser condonada por norma expresa con rango de ley, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratoria y las sanciones respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación, también podrá alcanzar al tributo;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 095-2023-EF se aprueban los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2023, dicho Procedimiento en su artículo 1º, señala que los objetivos específicos del Programa de Incentivos, entre otros, es mejorar los niveles de recaudación y gestión de los tributos municipales. Dentro de ello tenemos la Meta 2, Fortalecimiento de la administración y gestión del impuesto predial. Para cumplir la Meta 2, las municipalidades deben alcanzar el puntaje mínimo establecido en el Cuadro de Actividades, de acuerdo a las especificaciones, y de acuerdo al tipo de municipalidad, en el caso de la Municipalidad Provincial de Cañete es del TIPO A, para el cumplimiento de la actividad se debe Aumentar la recaudación 2023 de la meta;

Que, mediante Ordenanza Nº 005-2023-MPC se aprobó la AMNISTIA TRIBUTARIA 2023”, con el objeto de reducir el índice de morosidad de las deudas tributarias y no tributarias en la jurisdicción del Distrito de San Vicente de Cañete, precisando que podrán acogerse las personas naturales y jurídicas que tengan la calidad de contribuyente o sean responsables del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Multas Administrativas;

Que, mediante Informe Nº 1970-2023-SGRORT-GAT-MPC, de fecha 23 de octubre del 2023, el Sub Gerente de Registros, Orientación y Recaudación Tributaria recomienda prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 005-2023-MPC, hasta el 30 de noviembre del 2023; asimismo considerar de manera extraordinaria la condonación de los intereses moratorias del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al año fiscal 2023;

Que, con Informe Nº 0660-2023-GAT-MPC, de fecha 27 de octubre del 2023, el Abg. Daniel Alexander Soto Borjas, Gerente de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Cañete solicita a la Gerencia de Asesoría Jurídica emita su opinión legal, ello en consideración a la Ordenanza Nº 005-2023-MPC, para la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Municipal. Tomando en consideración el informe indicado en el párrafo que antecede;

Que, con Informe Legal Nº 644-2023-OGAJ-MPC, de fecha 31 octubre de 2023, la Abg. Mirtha, Gerente de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Cañete, concluye: Que, es viable ampliar la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 005- 2023-MPC, que aprueba la Amnistía Tributaria 2023 hasta el 30 de noviembre de 2023:

Que, mediante Memorándum Nº 2096-2023/GM-MPC de fecha 31 de octubre del 2023, el Gerente Municipal eleva los actuados a la Oficina General de Secretaria General para proyectar el acto resolutivo;

Estando a los fundamentos fácticos y legales precedentemente expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20° y artículo 39° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con los vistos de la Gerencia Municipal y Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Cañete;

SE RESUELVE:

ARTÌCULO 1º.- AMPLIAR la vigencia de la Ordenanza Nº 005-2023-MPC, que aprueba la AMNISTÍA TRIBUTARIA 2023, hasta el 30 de noviembre del 2023.

ARTICULO 2°.- CONDONAR de manera extraordinaria los intereses moratorios generados por impuesto Predial y Arbitrios Municipales en el presente año 2023.

ARTÍCULO 3°· - ENCARGAR la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Cañete el fiel cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.

ARTÍCULO 4º· - ENCARGAR a la Oficina General de Secretaría General la debida notificación a las partes interesadas y demás unidades orgánicas de la Municipalidad Provincial de Cañete.

ARTÍCULO 5°. - ENCARGAR a la Oficina de Tecnologías de la Información, Racionalización y Estadística la publicación del acto resolutivo en la Página Web de la Entidad (www.municanete.gob.pe)

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE y CUMPLASE

Josè Tomàs Alcàntara Malàsquez Alcalde

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