La Comisión Permanente del Congreso de la República, que preside José Jerí, aprobó, por 15 votos a favor, tres en contra y una abstención, el informe final presentado por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, respecto de la Denuncia Constitucional 424, que recomienda acusar al expresidente Martín Vizcarra Cornejo, por delitos de negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo y nombramiento ilegal en agravio del Estado.
Dichas figuras delictivas se encuentran previstas y sancionadas en el artículo 399 y 381 del Código Penal.
Precisamente, la Denuncia Constitucional 424 fue presentada por la exfiscal de la nación, Patricia Benavides Vargas, en contra de Vizcarra Cornejo e incluyó a la exministra de Justicia y Derechos Humanos, Ana Teresa Revilla Vergara.
En las conclusiones, se establece acusar a Vizcarra Cornejo por haberse interesado indebidamente en forma directa en la designación de Daniel Soria Luján, como procurador general del Estado; no obstante, que dicho abogado no cumplía con los requisitos legales para el cargo.
El documento señala que la designación se concretó mediante la Resolución 017-2020-JUS, de fecha 1 de febrero de 2020.
Tras la votación, todos los actuados serán remitidos a la Fiscalía de la Nación, según expresó el titular del Parlamento.
La presidenta de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, Lady Camones Soriano, sustentó el informe final, y solicitó al Pleno, previo debate, aprobar el informe final que recomienda acusar al exmandatario.
En la sesión intervino, vía virtual, la exministra Revilla Vergara, quien sostuvo que las acusaciones en su contra “carecen de sustento”, tras explicar que la trayectoria de Daniel Soria Luján demuestra que dicho funcionario cuenta con todas las credenciales para ejercer la defensa jurídica y constitucional del Estado.
“Las imputaciones (en mi contra) no tienen base constitucional ni legal”, enfatizó la extitular de Justicia, tras solicitar el archivamiento de la denuncia constitucional.
Durante el debate, la congresista Gladys Echaíz advirtió que, en el caso de Revilla Vergara, no hay nada que debatir porque la resolución con el cual se nombró al procurador (Soria Luján) es de fecha 1 de febrero del 2020 y, a enero del 2025, caducó la facultad del Parlamento para hacer cualquier acusación o denuncia.
La congresista Camones Soriano precisó que, “nosotros hemos formulado al momento de sostener el informe final, que ya la prerrogativa de antejuicio respecto a la exministra de justicia habría vencido”. Luego precisó que Revilla Vergara dejó el cargo de ministra el 13 de febrero de 2020.
El titular del Parlamento, José Jerí Oré, informó que el expresidente Vizcarra Cornejo, fue debidamente notificado de manera virtual, vía WhatsApp, correos electrónicos y en los domicilios declarados consignados en el expediente, para ejercer su derecho de defensa respecto al informe final de la Denuncia Constitucional 424.
APRUEBAN INFORME QUE RECOMIENDA INHABILITAR A BETSSY CHÁVEZ POR 10 AÑOS PARA EJERCER FUNCIÓN PÚBLICA
De otro lado, con 17 votos a favor, cuatro en contra y cero abstenciones, la Comisión Permanente del Congreso de la República, aprobó el informe final de la Denuncia Constitucional 351, que recomienda inhabilitar por diez años para el ejercicio de la función pública a Betssy Betzabet Chávez Chino.
Esto es por su participación en la ejecución de acciones previas y posteriores, durante el golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022, perpetrado por el expresidente Pedro Castillo Terrones.
Al respecto, la presidenta de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, Lady Camones Soriano, sustentó el informe que concluye que Chávez Chino, en su condición de expresidenta del Consejo de Ministros, incurrió en la presunta infracción a los artículos 38, 39 y 45 de la Constitución Política del Perú, “durante el inconstitucional e ilegal golpe de Estado”, de diciembre 2022.
El documento propone que, “de acuerdo con lo establecido en el artículo 100 de la Constitución Política del Perú, se imponga la sanción de inhabilitación por diez años para el ejercicio de la función pública, a la expresidenta del Consejo de Ministros, Betssy Betzabet Chávez Chino, por la infracción de los artículos 38, 39 y 45 de la Constitución Política del Estado”.
La congresista Camones Soriano, durante la sustentación, sostuvo que la recomendación para la inhabilitación del ejercicio de la función pública de Chávez Chino surge como “consecuencia necesaria de la infracción comprobada y como garantía de la preservación del orden democrático y la supremacía de nuestra Constitución”.
Añadió que, “por los fundamentos de hecho y derecho expuestos, corresponde solicitar que la Comisión Permanente ratifique las conclusiones del informe final de la denuncia constitucional, haciendo la precisión que no serían presuntas. Betssy Chávez Chino, como presidenta del Consejo de Ministros y al lado del presidente de la República, respaldó la disolución del Congreso el día 7 de diciembre del 2022 con plena conciencia de que carecía de todo sustento”.
Camones Soriano consideró que la exjefa del Gabinete Ministerial decidió sostener un acto nulo desde su origen, confiando en que la fuerza de su investidura bastaba para imponerlo.
“Esa decisión convirtió su cargo en instrumento de la ruptura del orden constitucional y obliga al Congreso a imponer la sanción ejemplar para garantizar que nunca más se repita un intento de quebrantar la voluntad del pueblo”, puntualizó. En la sesión, intervinieron los abogados de Chávez Chino, Raúl Noblecilla Olaechea y Luis Barranzuela Vite, quienes cuestionaron las acusaciones contra su patrocinada e incluso las calificaron de “absurdas”.
Los congresistas Soriano Camones y Jorge Montoya, serán quienes sustenten la acusación contra la extitular de la Presidencia del Consejo de Ministros ante el Pleno del Parlamento.