1 ° JUZGADO CIVIL - Sede Central
EXPEDIENTE: 00716-2022-0-0801-JR-CI-01
MATERIA: PRESCRIPCION ADQUISITTVA
JUEZ: MALLMA VARGAS EDGAR LUIS
ESPECIALISTA: GONZALES SANCHEZ JOSE JESUS
DEMANDADO: SUCESION DE MANOLO GREGORIO PEREZ LEON
POR LIZZET ISARINE PEREZ YATACO
SUCESION DE MANOLO GREGORIO PEREZ LEON
POR MANOLO GREGORIO PEREZ YATACO
SUCESION DE MANOLO GREGORIO PEREZ LEON
POR HAYDEE YATACO CALAGUA
SUCESION DE MANOLO GREGORIO PEREZ LEON
POR HAYDEE YANINA PEREZ YATACO
SUCESION DE MANOLO GREGORIO PEREZ LEON
POR GERSON IVAN PEREZ YATACO
SUCESION DE MANOLO GREGORIO PEREZ LEON
POR JESSICA NOEUA PEREZ YATACO
PEREZ LEON, WINKELMANN VIVIE
PEREZ LEON, CELSO ROBERTO
PEREZ LEON, WILLIAM EUGENIO
PEREZ LEON, MAXIMO ADOLFO
PEREZ LEON, GUADALUPE IRENE
LEON, SILVERIO WILFREDO
PEREZ LEON, NILDA LEYLA
DEMANDANTE: SERVA SERVA, MARIA ESTHER
EDICTO
Expediente N° 00716-2022, tramitado en el Primer Juzgado Civil Permanente de Cañete, el Señor Juez ha dispuesto lo siguiente: RESOLUCIÓN NUMERO UNO de fecha 01-12-2022 se RESUELVE: ADMITIR a TRÁMITE en la VÍA DEL PROCESO de ABREVIADO la DEMANDA de PRESCRIPCION ADQUISITIVA a fin de que se le declare propietaria de un área de 2,013.00 m2, ubicado en el Sector Pampa de San Fernando de Conta Asociación de Ganaderos Pecuarios Nuevo Horizonte de Conta, Mz. B, Lote 03 (Parcela B-3), Sector Pampa de San Francisco de Conta, del Distrito de Nuevo Imperial Provincia de Cañete y Departamento de Lima; interpuesta por MARÍA ESTHER SERVA SERVA contra GUADALUPE IRENE PEREZ LEON, MAXIMO ADOLFO PEREZ LEON, WJLLIAN EUGENIO PEREZ LEON, CELSO ROBERTO PEREZ LEON, WINKELMANN VIVIE PEREZ LEON, NILDA LEYLA PEREZ LEON, SILVERIO WILFREDO PEREZ LEON, SECTOR REPUBLICA FEDERAL - DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES - LIMA y la sucesión de MANOLO GREGORIO PEREZ LEON integrado por: HAYDEE YATACO CALAGUA, HAYDEE YANINA PEREZ YATACO, LIZZET ISARINE PEREZ YATACO, JESSICA NOELIA PEREZ YATACO, MANOLO GREGORIO PEREZ YATACO y GERSON IVAN PEREZ YATACO sobre PRESCRIPCION ADQUISTIVA DE DOMINIO; TRASLADO a los demandados por el plazo de DIEZ OIAS, para que lo absuelva la demanda; por ofrecido los medios probatorios ofrecidos en la demanda, sin perjuicios de su admisión y actuación oportuna, a los autos los anexos que se adjuntan; en aplicación de lo dispuesto en el artículo 505° y 506° del Código Procesal Civil, ORDENO: La publicación del extracto de la presente resolución por tres veces, con intervalo de tres días, en el portal de edictos electrónicos, para lo cual, debe adjuntar el arancel judicial por edictos electrónicos y la publicación en el diario de mayor circulación de esta ciudad. Publíquese un extracto de la presente resolución en el Portal Web Oficial del Poder Judicial y en el Diario de esta localidad por tres veces con intervalo de tres días.- Una rúbrica del Señor Juez Dr. Edgar Luis Mallma Vargas Juez. Fdo. José Jesús Gonzales Sánchez.- Secretario Judicial.-
Cañete, 01 de diciembre del 2022.
