MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
Novedades
Publicado en 30/12/2022

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2022/MDA

Asia, 27 de Octubre del 2022

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE ASIA

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha 27 de Octubre del 2022; Informe Nº 224-2022-GAT/MDA, de fecha 09 de Setiembre del 2022 de la Gerencia de Administración Tributaria; Informe Nº 309-2022-GAT/MDA, de fecha 14 de Octubre del 2022 de la Gerencia de Administración Tributaria y el Opinión Legal N° 089-2022-GAJ/MDA, de fecha 18 de Octubre del 2022, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de Asia, relacionados con el proyecto de ORDENANZA QUE ESTABLECE PARA EL EJERCICIO 2023, LOS DERECHOS DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DE IMPUESTOS Y RECIBO DE PAGO CORRESPONDIENTE;

I CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú de 1993 y su modificatoria, Ley Nº 30305 de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria;

Que, el Concejo Distrital ejerce su función normativa, fundamentalmente a través de Ordenanzas que tienen rango de Ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú;

Que, de acuerdo a la disposición final del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, que aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de Impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1º de Enero de cada ejercicio convirtiéndose en un servicio exclusivo.;

Que es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión mecanizada de valores, determinación del impuesto predial y Tasa de Arbitrios municipales de Limpieza Pública y Seguridad Ciudadana correspondiente al año 2023;

Que, el Artículo 74° y el Inc. 4) del Artículo 195° de la Constitución Política del Perú y en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, el Artículo 60° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación - Decreto Supremo N° 156-2004-EF, concordante con el segundo párrafo del Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, Arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;

Que, el penúltimo párrafo del Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, expresa que: Las Ordenanzas en materia Tributaria expedidas por las Municipalidades distritales, deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su jurisdicción para su vigencia;

Que, acorde a la Ordenanza Provincial N° 022-2015-MPC, Ordenanza que aprueba el proceso ratificatorio o prorrogas para Ordenanzas Distritales de la Provincia de Cañete, que en su Artículo 6° establecen cuales son los requisitos generales de la solicitud de ratificación y prorrogas;

Que, mediante Informe Nº 224-2022-GAT/MDA, de fecha 09 de Setiembre del 2022 e Informe Nº 309-2022-GAT/MDA, de fecha 14 de Octubre del 2022, de la Gerencia de Administración Tributaria remite el proyecto de ORDENANZA QUE ESTABLECE PARA EL EJERCICIO 2023, LOS DERECHOS DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DE IMPUESTOS Y RECIBO DE PAGO CORRESPONDIENTE;

Que, mediante Opinión Legal N° 089-2022-GAJ/MDA, de fecha 07 de octubre del 2022, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera que es viable se proceda a la aprobación del proyecto de ORDENANZA QUE ESTABLECE PARA EL EJERCICIO 2023, LOS DERECHOS DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DE IMPUESTOS Y RECIBO DE PAGO CORRESPONDIENTE, además que se eleve a la Municipalidad Provincial de Cañete para la ratificación correspondiente;

Que, estando a lo señalado en los informes mencionados y las disposiciones legales citada es viable la aprobación del proyecto de Ordenanza, por lo que en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9° y 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, el pleno del Concejo aprobó por UNANIMIDAD el proyecto asi como la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, correspondiente:

ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS DERECHOS DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DE IMPUESTOS Y RECIBO DE PAGO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2023

ARTÍCULO 1°.- ÁPROBAR, la Ordenanza Municipal N° 007-2022/MDA, para el ejercicio fiscal 2023, que establecen los derechos de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2023 el cual se establece en S/. 13.70 (Trece y 70/100 Nuevos Soles). Los titulares de más de un predio abonaran la suma de S/. 2.00 (Dos y 00/100 soles) por concepto de predio adicional.

ARTÍCULO 2°.- ÁPROBAR, la Estructura de Costos y la Estimación de ingresos, así como el Informe Técnico que determina los derechos de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2023 el cual forma parte de la presente ordenanza.

ARTÍCULO 3°.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación previa ratificación de la Municipalidad Provincial de Cañete.

ARTÍCULO 4º.- Encárguese a la Gerencia de Administración Tributaria, el cumplimiento de la presente Ordenanza, al área de Relaciones Publicas, su difusión, y a la Oficina de Secretaria General, su publicación.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

José Tomás Alcántara Malásquez

 

Alcalde

Comentarios