MUNICIPALIDAD DE ZÚÑIGA HIZO GALA DE INCAPACIDAD DE TRABAJO EN FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL AÑO 2023
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Publicado en 20/03/2024

El pasado 28 de febrero del año en curso, la Contraloría General de la República, notificó al alcalde de la Municipalidad Distrital de Zúñiga Alejandro Fernando Elías Carlos, el hallazgo de un hecho con indicio de irregularidad evidenciado, en su gestión, realizado en el año 2023.

Y se trata de no haber realizado inversiones o desarrollado programas en favor e las personas con discapacidad de su distrito. Surge aquí la gran pregunta…¿No hay personas con discapacidad en el distrito de Zúñiga?

Mediante la Ley N.° 29973 se aprobó la Ley General de la Persona con Discapacidad, teniendo como finalidad establecer el marco legal para la promoción, protección y realización, en condiciones de igualdad, de los derechos de la persona con discapacidad, promoviendo su desarrollo e inclusión plena y efectiva en la vida política, económica, social, cultural y tecnológica.

La Comisión de Control ha revisado, con fecha de corte al 31 de enero de 2024, información registrada en la base de datos pública del Portal de Transparencia Económica Perú/Consulta Amigable/Consulta de Ejecución del Gasto del Ministerio de Economía y Finanzas, correspondiente al año fiscal 2023, en la Actividad Presupuestal: 5005387 - Mejoramiento y Atención a las Personas con Discapacidad, en la estructura funcional programática establecida para financiar las actividades de la OMAPED; con relación a la Municipalidad Distrital de Zuñiga, se observa que la entidad registra como devengado S/ 0 (cero con 00/100 soles), situación que razonablemente lleva a concluir que no se utilizó hasta el 0,5% del presupuesto institucional para financiar los gastos operativos, planes, programas y servicios que por ley debe realizar la OMAPED

Al respecto, de acuerdo al Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, la Municipalidad Distrital de Zuñiga tiene la clasificación municipal tipo F; consecuentemente, dicho gobierno local no cumplió con utilizar hasta el 0,5% de su presupuesto institucional en el año fiscal 2023 para financiar los gastos operativos, planes, programas y servicios que por ley deben realizar las Oficinas Municipales de Atención a las Personas con Discapacidad a favor de la población con discapacidad en su jurisdicción.

CONCLUSIÓN

En virtud a lo antes expuesto, el órgano contralor solicita a la autoridad edil, adoptar las acciones que correspondan, en el ámbito de sus competencias, a fin de atender o superar el hecho con indicio de irregularidad como resultado de la Acción de Oficio Posterior, y de ser el caso, disponer el deslinde de responsabilidades que correspondan.

Asimismo; solicita remitir el Plan de Acción para la implementación de las recomendaciones del informe del servicio de control posterior al Órgano de Control Institucional citado en dicho plan, en un plazo de veinte (20) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de recibida la comunicación, que se realizó el 28 de febrero, por lo cual el plazo para la respuesta aún se encuentra corriendo. (ELARQUIM)

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