PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
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Publicado en 14/09/2023

PRESIDENCIA DE LA 

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE

“Decenio de la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres”

“Año de la Unidad, La Paz y el Desarrollo”

    

San Vicente de Cañete, 08 de Septiembre del 2023

 

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000432-2023-PR-CSJCÑ-PJ.

 

VISTO:

Resolución Administrativa N° 609-CME-PJ, de fecha 13 de abril de 1998, emitida por la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, que resuelve crear el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ).

Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial N° 011-SE-TP-CME-PJ, de fecha 06 de enero de 2000, y su modificatoria.

Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial N° 351-98-SE-T-CME-PJ, Reglamento de Peritos Judiciales.

Resolución Administrativa N° 000159-2023-PR-CSJCÑ-PJ, de fecha 27 de marzo de 2023, que resuelve conformar la Comisión encargada del Proceso de Convocatoria, Evaluación y Selección de Peritos Judiciales del Registro de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Cañete, para el año 2023.

 

CONSIDERANDO:   

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 609-CME-PJ se crea en los Distritos Judiciales de la República, el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ) a cargo del Administrador de cada Corte Superior de Justicia, en donde se inscribirán a los profesionales o especialistas que podrán ser nombrados peritos en los procesos judiciales; el mismo que fuera reglamentado por Resolución Administrativa N° 351-98-TP-CME-PJ de fecha 25 de agosto de 1998, con el objeto de convertirlo en un órgano de apoyo a la Administración de Justicia.

 

Segundo. Por Resolución Administrativa N° 000159-2023-PR-CSJCÑ-PJ de fecha 27 de marzo de 2023, se resolvió conformar la Comisión Encargada del Proceso de Convocatoria, Evaluación y Selección de Peritos Judiciales del Registro de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia, para el año 2023, disponiéndose que la citada Comisión realice el proceso de ampliación de la nómina de Peritos Judiciales del Registro de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Cañete; así como, se realice la Reinscripción y Revalidación de los profesionales inscritos en la nómina de Peritos de éste Distrito Judicial.

 

Tercero. De conformidad con el artículo 21° del Reglamento de Peritos Judiciales, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 351-98-TP-CME-PJ, establece que anualmente el profesional o especialista inscrito en el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ), deberá de revalidar su inscripción previo pago del derecho correspondiente. Cada dos años, se someterá a una prueba de evaluación de conocimientos, que estará a cargo de los Colegios Profesionales, bajo su responsabilidad y podrá ser supervisada por el Poder Judicial, con la finalidad de comprobar su permanente reactualización e idoneidad profesional.

 

Cuarto. Mediante Oficio N° 0011-2023-CEPCESPJ-CSJCÑ/PJ de fecha 29 de agosto de 2023, el Presidente de la Comisión Encargada del Proceso de Convocatoria, Evaluación y Selección de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Cañete, remite los resultados y antecedentes de la evaluación y selección de los profesionales Colegiados y no Colegiados, postulantes para formar parte de la Nómina de REPEJ; llevado a cabo por la mencionada Comisión para el año 2023 – 2024, en coordinación con los Colegios Profesionales de Ingenieros y Contadores.

 

Quinto. Asimismo, se ha remitido el consolidado final y definitivo de los postulantes ganadores y de los peritos judiciales inscritos en el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ), en revalidación en el ejercicio del cargo de Perito Judicial, que han aprobado la evaluación de conocimientos; en consecuencia debe disponerse la reincorporación de nuevos Peritos Judiciales y la Revalidación del ejercicio del cargo de Perito Judicial de la Corte Superior de Justicia de Cañete, para el periodo 2023 – 2024, quienes previamente deben cumplir con el pago de derecho de Inscripción de Peritos Judiciales y con el pago de Revalidación de Inscripción de Peritos Judiciales, respectivamente, conforme a lo establecido en el TUPA del Poder Judicial.

 

Sexto. El Artículo 18° de la del Reglamento de Peritos Judiciales, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 351-98-TP-CME-PJ, precisa que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, por Resolución Administrativa son los encargados de aprobar la nómina de profesionales y especialistas a ser inscritos en el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ).

