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ALUMNOS “TARDONES” PERMANECEN POR HORAS EN PATIO DEL PLANTEL DE EMBLEMÁTICO COLEGIO
Por Administrador
Publicado en 19/09/2025 09:52
NOVEDADES

Padres de familia de la Institución Educativa Pública N° 20874 “Centro de Varones” de San Vicente de Cañete, cuyos hijos estudian en el turno tarde, expresaron su malestar debido a que los alumnos que llegan tarde, a la hora de ingreso, son mantenidos en el patio del plante, permaneciendo más de cuatro horas lectivas que deberían ser destinadas al proceso de aprendizaje, incluso por asistir con buzo en fecha que no correspondería.

Visiblemente mortificados, los padres de familia expresaron que, si bien es necesario hacer los correctivos necesarios para evitar la llegada tarde de los alumnos del plantel, las medidas deberían ser coordinadas con ellos, para ver soluciones que pueden ser por acciones irresponsables de los propios alumnos, o por llegar de lugares distantes; y encontrar vías de solución.

Si una institución obliga a los estudiantes a quedarse sentados sin participar en clase como “sanción” por haber llegado tarde, esto puede vulnerar algunos derechos reconocidos en la normativa educativa peruana.

Es importante indicar que el Ministerio de Educación (Minedu)

no ha establecido una norma que regule esta situación; sin embargo, los colegios tienen las facultades y libertades de establecer sus condiciones, que son las normas básicas de convivencia.

En estas, figuran los horarios de ingreso, de salida e incluso el periodo de tolerancia para ingresar al centro educativo. “Somos conscientes que no se debe permitir la tardanza constante de llegada de los alumnos al colegio, pero tampoco se los puede exponer a las inclemencias del tiempo que pueden afectar su salud y seguridad manteniéndolos por horas sentados en el patio” señaló un progenitor, agregando que esperan la presencia del director, que se encuentra acompañando a la delegación escolar que participa de un evento nacional, debido a que estas drásticas medidas habría sido dadas por la encargada del plantel de manera momentánea, en los dos últimos días por la coordinadora Norma Mendoza.

NORMATIVA Y DERECHOS QUE SE AFECTAN

a.- Derecho a la educación:

Constitución Política del Perú, art. 13 y 14 → Todos tienen derecho a una educación integral y de calidad.

Ley General de Educación N.° 28044, art. 8 → Los estudiantes tienen derecho a una educación que asegure el pleno desarrollo de sus capacidades.

b.- Restringir su participación en clase limita el acceso efectivo al aprendizaje.

c.- Derecho a la no discriminación y al trato digno .

Ley N.° 29719 (Prevención del Bullying), art. 2 → Estudiantes tienen derecho a un trato digno y a un entorno escolar libre de violencia y discriminación.

d.- Tenerlos “apartados” o inmovilizados puede exponerlos a situaciones de estigmatización o humillación frente a sus pares.

e.- Derecho a la participación:

RVM N.° 712-2018-MINEDU – Lineamientos para la gestión de la convivencia escolar, art. 19 → Los estudiantes tienen derecho a participar plenamente en las actividades de aprendizaje.

f.- Al excluirlos del proceso de clase, se les priva de este derecho.

g.- Principio de interés superior del niño y adolescente

Código de los Niños y Adolescentes (Ley N.° 27337, art. 9) → En toda medida se debe priorizar el desarrollo integral del estudiante.

Una sanción que les impide aprender no responde a este principio. 8LÍNEA DIRECTA/ Elarquim)

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