DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2022-MDCA
Cerro Azul, 07 de septiembre del 2022.
VISTO:
El Memorándum Nº 018-2022-MDCA-AL de fecha 06 de setiembre del 2022, emitido por la Alcaldesa Terencia Córdova de Salazar; Titular de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado mediante Ley N° 30305, en concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, establece: “Las municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración;
Que, la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas es un espacio de participación ciudadana en el que las autoridades informan públicamente a la población sobre los logros, dificultades y retos de su gestión; que se considera de importancia porque los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuesto en la gestión pública;
Que, con Ordenanza N° 007-2019-MDCA de fecha 12 de marzo de 2019, se dispone y reglamenta las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul;
Que, el artículo 3° de la ordenanza acotada en el párrafo precedente, faculta a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía regule lo no previsto en la ordenanza; asimismo, el Artículo único de la Disposición Final del Reglamento para el proceso de Audiencia Pública de Rendición de Cuentas señala que, al encontrarse eventualidades no previstas y ambigüedades en el citado reglamento dispone que el Equipo Técnico y Titular de la entidad pueden implementarlo, por lo cual, mediante documentos de vistos, se determina los acuerdos adoptados para la convocatoria a Audiencia Pública;
Que, mediante la Ley N° 31433, se incorpora el artículo 119-A a la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, estableciendo que las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos, asimismo, establece que los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal;
Estando a lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972 T.U.O. de la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley N° 27444; con el visto bueno de Gerencia Municipal, Oficina General de Asesoría Jurídica y Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
SE DECRETA
ARTICULO PRIMERO: ESTABLECER que la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul se llevará a cabo de manera presencial, el día 29 de setiembre del 2022, a las 14:00 horas, en el frontis del Palacio Municipal ubicado en la Plaza de Armas del distrito de Cerro Azul.
ARTICULO SEGUNDO: SEÑALAR que, los ciudadanos o representantes de una organización privada o entidad pública podrán registrar su participación de manera directa en la Sub Gerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad distrital de Cerro Azul, hasta un día antes de la realización de la Audiencia Pública. Asimismo, la inscripción de los participantes para el uso de la palabra en la Audiencia Pública Local se realizará en la Sub Gerencia de Participación Vecinal, en horario de oficina y podrán inscribirse hasta un día antes de la realización de la Audiencia Pública, debiendo la Sub Gerencia de Participación Vecinal derivar la lista de inscritos a la Oficina de Imagen Institucional.
ARTICULO TERCERO: ENCARGAR a la Gerencia Municipal para que, con apoyo de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, contando con la información recibida por las áreas para rendición de cuentas, elabora el Resumen de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas para la exposición. El Informe Resumen para distribuirse entre los asistentes, lo elabora Gerencia Municipal con apoyo de Secretaria General; debiendo entregarse a la Oficina de Imagen Institucional un día antes de la Audiencia, tanto el resumen de la audiencia pública a exponerse como el informe resumen.
ARTICULO CUARTO: ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Participación Vecinal, Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, Oficina de Imagen Institucional, Oficina de Informática y Estadística y demás áreas involucradas, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.
ARTICULO QUINTO: ENCARGAR a Secretaría General, la publicación conforme a Ley, así como la debida notificación y distribución del presente decreto, y a la Oficina de Informática y Estadística de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, la publicación en el Portal Institucional.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Terencia Còrdova de Salazar
Alcaldesa