 

Sétimo. Constituyen atribuciones de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia, representar y dirigir la política del Poder Judicial en el ámbito de su Distrito Judicial; así como, ejercer las demás atribuciones que le confieren las leyes y los reglamentos, con la finalidad de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables, tal como se establece en los numerales 1, 3 y 9 del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

 

Octavo. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, en su condición de máxima autoridad administrativa, dirige la política interna del Distrito Judicial a su cargo; por tal motivo, interviene en la regulación de las actividades de las diferentes Áreas Funcionales Administrativas, con la finalidad de garantizar una eficaz, eficiente y oportuna administración de justicia, para lo cual se adoptan las medidas necesarias administrativas para su adecuado funcionamiento.

 

En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por los incisos 1, 3 y 9 del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

 

SE RESUELVE:

Artículo Primero. APROBAR la Nómina de Peritos Judiciales para el periodo 2023 – 2024 de la Corte Superior de Justicia de Cañete, que resultaron ganadores en el Proceso de Convocatoria, Evaluación y Selección de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Cañete.

 

ESPECIALIDAD INGENIERÍA AGRÓNOMA 

N° REGISTRO APELLIDOS NOMBRES

01 023643 Perales Díaz  Julián Santos

 

ESPECIALIDAD INGENIERÍA CIVIL 

N° REGISTRO APELLIDOS NOMBRES

01 198978 Contreras Lavado  Vanessa Fiorella

 

ESPECIALIDAD INGENIERÍA ZOOTECNISTA 

N° REGISTRO APELLIDOS NOMBRES

01 070559 Bustamante Simón  Vladislay Arnold

 

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE LIMA 

N° REGISTRO APELLIDOS NOMBRES

01 17860 Guillén Rivera Luis Miguel

02 54446 Mendoza Ramírez Miguel Ángel

 

Artículo Segundo. DISPONER LA REVALIDACIÓN para el periodo 2023 – 2024, en el ejercicio del cargo de Perito Judicial de la Corte Superior de Justicia de Cañete, conforme seguidamente se detalla:

 

ESPECIALIDAD INGENIERÍA AGRÓNOMA 

N° REGISTRO APELLIDOS NOMBRES

01 021040 Vicente Yactayo Lázaro

 

ESPECIALIDAD INGENIERÍA AGRÍCOLA  

N° REGISTRO APELLIDOS NOMBRES

01 014259 Sertzen Seminario Carlos Javier

 

ESPECIALIDAD INGENIERÍA CIVIL  

N° REGISTRO APELLIDOS NOMBRES

01 041398 Cullanco Vilcapoma Bruno Emiliano

02 003850 Lozan Tataje Oscar Demetrio

03 046474 Martínez Chang Alberto Edmundo

04 044148 Vega Rojas Esteban Plácido

 

ESPECIALIDAD GRAFOTECNIA  

N° APELLIDOS NOMBRES

01 Terry Loyola Luis Fernando

02 Quispe Zúñiga Luis Alfredo

 

Artículo Tercero: DISPONER que los peritos judiciales inscritos en el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ), que han aprobado la evaluación de conocimientos procedan en el plazo de cinco (05) días, a efectuar el pago por concepto de revalidación de inscripción de Perito Judicial, conforme a lo establecido en el TUPA del Poder Judicial, con el objeto de revalidar su inscripción en el Sistema de Registro de Peritos Judiciales (REPEJ).  

 

Artículo Cuarto: DISPONER que la Oficina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Cañete, proceda a efectuar la publicación necesaria 

de la presente Resolución Administrativa en el Diario Oficial “El Peruano” y en el de mayor circulación de éste Distrito Judicial.

 

Artículo Quinto: ENCARGAR a la Oficina del REPEJ del Distrito Judicial de Cañete, adopte las medidas necesarias para notificar a los señores peritos mencionados en la presente resolución y a los Colegios Profesionales que correspondan.

