MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS
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Publicado en 22/09/2023

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS

 

DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010 -2023-MDSLC

 

San Luis de Cañete, 20 de setiembre de 2023.

 

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL SAN LUIS DE CAÑETE

 

VISTO:

El Memorándum Nº 840-2023-GM-MDSLC de la Gerencia Municipal de fecha 14 de setiembre de 2023, el Informe Nº 222-2023-SG/AAG/MDSL del Jefe de la Oficina General de Secretaria General de fecha 19 de setiembre de 2023, el Informe Legal Nº 025-2023-GAJ-MDSLC de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 19 de setiembre de 2023; y,

 

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobiernos locales, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

 

Que, de acuerdo con el artículo II del Título Preliminar de Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, la autonomía que la Constitución reconoce a las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

 

Que, el artículo IX del Título Preliminar de la acotada Ley, dispone que el sistema de planificación tiene como principios la participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas. De igual modo, a través del numeral 2 del artículo 121º de la misma Ley, se reconoce el derecho de control vecinal a los gobiernos locales, exigiendo la rendición de cuentas con lo que se garantiza la participación ciudadana en el proceso de gestión pública.

 

Que, la Ley Nº 31433, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 06 de marzo de 2022, modifica algunos artículos de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, entre ellos, modifica su numeral 36 del artículo 20°, mediante el cual señala que es una atribución del alcalde, convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos (2) audiencias públicas distritales o provinciales, conforme a la circunscripción de gobierno local;

 

Que, asimismo, la citada ley incorpora el artículo 119-A a la Ley Nº 27972, estableciendo que las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos, asimismo, establece que los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuesta! y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal;

 

Que, a través de la Ordenanza Municipal Nº 009-2023-MDSLC, aprobada el 26 de mayo del 2023, se aprobó el Reglamento para el Desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de San Luis, provincia de Cañete, departamento de Lima, que contiene, entre otros, los principios y alcances, los temas a tratarse en la rendición de cuentas, la organización, la convocatoria, difusión, los participantes y el acto de sesión; y cuyo artículo 8º establece que la

convocatoria a la Audiencia Pública es atribución del Alcalde, aprobándose mediante Decreto de Alcaldía con cinco (05) días calendarios de anticipación a la fecha programada y su difusión se realizará utilizando los diversos medios de comunicación disponibles y a través del portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Luis - Cañete;

 

Que, en ese contexto, se hace necesario aprobar el Cronograma de Actividades para la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete año 2023 y convocar a los miembros participantes, señalados en el artículo 9º del acotado Reglamento, a la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de San Luis - Cañete;

 

Que, con Memorándum Nº 840-2023-GM-MDSLC de la Gerencia Municipal de fecha 15 de setiembre de 2023, solicitando la emisión del informe técnico favorable. A fin de proceder con el tramite del informe legal respectivo y la aprobación del Decreto de Alcaldía respectiva, en la brevedad más inmediata.

 

Que, con informe Nº 222-2023-SG/AAG/MDSL del Jefe de la Oficina General de Secretaria General de fecha 19 de Setiembre de 2023, donde informa que es viable efectuar la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas año 2023.

 

Que, con Informe Legal Nº 025-2023-GAJ-MDSLC de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 19 de Setiembre de 2023, informa que es viable aprobar el Cronograma de actividades para la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de San Luis de Cañete para el año 2023.

 

Que, en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

 

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Cronograma de actividades para la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de San Luis de Cañete, para el año 2023, conforme se detalla a continuación:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- CONVOCAR, a los miembros del Concejo de Coordinación Local Distrital (CCLD), el Alcalde, los regidores y los representantes de la Sociedad Civil, los presidentes de las Juntas Vecinales y ciudadanía en general a la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de San Luis de Cañete para el año 2023, quienes podrán hacer uso de la palabra para realizar preguntas y/o comentarios referentes a los temas detallados en la agenda, intervención que tendrá un lapso máximo de tres (3) minutos, previa inscripción en la Gerencia de Desarrollo Social y Servicios Públicos - responsable de Registro Civil, mediante formulario virtual disponible en el Portal Institucional y las redes sociales de la Municipalidad Distrital de San Luis de Cañete.

 

ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR, a las unidades orgánicas de la entidad, el cumplimiento del desarrollo del proceso de la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de San Luis de Cañete para el año 2023, en el marco de lo establecido del Reglamento para el Desarrollo de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de San Luis de Cañete, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 009-2023-MDSL, el 26 de mayo del 2023.

 

ARTÌCULO CUARTO.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Social y Servicios públicos - responsable de Registro Civil, proceder con promover y procurar la participación ciudadana de las organizaciones y vecinos en general, quienes podrán registrarse hasta el día anterior a la audiencia vecinal, además de efectuar el listado general de los participantes inscritos e implementar el registro virtual que permita tener un mayor alcance para la inscripción de participantes. 

 

ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR, a la Oficina General de Secretaria General la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial Judicial Al Día con Matices de la provincia de Cañete, asimismo su publicación en el Portal Institucional y Plataforma Digital GOB.PE de la Municipalidad Distrital de San Luis de Cañete.

 

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Ing. Zósimo Infanzón de la Cruz

Alcalde

 

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