DEL FORTALECIMIENTO DE LA SOBERANIA NACIONAL” RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL
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Publicado en 28/12/2022

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

“AÑO DEL FORTALECIMIENTO DE LA SOBERANIA NACIONAL”

RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL

N° 0152-2022 - MDCA - GM

VISTO:

El Informe N° 087-2022-OGPPM/MDCA de fecha 25 de noviembre de 2022, emitido por el Jefe de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 858-2022-OGRH/MDCA de fecha 26 de noviembre del 2022, emitido por el Jefe de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos; el Informe N° 074-2022 OGAF-MDCA de fecha 01 de diciembre del 2022; el Informe Legal N° 0180-2022-OGAJ/MDCA de fecha 07 de diciembre de 2022 del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Artículo 194° de la Constitución Política del Per de 1983, concordando con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativo. Dicha autonomía reconocida por la Constitución radica en su facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, a través de Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 0001050-2021-SERVIR-PE publicado el 16 de noviembre de 2021 en el Diario Oficial “El Peruano”, se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “elaboración de Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”;

Que, el literal 5.1. del Articulo 5. Disposiciones Generales de la Directiva N° 006-2021- SERVIR-GDSRH, define el Manual de Clasificador de Cargos como: “Documentos de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad”. Asimismo, en su literal h) define al Titular de la entidad como Máxima autoridad administrativa para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH), siendo el caso, conforme al Artículo IV.- Definiciones – literal i) del Reglamento general de la Ley del Servicio Civil N° 30057 – aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-CPM - el titular de la entidad para el SAGRH en un gobierno local es el Gerente Municipal;

Que, conforme a las disposiciones específicas reguladas en el artículo 6, numeral 6.1 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, para la elaboración del Manual de Clasificador de Cargos, entre otros, se toma como referencia el uso de las clasificaciones dispuestas en la Ley Marco del Empleo Público N° 28175 y la estructura desarrollada en el ROF o el MOP vigentes, según corresponda, la ORH eleva la propuesta de MCC al titular de la entidad, previa opinión favorable de la OPP, en lo concerniente al ámbito de su competencia- de obtener la validación el titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad, dependiendo de nivel de gobierno de la entidad;

Que, bajo los párrafos expuestos, se tiene que la Oficina de Gestión de Recursos Humanos a través de Informe N° 0777-2022-OGRH/MDCA de fecha 08 de noviembre de 2022, remite a la Oficina General de Planeamiento Presupuesto y Modernización el proyecto de Manual de Clasificador de Cargos MCC, con la finalidad que emita opinión en lo referido al alineamiento de cargos respecto al ROF. Es así que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización mediante Informe N° 087-2022-OGPPM-MDCA de fecha 25 de noviembre de 2022, respecto al proyecto de Manual de Clasificador de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, opina favorable para su aprobación. Posteriormente, esto se eleva al titular para su aprobación;

Que, la formulación del Manual de Clasificador de Cargos obedece: i) Al cambio normativo que regula su procedimiento de aprobación; ii) Actualización de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones de la Entidad regulado en la Ordenanza Municipal N° 010-2021-MDCA; y, iii) Requisitos mínimos establecidos en la Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y otras disposiciones – Ley N° 31419- y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM;

Que, a través de Informe Legal N° 0180-2022-OGAJ/MDCA de fecha 07 de diciembre del 2022, el Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica realiza un análisis legal señalando que, el Manual de Clasificador de Cargos se encuentra alineado al marco normativo vigente que regula la materia y demás condiciones exigibles por normas especiales, siendo procedente su aprobación;

Que, según Decreto de Alcaldía N°012-2022-MDCA de fecha 13 de diciembre del 2022 y publicado el 17 de diciembre del 2022, estableció que al existir marco jurídico vigente emitido por el Ente Rector del Sistema de Gestión de Recursos Humanos como lo es la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, que regula sobre la materia (Manual de Clasificador de Cargos), corresponde que el Decreto de Alcaldía N° 004-2020-MDCA sea dejado sin efecto; estableciéndose que la competencia para la aprobación del manual de clasificador de cargos recae en el Gerente Municipal, como máxima autoridad administrativa para el SAGRH;

Por tanto, en base a los fundamentos expuestos;

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.– APROBAR el MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL, el cual consta de una (1) caratula y ocho (8) disposiciones (Objetivo, Finalidad, Alcance, Base Legal, Glosario de Términos, Clasificación de Personal y cargo Estructural – Cuadro 01: Clasificación del Personal y Cargos Estructurales, e Información de los Cargos Estructurales), haciendo un total de 72 folios, y como Anexo forma parte integrante del presente acto resolutivo.

ARTÍCULO SEGUNDO.– DISPONER su cumplimiento obligatorio en toda designación y/o contratación; bajo responsabilidad administrativa, civil y/o penal.

ARTÍCULO TERCERO.– ENCARGAR a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en el presente Manual de Clasificador de Cargos; bajo responsabilidad administrativa.