 

Artículo Sexto: REMITIR la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Corte Suprema de Justicia de la República, Gerencia General, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control - Cañete, Administración Distrital, Magistrados de ésta Corte Superior de Justicia, Oficina de Imagen Institucional de la Corte Superior de Justicia de Cañete para su respectiva difusión y de los interesados, para conocimiento y fines pertinentes.

 

Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese.

 

Manuel Roberto Paredes Dávila

Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete

EDICTO JUDICIAL

Expediente Nº 0299-2022 por ante el Segundo Juzgado Civil Permanente de Cañete, el Sr. Juez ha dispuesto lo siguiente: RESOLUCIÓN Nº TRES de fecha 01-12-2022. Publíquese un extracto de la presente resolución dos (auto admisorio) donde se ADMITE a trámite la demanda interpuesta por MARÍA EUGENIA SING ORE contra CLEMENTE SING BARRERA, AMERICA SING BARRERA, ELENA YRENE REGINA SING BARRERA y ROBERTO SING BARRERA sobre PETICIÓN DE HERENCIA E INCLUSIÓN DE HEREDERO, debiendo de tramitarse la presente demanda en la VÍA DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO. (…). Publíquese un extracto de la demanda en el Portal web del Poder Judicial. Asimismo, NOTIFÍQUESE a través de edicto judicial en el Diario Local Al Día Con Matices a la SUCESIÓN DE AMERICA SING BARRERA y la SUCESIÓN DE ROBERTO SING BARRERA, para que en plazo de TREINTA DÍAS se apersonen al proceso los sucesores procesales de las indicadas sucesiones y contesten la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal en caso de incumplimiento. Una rúbrica del Sr. Juez Dr. Oscar Raúl Cahuana Cahuana. Fdo. Percy Pablo Muñoz Campos – Secretario Judicial.

Cañete, 08 de Setiembre de 2023.

Percy Muñoz Campos

Secretario Judicial

Segundo Juzgado Civil Permanente

Corte Superior de Justicia de Cañete

Publicar: 14, 20 y 26 de Setiembre de 2023.

 

SUCESIÓN INTESTADA JUDICIAL

Por sentencia consentida de fecha 19/01/1994, expedida por el Juzgado de Primera Instancia en Cañete a cargo del Dr. Juan Mezzich Morales, Secretario Jorge Luis Romero Candela, se declaró la SUCESIÓN INTESTADA del causante JUAN DE LA CRUZ HUARI, fallecido el 02 de Junio de 1986, siendo sus herederos, sus hijos: EUTIMIO, ANA ESTHER EDUARDO ADRIAN y HORACIO DE LA CRUZ HUAMAN. Así consta del parte judicial del 15/01/2007, expedida por el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Dr. Jacinto A. Cama Quispe. El título fue presentado el 17/01/2007 a las 10:32:16 a.m. horas, bajo el Nº 2007-00000475 del Tomo Diario 0075. Derechos S/ 16.00 con Recibos (s) Números (s) 00000309-01 - Cañete, 22 de Enero del 2007.

Donato Andrés Zavala López

Registrador Público

Zona Registral Nº IX – sede Lima

Diego Alonso Grados Rivera

Cajero – Certificador

Zona Registral Nº IX sede Lima

 

NOTARÍA CAMACHO GÁLVEZ 

SUCESIÓN INTESTADA

Ante mi despacho notarial, sito en Jr. Bolognesi Nº 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña MARTHA TEODORA PEÑA MELENDEZ, manifestando ser hija de quien fuera en vida don MAXIMO PEÑA PRIETO, quien falleció AB-INTESTADO el día 20 de Octubre del 2016, a efecto de que se declare como herederos a su esposa MARTHA MELENDEZ GUTIERREZ y a sus hijos: MARTHA TEODORA PEÑA MELENDEZ y CHRISTIAN MAXIMO PEÑA MELENDEZ. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.

Cañete, 09 de Agosto de 2023.

Hubert Camacho Gálvez

Notario de Cañete

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