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CONOZCA LA DIFERENCIA... CUANDO UNA LISTA ES DECLARADA INADMISIBLE... O CUANDO IMPROCEDENTE...
Por Administrador
Publicado en 29/12/2025 09:53
POLÍTICA

Son tiempos de elecciones, y cada día que pasa, y habiendo tantos candidatos en carrera... hoy escuchar que se declaró a una lista o a un candidato como INADISIBLE o IMPROCEDENTE... es de todos los días.

E l Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó, a través de sus plataformas digitales, cuál es la diferencia entre entre una lista que es declarada inadmisible y los casos en que se declara improcedente, ello en el marco del proceso de inscripción de candidatos para las elecciones generales del 2026.

En primer lugar, explicaron que, si una lista es declarada inadmisible por el jurado electoral especial (JEE) competente, ello significa que existe algún requisito que debe ser subsanado, para lo cual se le otorga a la agrupación política el plazo de dos días calendarios.

“Por otro lado, si una lista de candidatos es declarada improcedente, significa que son requisitos no subsanables o aquellos subsanables que no se corrigieron dentro del plazo otorgado”, informó la entidad mediante un video informativo en su cuenta de X.

Proceso para las

listas inadmisibles

En el caso de las listas inadmisibles, se indica que, si las observaciones señaladas no se subsanan dentro del plazo señalado, la lista pasa a ser declarada improcedente.

En cambio, si se llegara a levantar la observación de inadmisibilidad de la lista, el JEE correspondiente admite la inscripción.

Apelación de improcedencia

En tanto, el JNE precisó que 

la improcedencia de una lista no se puede subsanar, pero se puede apelar.

“La declaración de improcedencia de una solicitud por parte del JEE puede ser apelada dentro de los tres días calendarios a la publicación de la resolución, a fin de que el pleno del JNE resuelva en última instancia”, se indica.

Según el Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para las Elecciones Generales de 2026, existen cuatro requisitos no subsanables para la lista de candidatos.

Estos son: que la lista se haya presentado incompleta; que no cumpla con la paridad de género; que no haya cumplido con la participación en las primarias; y, no cumplir con los requisitos para ser elegido en el cargo

Finalmente, el Jurado Nacional de Elecciones, máximo ente electoral recordó visitar las plataformas de Voto Informado, InfoGob y Fact Checking del JNE, para mayor información o aclarar dudas.

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