DESIGNAN A ROMMEL HUGO FLORES SANTOS COMO JUEZ PROVISIONAL DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO DE CAÑETE...
Política
Publicado en 05/01/2025

Mediante la Resolución Administrativa 002-2025, emitida por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete, se designó al Sr. Rommel Hugo Flores Santos, como Juez Provisional del Primer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Cañete, para el ejercicio del año judicial 2025. Aquí el tenor de la Resolución: San Vicente De Cañete, 02 de enero de 2025 RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 002-2025-PR-CSJCÑ-PJ VISTO: La Resolución Administrativa N° 071-2010-CE-PJ del 24 de febrero del 2010, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. La Resolución Administrativa N° 487-2019-CE-PJ del 11 de diciembre del 2019, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Cuadro de Producción Jurisdiccional y porcentaje en relación a estándares establecidos por Resoluciones Administrativas N° 174-2014-CE-PJ y N°395-2020-CE-PJ, porcentajes de avance de cumplimiento al mes de noviembre del 2024 y requerido de expedientes resueltos sólo en trámite según oficio circular N° 01-2024-OPJ-CNPJ-CE-PJ, remitido por la Oficina de Estadística; y, CONSIDERANDO: PRIMERO. La Ley de la Carrera Judicial señala en su artículo 65.2 que los jueces provisionales son aquellos titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato. SEGUNDO. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial con la primera resolución de vistos, precisa que al inicio del Año Judicial, el Presidente de Corte Superior designa a los magistrados en los Juzgados Especializados, Mixtos y de Paz Letrados con estricta sujeción a los criterios y procedimientos establecidos en la Ley N°29277 -Ley de la Carrera Judicial- en el Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS y demás disposiciones administrativas de la materia. TERCERO. Con la segunda resolución de vistos, el máximo órgano de Gobierno del Poder Judicial, dispone en el artículo segundo de su parte resolutiva que, en los Distritos Judiciales del país, para el llamamiento de jueces como provisionales, se tomará como referencia los siguientes aspectos: requisitos de ley, producción jurisdiccional, medidas disciplinarias impuestas, capacitación en la especialidad, experiencia laboral, idoneidad e integridad; y otros vinculados a la función jurisdiccional. CUARTO. La Corte Superior de Justicia de Cañete cuenta con órganos jurisdiccionales con plazas de jueces vacantes, y además por Resolución Administrativa N° 001-2025-PR-CSJCÑ-PJ, del 02 de enero del 2025, se designó a jueces superiores provisionales; asimismo, corresponde designar a los jueces de paz letrados titulares durante el Año Judicial 2025, como jueces especializados a fin de continuar con el normal funcionamiento de los órganos jurisdiccionales. QUINTO. El Despacho de Presidencia ha procedido a convocar a los jueces titulares de los juzgados de paz letrado de esta Corte Superior de Justicia, como a los magistrados: Raúl Nemesio Cuentas Lagos, juez titular del Juzgado de Paz Letrado de Mala, Enrique Medina Alegría, juez titular del Juzgado de Paz Letrado de San Vicente, Luis Fernando Chávez Acharte, juez titular del Juzgado de Paz Letrado en adición Juzgado de Investigación Preparatoria de Lunahuaná, quienes expresaron su voluntad de permanecer en el órgano jurisdiccional del que son titulares. En el caso del magistrado Enoc Jefte Quispe Nestares, juez titular del Juzgado de Paz Letrado y en adición Juzgado de Investigación Preparatoria, no ha dado respuesta a si desea ser promovido a la instancia superior; además, no llegó a la meta de producción establecida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, según el Cuadro de Producción emitido por la Oficina de Estadística. SEXTO. Ante la convocatoria antes referida aceptó la propuesta el magistrado Rommel Hugo Flores Santos, juez titular del Juzgado de Paz Letrado en adición Juzgado de Investigación Preparatoria de Yauyos, quien se encuentran comprendido en el Cuadros de Antigüedad y de Méritos de Jueces Especializados, Mixtos Titulares, y de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Cañete, aprobado por la Sala Plena con la Resolución Administrativa N° 000018-2024-PR-CSJCÑ-PJ, del 10 de Julio de 2024. En el año 2024 se ha desempeñado como juez provisional del Primer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Cañete, registrando al mes de noviembre una producción del 118 %, logrando superar la producción establecida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; además, cuenta con experiencia en el puesto y no registra medida disciplinaria alguna, según la información proporcionado por la Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial de Cañete, con el Oficio N° 313-2024-SEC-ODANC/ CSJCÑ-PJ del 19 de diciembre del 2024. SETIMO. Asimismo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 30161, constituye un requisito indispensable para el ejercicio del cargo, presentar la declaración jurada de ingresos, bienes y rentas al inicio, durante el ejercicio y al término de la gestión o el cargo que ejercen, en las oportunidades y plazos que se establezcan en el Reglamento. El Reglamento de la Ley que regula la publicación de la declaración jurada de ingresos y bienes y rentas de los funcionarios y servidores públicos del Estado, prescribe que en el caso del “obligado” que inicia su gestión, cargo o labor, la presentación de la Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas deberá producirse dentro de los quince (15) días útiles siguientes a la fecha en que se inicia dicha gestión, cargo o labor. Asimismo, mediante Decreto Supremo N°091-2020/PCM, publicado el 21 de mayo de 2020, se aprobó el Reglamento del Decreto de Urgencia 020-2019 que estableció la obligación de presentar declaración jurada de intereses por los funcionarios y servidores públicos y otros sujetos señalados en dicha norma como los magistrados. En consecuencia, se deberá cumplir con presentar la declaración jurada de ingresos, bienes y rentas, así como la declaración jurada de intereses para ejercer el cargo de Juez/a. OCTAVO. La Junta Nacional de Justicia con el Oficio N°440-2022-JNJ del 26 de julio del 2022, solicitó que se le remita las resoluciones administrativas correspondiente a sus designaciones, conclusiones, encargaturas, renuncias y otros, correspondiente a jueces titulares y no titulares de la jurisdicción a fin de mantener actualizada la base de datos de magistrados. En consecuencia, corresponde remitir la presente resolución al mencionado organismo. NOVENO. El Presidente de Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución y de conformidad con las normas administrativas y legales sobre la materia se encuentra facultado para designar a los jueces provisionales, así como dejar sin efecto las designaciones, por lo que en uso de las facultades conferidas por los incisos 1), 3), y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero. DESIGNAR al Magistrado ROMMEL HUGO FLORES SANTOS como JUEZ PROVISIONAL del Primer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Cañete para el Año Judicial 2025, con reserva de su plaza de origen del juez titular del Juzgado de Paz Letrado en adición Juzgado de Investigación Preparatoria de Yauyos. Artículo Segundo. EXHORTAR al magistrado promovido en la presente resolución cumplir con presentar dentro de los plazos legales su declaración de bienes y rentas; así como su declaración juradas de intereses. Artículo Tercero DISPONER se remita la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia en formato PDF al correo electrónico: desplazamientos_poderjudicial@jnj.gob. pe. Artículo Cuarto. REMITASE copia certificada de la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial de Cañete, al magistrado designado en la presente resolución, Gerencia de Recursos Humanos de la Gerencia General, Oficina de Administración, Oficina de Personal, Administrador del Módulo Penal y a la Oficina de Imagen para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. Documento firmado digitalmente FRANCISCO ENRIQUE RUIZ COCHACHIN Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete

Comentarios