ARTÍCULO CUARTO.– ENCARGAR a Secretaria General cumpla con publicar dicho acto resolutivo en el Diario Encargado de las Publicaciones Judiciales; y a la Oficina de Informática su publicación integra del texto normativo y su anexo en el Portal Institucional, Portal del Estado Peruano y Portal de Transparencia.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y ARCHIVESE

CPC César Vladimir León Polo

Gerente Municipal

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL – CAÑETE

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

Ante la Oficina de Registro y Estado Civil que funciona en el distrital de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, se ha presentado el ciudadano JOSE SABINO SORIANO CUZCANO, identificado con DNI Nº 08379870, generándose el Expediente Nº 11036-2022, de fecha 15 de Diciembre del 2022, solicitando la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO, que tiene como titular a JOSE SABINO SORIANO, inscrito en el libro Nº 20, folio Nº 483, del año 1935, en el sentido de adicionar en la parte principal y textual del acta de nacimiento el apellido materno del titular, donde dice: JOSE SABINO SORIANO, debiendo ser lo correcto: JOSE SABINO SORIANO CUZCANO, asimismo, adicionar en la parte principal del acta el apellido materno de la madre del titular donde dice: MARIA DIONICIA CUZCANO, debiendo ser lo correcto: MARIA DIONICIA CUZCANO PORTUGUEZ y no como erróneamente se encuentra consignado.

Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Ley N° 26497, D.S. 015-98-PCM, Artículo 71° al 75°, Directiva DI-415-GRC/032, parte pertinente a la Rectificación Administrativa por Error u Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC, dejando subsistentes e invariables los demás datos que contiene dicho documento público. Se efectúa la presente publicación de conformidad con el Artículo 73° del D.S. 015-98-PCM.

Imperial, 15 de Diciembre de 2022

Rocío Pilar Francia Huarcaya

(R) Unidad de Registro Civil y Cementerio

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE

EDICTO MATRIMONIAL

Se hace saber que ante el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Quilmaná, se han presentado don RONALD CRISOSTOMO SUAREZ DELGADILLO, de 32 años de edad, identificado con DNI Nº 46620774, natural de Andahuaylas, de nacionalidad peruana, de profesión: Electricista Industrial, estado civil soltero, domiciliado en Jr. Lambayeque 430 – Quilmaná y doña LISLEY NATALY MACALUPU SANCHEZ, de 31 años de edad, identificada con DNI Nº 47090865, natural de Quilmaná – Cañete, de nacionalidad peruana, de profesión: Administración, estado civil soltera, domiciliada en Jr. Lambayeque 430 – Quilmaná.

Pretenden contraer Matrimonio Civil en este Municipio, el día 07 de Enero del 2023, a horas 7:00 p.m., lugar: Recepción Las Dos Rositas – Jr. Madre de Dios – Quilmaná. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término señalado, que es de 8 días conforme a Ley.

Quilmaná, 27 de Diciembre de 2022.

María de los Angeles Pachas De La Cruz

Registrador Civil

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA

SUBGERENCIA DE REGISTRO CIVIL Y ADMINISTRACIÓN DEL CEMENTERIO

AVISO MATRIMONIAL

ART. 250 DEL CÓDIGO CIVIL

NOMBRE DEL CONTRAYENTE: Saul Alfredo Cuevas Astovilcas. Natural de Chilca, Cañete, Lima. Nacionalidad: Peruana. Estado Civil Soltero. Profesión, ocupación u oficio: Operador de Máquinas. Edad: 44 años. Domicilio: Asent. H. Olof Palme Mz. X Lote 10, – Chilca.

NOMBRE DE LA CONTRAYENTE: Andrea Quichua Palomino. Natural de Carapo, Huancasanco, Ayacucho. Estado Civil Soltera. Profesión, ocupación u oficio: Ama de casa. Edad: 29 años. Domicilio: Asent. H. Olof Palme Mz. X, Lote 10 - Chilca.

Lugar del Matrimonio: Local Municipal.

NOTA.- El Art. Establece que las personas que tengan interés legítimo pueden oponerse a la celebración del matrimonio, cuando exista algún impedimento. La oposición se formula por escrito fundamentando la causa legal ante el Señor Alcalde de ésta Municipalidad.

Chilca, 20 de Diciembre del 2022

Ing. Noelia Dina Flores Mendoza

Sub Gerente de Registro Civil y Administración del Cementerio

SUCESION INTESTADA

MARIA MERCEDES MORALES CHUMPITAZ, SOLICITA SUCESION INTESTADA DE ARMANDO MORALES CHUMPITAZ, DNI N°15387613, FALLECIDO EL 22 DE AGOSTO 1999 EN MALA, Y ZOILA ROSA CHUMPITAZ DE MORALES, DNI N°.15386988, FALLECIDA EL 14 DE FEBRERO 2005, EN MALA, AMBOS LUGAR DEL ÚLTIMO DOMICILIO MALA - CAÑETE.

MALA 20 DE DICIEMBRE 2022.

HUGO M. SALAS ZÚÑIGA

NOTARIO DE CAÑETE

JR. TUPAC AMARU Nº113 MALA.

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