Oficializan ley que permite que el sector privado negocie y adquiera vacunas contra la COVID-19
21/06/2021 12:51 en Perú

Este lunes se publicó la ley que permite que tanto sectores privados como gobiernos regionales y municipios puedan negociar y adquirir vacunas contra la COVID-19. La propuesta fue aprobada por insistencia por el Legislativo luego de que el Ejecutivo la observara al ya existir un marco legal previo.

La norma Nº 31225, aprobada originalmente el pasado 23 de abril, precisa que "se autoriza de manera excepcional y transitoria a los gobiernos regionales, con cargo a su presupuesto institucional, la importación o adquisición de la vacuna y otros medicamentos contra el coronavirus SARS-CoV-2". 

Así, indican que "los gobiernos regionales que importen o adquieran la vacuna y otros medicamentos contra el coronavirus SARS-CoV-2 (...) establecen la estrategia y los procedimientos para que se proceda, dentro del marco del Plan Nacional de Vacunación contra el coronavirus SARS-CoV-2, a la inmunización de la población de su jurisdicción". 

El presidente Francisco Sagasti señaló que la norma es innecesaria, porque ya existe un marco legal que permite al sector privado importar y adquirir vacunas contra la COVID-19, así como normativa por la que el Ministerio de Salud (Minsa), puede delegar o encargar su compra a otras entidades públicas.

APROBACIONES 

El pasado primero de junio, el Poder Judicial autorizó a las empresas del sector privado a que puedan importar vacunas contra la COVID-19 para su distribución gratuita entre su personal y familiares directos, así como realizar la inoculación respetando los protocolos establecidos.

El Segundo Juzgado Especializado en lo Civil de La Molina y Cieneguilla exhortó al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud y la Presidencia del Consejo de Ministros, a reglamentar el procedimiento que las empresas deben seguir para la obtención de dicho fármaco.

Sin embargo, la resolución rechaza ordenar la liberalización total de la importación de vacunas para su libre comercialización, sin sujeción a requisitos sanitarios.

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