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FUNCIONARIOS DEL GOBIERNO REGIONAL GESTIONARON PAGO IRREGULAR DE ALQUILER DE MAQUINARIA A 15 CONTRATISTAS POR UN MONTO DE S/ 1´778, 815.58
* Contraloría pide a Arturo Uribe Torres, Presidente del Consejo Regional, poner en conocimiento de los consejeros, el presente informe de Auditoría, a fin que disponga el inicio de las acciones que correspondan. * Contraloría pide a la Procuraduría Pública Especializada en delitos de corrupción que inicie las acciones penales contra los funcionarios y/o servidores comprendidos en los hechos de la observación, con la finalidad que se determinen las responsabilidades que correspondan.
Por Administrador
Publicado en 10/11/2025 10:26
NOVEDADES

Como resultado de la Auditoria de Cumplimiento practicada al Gobierno Regional de Lima, se han detectado una serie de irregularidades, que están conllevando a que contraloría recomiende el inicio de acciones administrativas y penales contra un grupo de funcionarios de esta entidad regional.

LO QUE SEÑALA CONTRALORIA...

Según Contraloría, en el marco del Estado de Emergencia declarado mediante Decretos Supremos N° 029 y 035- 2023-PCIV del 03 y 12 de marzo de 2023, respectivamente, funcionarios del Gobierno Regional de Lima, conformado por el titular de la Entidad (Gobernadora Regional de Lima), el área usuaria (Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente y Oficina Regional de Defensa Civil y Defensa Nacional) y el Órgano Encargado de las Contrataciones (Subgerencia Regional de Administración y Oficina de Logística), así como la máxima autoridad administrativa de la Entidad (Gerencia General Regional), consintieron y validaron la prestación del servicio de alquiler de vehículos y/o maquinaria pesada de 15 contratistas, sin observar lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado y/o normativa interna de la Entidad.

Asimismo, funcionarios de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la Subgerencia Regional de Defensa Civil y Defensa Nacional, la Subgerencia Regional de Administración, la oficina de Logística, la Subgerencia Regional de Asesoría Jurídica, la Procuraduría Pública Regional, la Gerencia General Regional y la Gobernación, gestionaron irregularmente a través de actas de conciliación, el reconocimiento de deuda y compromiso de pago, por la prestación del servicio de alquiler de vehículos y/o maquinaria pesada para la atención del Estado de Emergencia declarados con los Decretos Supremos N°s 029 y 035-2023- PCM de 03 y 12 de marzo de 2023, las cuales fueron realizadas sin observar el marco legal, sin que se dé cumplimiento a los requisitos establecidos en el procedimiento conciliatorio, omitiendo disponer acciones para el deslinde de responsabilidades de los servidores que en nombre de la Entidad, tomaron acciones fuera del marco legal.

Hechos a los cuales, es de aplicación, el artículo 76° de la Constitución Política del Perú, sobre contratación pública, el articulo 35° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sobre contrataciones y adquisiciones regionales; los artículos 2°, 3°, 8°, 9°, 27° y 45° de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y modificatorias, sobre principios que rigen las contrataciones, ámbito de aplicación, funcionarios, dependencias y órganos encargado de las contrataciones, responsabilidades esenciales, contrataciones directas, medios de solución de controversias de la ejecución contractual.

Por lo que, los referidos hechos generaron que se consienta y valide la prestación del servicio de alquiler de vehículo y/o maquinaria a pesada de quince (15) contratistas, sin observar las disposiciones de la normativa de contrataciones del Estado; asimismo, ocasionó que se gestione irregularmente el pago de solicitudes de reconocimiento de deuda para quince (15) contratistas por un monto total de S/ 1 ´778, 815.58, como resultado de la prestación de servicios de alquiler de maquinaria pesada para la ejecución de trabajos de limpieza y descolmatación en algunos distritos de las nueve (9) provincias del departamento de Lima declarados en emergencia, que fue realizado fuera del marco legal.

La realización de los hechos tuvo su origen en la decisión funcional (acción y omisión) de los funcionarios del gobierno regional de Lima, comprendido por la Gobernadora Regional de Lima, el área usuaria (Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente y Oficina Regional de Defensa Civil y Defensa Nacional) y el Órgano Encargado de las Contrataciones (Subgerencia Regional de Administración y Oficina de Logística), así como la máxima autoridad administrativa de la Entidad (Gerencia General Regional), quienes consintieron y validaron la prestación del servicio de alquiler de vehículos y/o maquinaria pesada de quince (15) contratistas, sin observar lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado y/o normativa interna de la Entidad.

Asimismo, la Gobernación, la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la Subgerencia Regional de Defensa Civil y Defensa Nacional, la Subgerencia Regional de Administración, la Oficina de Logística, la Subgerencia Regional de Asesoría Jurídica, la Procuraduría Pública Regional; quienes irregularmente gestionaron el reconocimiento y pago por el monto S/ 1´778, 815.58, a favor de quince (15) contratistas, que brindaron el servicio de alquiler de vehículos y/o maquinaria pesada sin observar las disposiciones de la normativa de contrataciones del Estado, las mismas que fueron consentidas y validadas por la Entidad.

El Gobierno Regional de Lima carece de un archivo físico o digital específico para documentar las actuaciones de la Entidad en la contratación directa en estado de emergencia, generando el riesgo de afectar el proceso de conservación de la documentación que evidencia la gestión realizada para una adecuada rendición de cuentas.

RECOMENDACIONES AL TITULAR DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA:

Realizar las acciones tendentes a fin que el órgano competente efectúe el deslinde de las responsabilidades que correspondan, de los funcionarios y/o servidores públicos del Gobierno Regional de Lima comprendidos en los hechos observados del presente informe de Auditoria, de acuerdo a las normas que regulan la materia.

AL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE LIMA:

Poner en conocimiento el presente informe de Auditoria, a fin que disponga el inicio de las acciones que correspondan.

A LA PROCURADURÍA PÚBLICA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCIÓN:

Iniciar las acciones penales contra los funcionarios y/o servidores comprendidos en los hechos de la observación N° 1 del Informe de Auditoria con la finalidad que se determinen las responsabilidades que correspondan.

FUNCIONARIOS COMPRENDIDOS EN LAS OBSERVACIONES DE CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

1.- Rosa Gloria Vásquez Cuadrado, Gobernadora Regional

2.- Leonardo Edison Vílchez Fernández, Gerente general Regional

3.- Yuri Rojas Santiago, Subgerente Regional de Administración

4.- Flor Mery Yauri Ramírez, Gerente Regional de Recursos Naturales (Presunta responsabilidad penal)

5.-Luis Alberto Huamán Ordoñez, Subgerente de Asesoría Legal (Presunta responsabilidad penal )

6.- Kelly Cristina Borja Pérez, Procuradora Pública Regional ad hoc (Presunta responsabilidad penal)

7.- Víctor Hernán Díaz Bernal, Jefe Oficina Regional de Densa Civil 2023 – 2024 (Presunta responsabilidad penal)

8.- Melvin Grimaldo Rodríguez Minchola, Jefe Oficina Regional Defensa Civil (2023)

9.- Pablo Virgilio Díaz Menacho, Jefe de la Oficina de Logística

10.- Pablo Guizabalo Moreno, Subgerente Regional de Asesoría Legal

(Oscar Rolando Guerrero Torres/fuente: Informe Auditoría N° 007-2025-2-5344-AC)

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