DECRETO DE ALCALDÌA N°035-2023-MDI
Imperial, 29 de septiembre del 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL – CAÑETE.
VISTOS: La Ordenanza Municipal N°011-2023, de fecha 21 de agosto del 2023, el Decreto de Alcaldía Nº 031-2023-MDI de fecha 29 de agosto del 2023, el Informe N° 639-2023-GDSyE-MDI de fecha 26 de septiembre del 2023 emitido por la Gerencia de Desarrollo Social y Económico, y;
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo concuerda con el artículo 39º de la Ley Orgánica citada establece que los Concejos Municipales establecen sus funciones de Gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. La autonomía que la Constitución le otorga a las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción a derecho;
Que, son atribuciones del alcalde, acorde con lo dispuesto por el artículo 20º, numeral 6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a la leyes y ordenanzas, siendo concordante con el artículo 39º de la acotada Ley Orgánica, por el cual el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en dicha ley mediante decreto de alcaldía;
Que, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal, así lo señala el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, la Ley N° 30364 – LEY PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, establece que el objeto de la presente ley es prevenir, erradicar y sancionar toda forma de violencia producida en el ámbito público o privado contra las mujeres por su condición de tales, y contra los integrantes del grupo familiar; en especial, cuando se encuentran en situación de vulnerabilidad, por la edad o situación física como las niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 011-2023-MDI, de fecha 21 de agosto de 2023, se APRUEBA LA CREACIÓN DE LA INSTANCIA DISTRITAL DE CONCERTACIÓN PARA ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR EN EL DISTRITO IMPERIAL – CAÑETE, modificada por el Decreto de Alcaldía Nº 031-2023-MDI; la misma que en su DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA FACULTA al señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias para la adecuada aplicación y/o ampliación de la presente norma;
Que, mediante Informe N° 639-2023-GDSyE-MDI de fecha 27 de septiembre del 2023, emitido por la Gerente de Desarrollo Social y Económico, mediante el cual se remite, a este despacho el PLAN DE TRABAJO PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, a fin de que se reconozca mediante acto resolutivo;
Estando a los fundamentos facticos y legales precedentemente expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades,
SE DECRETA:
PRIMERO.- APROBAR, el PLAN DE TRABAJO PARA PREVENIR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR; cuyo texto completo será publicado en las pagina web y fan page de la entidad;
SEGUNDO.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario de mayor circulación de la Localidad.
TERCERO.- NOTIFICAR a las demás Áreas de la Institución Municipal para los fines pertinentes.
CUARTO.- ENCARGAR a Unidad de Informática la publicación de la presente Resolución en el Portal de la Municipalidad.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y PUBLÍQUESE.
Carlos Felipe Yauricasa Tipiani Alcalde