Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete
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Publicado en 16/12/2022

“Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional” 

“Año del Bicentenario del Congreso de la República del Perú”

 

San Vicente De Cañete, 14 de Diciembre del 2022

 

RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000438-2022-PR-CSJCÑ-PJ

 

VISTO: 

La Resolución Administrativa N° 000420-2022-PR-CSJCÑ-PJ, de fecha 30 de noviembre de 2022. 

El Decreto Supremo N° 139-2022-PCM, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 12 de diciembre de 2022. 

La Resolución Administrativa N° 000127-2022-P-CE-PJ, de fecha 14 de diciembre de 2022. 

 

CONSIDERANDO: 

Primero. Mediante el primer documento de vistos, esta Corte Superior de Justicia en atención a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a través de la Resolución Administrativa N° 000405-2022-CE-PJ, de fecha 29 de noviembre de 2022, dispuso entre otras medidas, que la jornada y horario de trabajo del 1 al 31 de diciembre de 2022, será de forma diaria, de lunes a viernes de 08:00 a 17:00 horas, y el horario de refrigerio de 13:30 a 14:30 horas, el mismo que rige para los jueces y juezas, así como para el personal jurisdiccional y administrativo de este Distrito Judicial. 

 

Segundo. Como es de público conocimiento, a través del segundo documento de vistos, se declaró el Estado de Emergencia por el término de sesenta días calendario, en las provincias de Abancay, Andahuaylas, Chincheros, Grau, Cotabambas, Antabamba y Aymaraes del departamento de Apurímac; en ese contexto, debido a la coyuntura actual y con la finalidad de proteger los derechos fundamentales a la vida, integridad y salud de usuarios/as, abogados/as, jueces/zas, así como del personal jurisdiccional y administrativo de este Poder del Estado, la Presidencia del precitado Órgano de Gobierno del Poder Judicial ha considerado pertinente disponer el trabajo remoto en los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, garantizándose la continuidad del servicio de justicia.

 

Tercero. En esa línea, mediante el tercer documento de vistos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispuso a partir del 14 diciembre de 2022 y hasta nueva disposición, el TRABAJO REMOTO en los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, efectivizándose en el horario de ocho horas diarias, conforme a lo establecido en la Versión N° 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000408-2020-CE-PJ; y será coordinado con el Jefe/a inmediato, facultando a la Presidencia del Poder Judicial y a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, que por excepción, pueden establecer el trabajo presencial exclusivamente en las áreas que así lo requieran, si las condiciones de seguridad lo permiten. 

 

Cuarto. Al respecto, esta Presidencia a través de la Resolución Administrativa N° 000420-2022-PR-CSJCÑ-PJ, de fecha 30 de noviembre de 2022, dispuso entre otras medidas, que el personal jurisdiccional y administrativo que realice trabajo remoto deberá justificar el trabajo diario que se realiza ante el jefe/a inmediato. El personal, deberá reportarse en el horario de trabajo establecido a través del correo electrónico institucional con el Magistrado o Jefe/a Inmediato, quien deberá informar en forma semanal a la Oficina de Personal, el cumplimiento de la jornada laboral diaria de ocho (08) horas. Cualquier trabajo remoto que se realice de manera deficiente o incurriendo en graves negligencias, deberá ser informado por el Jefe Inmediato a la Secretaria Técnica de Procesos Administrativos y Disciplinarios o a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura cuando corresponda. 

 

Quinto. Asimismo, dicho Órgano de Gobierno ha establecido que bajo ningún concepto se suspenderán las audiencias y vistas de causa programadas, pues estás deben llevarse de modo virtual y a través del aplicativo Google Meet. De otro lado, se establece además, que los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país, así como las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura, supervisarán la producción jurisdiccional de los jueces y juezas. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, ha sido enfático en reafirmar que las disposiciones establecidas en la Resolución Administrativa N° 000405-2022-CE-PJ, serán de aplicación en lo que resulte pertinente en cuanto a la jornada y horario de trabajo, desarrollo de las audiencias, producción jurisdiccional y notificaciones.

 

Por las consideraciones precedentemente expuestas y en uso de las facultades conferidas por los incisos 1), 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; 

 

SE RESUELVE: 

 

ARTÍCULO PRIMERO.- DISPONER a partir de la 13:30 horas de la fecha y hasta nueva disposición, el Trabajo REMOTO, la cual regirá para los jueces, juezas y personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior de Justicia de Cañete. 

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- PRECISAR que el Trabajo REMOTO se efectivizará en el horario de ocho horas diarias, el cual se realizará de acuerdo a la Versión N° 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000408-2020-CE-PJ; y será coordinada con el jefe/a inmediato, debiendo atenderse además lo señalado en el cuarto considerando de la presente resolución. 

ARTÍCULO TERCERO.- ESTABLECER por excepción, el trabajo presencial exclusivamente en las áreas que así lo requieran, para tal efecto, se deberá comunicar a la Oficina de Administración Distrital y/o Oficina de Personal de esta Corte Superior de Justicia, para su evaluación, y de ser el caso, la autorización que corresponda. 

 

ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER que todas las AUDIENCIAS se desarrollarán en forma virtual, bajo ningún concepto se suspenderán las audiencias y vistas de causa programadas, la misma que deberán llevarse a cabo a través del aplicativo Google Meet, debiendo aplicarse la normativa impartida para tal efecto. 

 

ARTÍCULO QUINTO.- ESTABLECER que la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia y la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Cañete (ODECMA - Cañete), supervisarán la producción jurisdiccional de los jueces y juezas. El personal jurisdiccional y administrativo deberá justificar el trabajo diario que realizan ante el jefe inmediato. 

 

ARTÍCULO SEXTO.- PRECISAR que las disposiciones establecidas en la Resolución Administrativa N° 000405-2022-CE-PJ, serán de aplicación en lo que 

resulte pertinente en cuanto a la jornada y horario de trabajo, desarrollo de las audiencias, producción jurisdiccional y notificaciones. 

 

ARTÍCULO SÉTIMO.- ENCARGAR a la Oficina de Administración Distrital y la Oficina de Imagen Institucional, adopten las medidas necesarias para la adecuada difusión de la presente Resolución Administrativa, a fin que la ciudadanía tome conocimiento de lo dispuesto, y asimismo se cumpla con la respectiva difusión a todos los jueces y juezas, así como al personal jurisdiccional y administrativo de esta Corte Superior de Justicia. 

 

PÓNGASE la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de control de la Magistratura de Cañete, Oficina de Administración, Administración del Módulo Penal, Oficina de Personal, Oficina de Imagen Institucional y a los Magistrados y Magistradas, servidores y servidoras jurisdiccionales y administrativos de esta Corte Superior de Justicia, para su conocimiento y fines pertinentes. 

 

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE 

 

Documento firmado digitalmente 

ELMER SOEL REBAZA PARCO 

Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete 

Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete

 

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