MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
“Año de la unidad, la paz y el desarrollo”
ORDENANZA MUNICIPAL N° 015-2023-MDM/C
Mala, 12 de mayo del 2023
VISTO:
En sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 12 de mayo del 2023, Memorándum N° 270-2023-GM-MDM, de la Gerencia Municipal, Informe N° 181-2023-SGDE-GDESM-MDM, de la Sub Gerencia de Desarrolllo Empresarial, Informe N° 226-2023-GAJ/MDM, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto al proyecto de ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Realización de las Festividades por la Fiesta Patronal San Pedro de Mala, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, de conformidad con el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que las ordenanzas de las municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter generales de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia;
Que, mediante conforme al Art. 9° numeral 15 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972 (En adelante LOM), establece que son atribuciones que corresponden al Concejo Municipal, entre las cuales: Constituir comisiones ordinarias y especiales, conforme a su reglamento;
Que, mediante el Art. 77° del Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Mala, establece que, “Las Comisiones Ordinarias y Especiales de los Regidores, son órganos consultivos del Concejo Municipal cuya finalidad es realizar estudios de casos de índole municipal, para formular Proyectos de Reglamento. Asimismo, emiten dictámenes sobre los asuntos de su competencia o que el Concejo Municipal los encargue;
Que, asimismo el Art. 80 del mencionado reglamento, establece que, “Las Comisiones de Regidores están conformadas por 3 (tres). Su organización debe contener un Presidente, un Secretario y un Vocal”; y en el Art 81, se establece que, Las Comisiones Especiales de Regidores se forman para casos siguientes: (1) Para investigar indicios de irregularidades Administrativas y/o deficiencias en la prestación de servicios a la Población. (2) Para formular y proponer iniciativas legislativas de mayor complejidad a las funciones asignadas a las Comisiones Ordinarias. (3) Para otros casos que lo asigne el Concejo Municipal;
Que, mediante Memorándum N° 270-2023-GM-MDM, la Gerencia Municipal remite el proyecto de ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Realización de las Festividades por la Fiesta Patronal San Pedro de Mala, a fin de regular la organización y ejecución de las actividades mediante la conformación de una comisión, la misma que conforme a la revisión del proyecto se encontraría conformada por 03 (tres) regidores integrantes del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Mala, de los precedentes, se puede colegir que el presente proyecto tiene como objetivo principal la organización y realización para las festividades por la Fiesta Patronal de San Pedro de Mala;
Que, mediante el Informe N° 181-2023-SGDE-GDESM-MDM, de la Sub Gerencia de Desarrolllo Empresarial, informa que resulta de carácter necesario y beneficiario para la entidad, el poder brindar la cesión en uso del Estadio Municipal y la Villa Deportiva de Mala, a la Comisión que se puede conformar para la Fiesta Patronal de San Pedro de Mala, ya que el patrimonio cultural del Distrito de Mala merece ser reconocido y difundido a través de actividades costumbristas y de tradición, para generar un mayor realce como distrito a nivel local y regional;
Que, mediante el Informe N° 226-2023-GAJ-MDM, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente sobre el proyecto de ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Realización de las Festividades por la Fiesta Patronal San Pedro de Mala, recomendando elevar los presentes actuados al pleno del Concejo Municipal para su evaluación y determinación; conforme a sus atribuciones establecidas en la Ley N.º 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, por tanto, estando a los considerandos precedentes y los antecedentes normativos precitados, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa de lectura y aprobación del acta, contando con el voto por Unanimidad del Concejo Municipal, se aprueba lo siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN DE LAS FESTIVIDADES POR LA FIESTA PATRONAL SAN PEDRO DE MALA
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Reglamento de Organización y Realización de las Festividades por la Fiesta Patronal San Pedro de Mala, que consta de 21 artículos, 6 títulos, los cuales forman parte integrante de la presente ordenanza municipal.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios Municipales y demás dependencias competentes de la Municipalidad, el estricto cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza Municipal.
ARTÍCULO TERCERO: FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias y otras que sean necesarias para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza Municipal.
ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza Municipal; y a la Sub Gerencia de Estadística e Informática la publicación integral en el portal institucional (munimala.gob.pe), así como en el portal del Estado Peruano.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Julio Marquinho Espichàn Asìn
Alcalde
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN
DE LAS FESTIVIDADES POR LA FIESTA PATRONAL
SAN PEDRO DE MALA
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1°.- La Comisión de Fiesta Patronal de San Pedro de Mala es responsable del planeamiento, organización, ejecución y difusión de las actividades directamente relacionadas con los festejos de la conmemoración de la Fiesta Patronal San Pedro de Mala, preservando el prestigio de la Municipalidad Distrital de Mala, el orden público y las buenas costumbres.
