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LA LEGITIMIDAD DEL USO DE LA FUERZA EN EL ESTADO DE DERECHO...
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Por Administrador
Publicado en 31/10/2025 09:55
NOVEDADES

El uso legitimo de la fuerza por parte del Estado constituye un elemento estructural del orden jurídico y político moderno. Tal como sostiene Max Weber, el Estado se define como “la organización que reivindica con éxito el monopolio legítimo de la violencia física dentro de un territorio determinado”. Esta afirmación, más que una justificación de la coerción, representa la esencia del poder estatal legítimo, en el que la violencia no es un fin en sí mismo, sino un medio reglado al servicio del Derecho. En consecuencia, la legitimidad de la fuerza pública descansa en tres fundamentos esenciales: la legalidad del mandato, la aceptación social de la autoridad y la racionalidad en su ejercicio.

En el contexto peruano, las protestas sociales iniciadas en 2022 revelaron las tensiones inherentes entre el derecho a la protesta pacífica —reconocido por el artículo 2 inciso 12 de la Constitución— y el deber estatal de garantizar el orden interno, conforme al artículo 166°. El Decreto Legislativo N.º 1186 regula el uso de la fuerza policial bajo los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, en concordancia con los estándares internacionales fijados por la Convención Americana sobre Derechos Humanos y los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley (ONU, 1990). Sin embargo, la legitimidad de la acción estatal depende no sólo de su juridicidad formal, sino de su justificación ética y sociológica, como advierte Jürgen Habermas, quien entiende la legitimidad como el reconocimiento racional del poder político fundado en la comunicación y el consenso social.

La comparación con el megaoperativo policial “Contención” que se viene desarrollando en Río de Janeiro contra la organización criminal “Comando Vermelho” en dos favelas de dicha ciudad brasileña, permite observar otra dimensión del problema: cuando el Estado enfrenta grupos armados organizados que erosionan su autoridad territorial, la fuerza pública se convierte en un instrumento de reconstrucción del orden soberano. Autores como Hannah Arendt distinguen entre poder y violencia, subrayando que la violencia puede ser legítima únicamente cuando preserva el poder político institucional y no cuando lo sustituye. En tal sentido, el uso de la fuerza contra estructuras criminales —que se amparan en vacíos del sistema garantista para sostener su existencia incluso bajo reclusión penal— constituye un ejercicio de defensa del Estado de Derecho más que un acto represivo.

Desde una perspectiva jurídico-política, la legitimidad del uso de la fuerza pública no se agota en la obediencia a la norma, sino en su orientación hacia la protección del interés colectivo y la preservación de los valores democráticos. Tal como apunta Norberto Bobbio, el Derecho y la fuerza son inseparables, pero la diferencia entre la violencia legítima y la ilegítima reside en la norma que la autoriza y los fines que persigue. En suma, el Estado no puede abdicar de su potestad coercitiva sin poner en riesgo su propia existencia; pero debe ejercerla conforme al principio de juridicidad, asegurando que toda acción coercitiva se traduzca en la defensa del orden constitucional, el imperio de la ley y los derechos colectivos de la sociedad.

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