Juan Jesús Gonzáles Sánchez
Secretario Judicial - 1° Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
07, 11 y 16 de Enero del 2023
1° JUZGADO CIVIL – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 00001-2023-0-0801-JR-CI-01
MATERIA: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA
JUEZ: VASQUEZ ALZA LUIS BENJAMÍN
ESPECIALISTA: GONZALES SÁNCHEZ JOSÉ JESÚS
DEMANDADO: SERVICIOS FALCONERY SAC
DEMANDANTE: CALLE RODRÍGUEZ, PAUL FAUSTINO
EDICTO JUDICIAL
Expediente N° 00001-2023 mediante Resolución número uno, de fecha 05-01-2023, RESUELVE: ADMITIR a trámite en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO, la demanda interpuesta por PAUL FAUSTINO CALLE RODRÍGUEZ contra SERVICIOS FALCONERY S.A.C., sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO a fin de que se le declare propietario de un área de 3,039.21 m2, de terreno eriazo que forma parte de un área de mayor extensión denominado Parcela 23 de 60,000.00 m2., ubicado dentro de la Asociación de Pequeños Ganaderos Agropecuarios La Joya de Conta, Mz L1, Lote 05, Anexo San Fernando de Conta – Nuevo Imperial – Cañete – Lima, el mismo que corresponde a la Partida N° P017068193; interpuesta por PAUL FAUSTINO CALLE RODRÍGUEZ contra SERVICIOS FALCONERY S.A.C.; TRASLADO a los demandados por el plazo de DIEZ DÍAS, para que lo absuelva la demanda; ORDENO: la publicación del extracto de la presente Resolución por tres veces, con intervalo de tres días, en la página web del Poder Judicial. Una rúbrica del señor Magistrado Dr. Luis B. Vásquez Alza.- Juez. Fdo. José Jesús Gonzáles Sánchez.- Secretario Judicial.-
José Jesús Gonzáles Sánchez
Secretario Judicial
Primer Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
12, 16 y 20 de Enero
EDICTO JUDICIAL
Expediente Nº 0476-2019 por ante el Segundo Juzgado Civil Permanente de Cañete, el Señor Juez ha dispuesto lo siguiente: MEDIANTE RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISIETE de fecha 08-11-2022, se cumpla con EMPLAZAR a los SUCESORES PROCESALES DE LA SUCESIÓN DE SANTIAGO SABINO ARIAS FLORES, para que en el plazo de TREINTA DÍAS se apersonen al proceso sus Sucesores Procesales y hagan valer su derecho conforme a Ley, bajo apercibimiento de designársele un Curador Procesal en caso de no apersonarse sus sucesores procesales en el plazo concedido. En el Proceso seguido por JAIME FÉLIX ARIAS VICENTE Y OTROS contra SUCESIÓN DE JOSE ARIAS CHUMPITAZ Y OTROS sobre PETICIÓN DE HERENCIA Y OTRO; la misma que se viene tramitando bajo las pautas del Proceso de Conocimiento (…) Notifíquese la presente resolución en el Diario Local Al Día Con Matices por tres veces con intervalos de tres días. Una rúbrica del Señor Juez Dr. Oscar Raúl Cahuana Cahuana. Fdo. Percy Pablo Muñoz Campos – Secretario Judicial.
Percy Muñoz Campos
Secretario Judicial
Segundo Juzgado Civil Permanente
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 16, 20 y 26 de Enero de 2023.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA – CAÑETE
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado doña PILAR ROCIO SORIANO VELAZCO, identificada con DNI Nº 45789021, con Exp. Nº 0215-2023, de fecha 06-01-2023, solicitando la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE SU ACTA DE NACIMIENTO, inscrita en el acta 205 del año 1989, que por error se omitió el segundo prenombre del padre de la titular, donde dice: BENIGNO SORIANO HUACHO, debe decir: BENIGNO DIOSDADO SORIANO HUACHO.
De conformidad con lo establecido en la Directiva DI N° 415-GRC/032 y Decreto Supremo N° 015-98-PCM del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 10 de Enero de 2023.
Eveling Zavala Ruiz de Lapa
Sub Gerente de la Oficina de Registro del Estado Civil