ARTÍCULO 2°.- La Comisión de Fiesta Patronal San Pedro de Mala, tendrá como objeto, brindar a la población maleña y a los visitantes, un marco festivo de actividades que concurran los elementos representativos de la historia, arte, folklore y deporte maleño, como medio de esparcimiento cultural, unión familiar y conciencia cívica, garantizando la seguridad de los asistentes.
ARTÍCULO 3°.- La Comisión de Fiesta Patronal San Pedro de Mala, gozará de plena autonomía para el ejercicio y desarrollo de sus funciones dentro del marco normativo establecido en los Arts. 77°, 78°, 79°, 80° y 81º del Reglamento Interno del Concejo Municipal del 2009.
TÍTULO II
Capítulo I
DE LA COMISIÓN DE FIESTA PATRONAL DE SAN PEDRO DE MALA
ARTÍCULO 4°.- La Comisión de Fiesta Patronal San Pedro de Mala, es una Comisión Especial AD HONOREM, conformado por tres (03) integrantes del Concejo Distrital de Mala (Presidente, Secretario, Vocal); dicha terna será elegida por el Pleno de Concejo, designando a uno de sus miembros como Presidente de la Comisión de la Fiesta Patronal San Pedro del Distrito de Mala.
ARTÍCULO 5°. - Son atribuciones de la Comisión Fiesta Patronal San Pedro de Mala:
a) Organizar anualmente en el mes de junio, aprobando su programa y calendario de la Festividad del Santo Patrón San Pedro del Distrito de Mala.
b) Supervisar a los responsables de la ejecución operativa y administrativa, la ejecución de los acuerdos tomados en sesión.
c) Fijar las tarifas de aplicación para el arrendamiento de los espacios cedidos a la Comisión de Fiesta Patronal San Pedro de Mala.
d) Establecer el costo de las entradas de los espectáculos a presentarse.
e) Rendir ante el Pleno de Concejo en Sesión Ordinaria, en un máximo de 30 (Treinta) días hábiles contados desde la culminación de la programación, el Informe Final y Balance de Ingresos y Gastos de las actividades programadas por la Comisión de Fiesta Patronal San Pedro de Mala.
f) Fomentar y difundir los eventos, celebraciones, fiestas y actividades culturales, a fin de atraer a la población local y nacional.
g) Cumplir con las normas, reglamentos, acuerdos, ordenamientos y leyes en la presentación de espectáculos y exposiciones, cuidando que no se atente contra la moral y las buenas costumbres.
h) Planear, organizar y supervisar la estructura, funcionalidad y operatividad de las instalaciones donde se desarrollen los eventos.
i) Gestionar el financiamiento ante las entidades públicas, privadas y sociales, para impulsar y promover realización de los diferentes eventos y servicios que se organicen.
j) Aprobar la contratación de los recursos humanos y servicios necesarios para el cumplimiento de la programación de las actividades del aniversario del Distrito de Mala.
Capítulo II
ÓRGANO DE APOYO
ARTÍCULO 6°.- El Pleno de Concejo, a propuesta del Presidente de la Comisión de Fiesta Patronal San Pedro del distrito de Mala, nombrará a un (a) Administrador(a) y un (a) Tesorero(a) en su calidad de servidores(as) municipales y serán responsables de la ejecución operativa y administrativa de los acuerdos y actividades programadas por la Comisión de Fiesta Patronal San Pedro de Mala.
ARTÍCULO 7°.- El(a) Administrador(a) tendrá las siguientes atribuciones:
a) Asistir a las sesiones convocadas por la Comisión de Fiesta Patronal San Pedro de Mala.
b) Llevar un libro de actas en el que se consigne el resultado y los acuerdos de las sesiones.
c) Apertura conjuntamente con (ella) Tesorero(a), una cuenta mancomunada en el cual se depositará los recursos dinerarios de la Comisión de Fiesta Patronal San Pedro del Distrito de Mala.
d) Proponer el programa y calendario de los diferentes eventos a realizarse en el marco de la festividad Patronal San Pedro de Mala.
e) Supervisar la programación, ejecución y control de cada una de las actividades programadas, dando a cuenta a la Comisión el cumplimiento de dichas actividades.
f) Vigilar la correcta recaudación de los recursos de la Comisión de Fiesta Patronal San Pedro de Mala.
g) Administrar los fondos de la Comisión, conforme a los acuerdos tomados en sesión de la Comisión de Fiesta Patronal San Pedro de Mala.
h) Elaborar y rendir en un máximo de 20 (Veinte) días hábiles contados desde la culminación de la programación ante la Comisión de Fiesta Patronal San Pedro de Mala, el Informe Final y Balance de Ingresos y Gastos de las actividades programadas por las festividades de aniversario, para su presentación ante el Pleno de Concejo.
i) Estructurar, controlar y supervisar los recursos humanos y materiales de la Comisión.
j) Presentar a la Comisión, para su aprobación o desaprobación, las solicitudes presentadas por los expositores que desean participar de las actividades programadas.
k) Aplicar las medidas administrativas necesarias para el cumplimiento de los acuerdos de la Comisión.
l) Custodiar el acervo documentario generado por la Comisión de Fiesta Patronal San Pedro del Distrito de Mala, así como las solicitudes, cartas, proformas o cotizaciones presentados por los administrados.
m) Las demás que le confiera la Comisión.
