JURADO NACIONAL DE ELECCIONES CONSIDERA INVIABLE PROPUESTA DE REFERÉNDUM PARA ASAMBLEA CONSTITUYENTE...
El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) consideró inviable la propuesta congresal de convocatoria a referéndum nacional para consultar a la ciudadanía sobre la realización de una asamblea constituyente encargada de elaborar una nueva Constitución Política en nuestro país.
De esta manera, en respuesta a la consulta efectuada por la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República en torno al Proyecto de Ley N° 3828/2022-CR, la entidad electoral opinó que dicho planteamiento no se encuentra conforme con los temas que prevé la Constitución para el empleo de este mecanismo de participación popular.
Sobre dichos temas, el colegiado indicó que la regulación en la Carta Magna, las normas de desarrollo constitucional y los pronunciamientos del Tribunal Constitucional (TC) dan por sentado que el referéndum en nuestro país está referido a materias normativas (aprobación o desaprobación de normas) y al proceso de descentralización, pero no a una asamblea constituyente.
Así, una consulta de esta naturaleza (Referéndum) se usa para proyectos de ley, a fin de que estos se presenten ante el Parlamento, en el caso de iniciativas de ordenanzas municipales, y, en lo vinculado a descentralización, en los cuales es obligatorio. En lo concerniente a reformas constitucionales, este mecanismo solo se emplea luego de que un primer proyecto haya sido aprobado por el Legislativo.
En el oficio N° 000080-2023-P/JNE cursado a dicha comisión el 13 de febrero pasado, el supremo tribunal electoral también precisa que el Parlamento, en el ámbito de su competencia y respetando los límites materiales y formales para las reformas normativas, puede evaluar la pertinencia o no de establecer algún otro procedimiento para este tipo de consulta popular.
Opinión sobre otros dos proyectos de ley
El Pleno del JNE también emitió opinión en torno al Proyecto de Ley N° 3790/2022-CR, indicando, entre otros puntos, que resulta conveniente en el extremo que plantea que el padrón para las elecciones primarias cierre conjuntamente al padrón electoral del proceso convocado, lo que permite contar con un tiempo prudencial para el cierre, elaboración y aprobación de este documento.
También hizo lo propio respecto de la iniciativa legislativa N° 3288/2022-CR, la cual consideró inviable, dado que el derecho al sufragio de las personas privadas de libertad que promueve, no solo alcanza a aquellas que no poseen sentencia firme, sino a todas en general, lo que actualmente prohíbe la Constitución y la Ley Orgánica de Elecciones.
AARON OYARCE YUZZELLI SE INCORPORÓ COMO MIEMBRO DEL PLENO DEL JNE
De otro lado, en una ceremonia pública, el doctor Aaron Oyarce Yuzzelli fue incorporado como miembro titular del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para el período del 20 de febrero de 2023 al 20 de febrero de 2027. El nuevo miembro del tribunal electoral fue elegido por los decanos de las facultades de Derecho de las universidades privadas del país.
El presidente del JNE, Jorge Luis Salas Arenas, quien le tomó el juramento de ley, destacó que los miembros del Pleno “no representan” a las instituciones de las que provienen, pues se desprenden temporalmente de esa vinculación con el nombramiento, para así garantizar su total independencia.
De ese modo, dijo que ya no juramentan ante las instituciones que los eligen, como tampoco lo hacen los presidentes de los Jurados Electorales Especiales ante las Cortes de Justicia que los designan, sino ahora lo hacen ante el JNE.
“Este es un gesto de la democracia que apareja la independencia. Ni el que habla, ni los integrantes del Pleno, estamos sujetos a rendir cuentas a las organizaciones que nos eligieron ni a mandato imperativo de ningún poder del Estado”, subrayó.
Recordó que el Pleno del JNE es una instancia con responsabilidades de orden constitucional que se están cumpliendo cabalmente, a pesar de que se viene afrontando una serie de ataques y vituperios desde hace algún tiempo.
Al respecto, dijo que deplora las continuas falsas acusaciones de fraude electoral, pero aseguró que el colegiado no tiene tiempo, ni es su función, dedicarse a desmontar los costosos mecanismos mediáticos por los que se difunden esas y otras viles mentiras.
Salas Arenas también resaltó que dicho órgano jurisdiccional está compuesto constitucionalmente por cinco miembros, y lamentó que actualmente se debata en el Congreso de la República un proyecto de ley para desdoblar ese Pleno con tres integrantes.
En ese contexto, saludó la incorporación del nuevo miembro del supremo tribunal electoral y dijo que, en virtud de sus cualidades personales y profesionales, será un gran aporte para el desempeño de la máxima instancia electoral.
Por su parte, el flamante miembro titular del colegiado se comprometió a cumplir sus funciones con independencia, estricto apego a la Constitución, a los principios democráticos y a la ley.
Oyarce Yuzzelli es doctor en Ciencias Jurídicas por la Wake Forest University NC-USA, en Educación por la Universidad San Martín de Porres y en Derecho por la Universidad Alas Peruanas. También cuenta con maestrías, es investigador académico, ha ejercido la docencia universitaria y recibió diversas distinciones.
En la sesión, que fue trasmitida por el Canal JNETV y redes sociales de la institución, participaron los miembros del Pleno del JNE, los titulares de los organismos electorales (ONPE y Reniec), los funcionarios de instituciones públicas como la Defensoría del Pueblo y la Contraloría General de la República; así como familiares y amigos del nuevo integrante del tribunal electoral.