ARTÍCULO 8°.- El(a) Tesorero(a) tendrá las siguientes atribuciones:
a) Asistir a las sesiones convocadas por la Comisión Fiesta Patronal San Pedro de Mala.
b) Llevar un control de los recursos que sean asignados a la Comisión.
c) Recabar de las entidades públicas, privadas o sociales las aportaciones que sean destinadas a la Comisión.
d) Rendir conjuntamente con el(a) Administrador(a) un informe cuando el presidente de la Comisión lo solicite, sobre los estados financieros de ingresos y egresos.
e) Llevar documentadamente un sistema de control acerca de los ingresos y egresos de la Comisión, justificando su origen y destino.
f) Las demás que le confiera la Comisión.
TÍTULO III
DE LAS SESIONES DE LA COMISIÓN DE FIESTA PATRONAL SAN PEDRO DE MALA
ARTÍCULO 9°.- El Presidente de la Comisión de Fiesta Patronal San Pedro de Mala, convocará a sesión las veces que sea necesaria, a fin de cumplir con las atribuciones establecidas en el Art. 6° del presente Reglamento.
ARTÍCULO 10°.- Las sesiones requerirán la asistencia de cuando menos la mitad más uno de los miembros de la Comisión, a fin de llevarse a cabo. En cada sesión el(a) Administrador(a) tendrá la obligación de levantar un acta en la que se describirán los acuerdos tomados y se asentaran en un libro foliado que firmaran los que en ella hubieren asistido.
ARTÍCULO 11°.- El Comisión tomara sus decisiones por mayoría de votos y en caso de empate, tendrá voto de calidad el Presidente del mismo.
TÍTULO IV
Capítulo I
DE LOS RECURSOS DE LA COMISIÓN DE FIESTA PATRONAL SAN PEDRO DE MALA
ARTÍCULO 12°.- La Municipalidad Distrital de Mala, de acuerdo con las normas de austeridad y racionalidad de gasto estipuladas en el Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, No está permitida de efectuar gastos por agasajos o celebraciones con fondos públicos; toda vez que, la ejecución de dichos fondos cumplen una finalidad enmarcada a los objetivos estratégicos de la institución municipal y las prioridades de gestión. Salvo aquellos fondos donados por la empresa privada o instituciones sociales a favor de la Municipalidad con fines de apoyo a los eventos y actividades que realizará la Comisión de Fiesta Patronal San Pedro del Distrito de Mala.
ARTÍCULO 13°.- El Pleno de Concejo a solicitud del Presidente de la Comisión de Fiesta Patronal San Pedro de Mala, otorgará en cesión de uso por el mes de junio de cada año, las siguientes infraestructuras municipales:
• Villa Deportiva de Mala – VIDEMA.
• Estadio Municipal de Mala.
• Otro que se considere necesario.
A favor de la Comisión de Fiesta Patronal San Pedro de Mala, quien administrará los bienes antes mencionados, con la finalidad de recaudar fondos para la ejecución de las actividades proyectadas por la Festividad de la Fiesta Patronal San Pedro de Mala, aprobadas por la Comisión de Fiesta Patronal San Pedro de Mala, ejecutadas por el (a) Administrador(a) y el (a) Tesorero(a). Sin perjuicio, de aquellas actividades programadas por las instituciones educativas y/o deportivas que suscribieron previamente un Convenio Marco con la Municipalidad Distrital de Mala y de las actividades programadas por las unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Mala para el cumplimiento de sus funciones y metas establecidas, los cuales prevalecerán ante las dispuestas por la Comisión de Fiesta Patronal San Pedro de Mala.
ARTÍCULO 14°.- Son recursos de la Comisión de Fiesta Patronal San Pedro de Mala:
a) Las rentas de los arrendamientos de los espacios y de los stands comerciales ubicados en la explanada del campo ferial de la Villa Deportiva de Mala - VIDEMA.
b) Las donaciones y/o auspicios provenientes de las entidades privadas y/o sociales en apoyo a las actividades programadas por la Comisión de Fiesta Patronal San Pedro de Mala.
c)Los ingresos provenientes de las actividades y espectáculos realizados en los locales municipales cedidos por la Fiesta Patronal San Pedro de Mala, durante el mes de junio.
Los recursos dinerarios que con motivo de sus actividades obtenga la Comisión, deberán