¡AL MÁRGEN DE LA LEGALIDAD!...MUNICIPALIDAD DE QUILMANÁ OCULTÓ INFORMACIÓN ECONÓMICA EVITANDO CONTROL Y FISCALIZACIÓN CIUDADANA
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Publicado en 08/03/2024

La transparencia y el acceso a la información pública constituyen herramientas indispensables para garantizar el principio de publicidad y máxima divulgación dentro de la administración pública. Un gobierno transparente permite el efectivo ejercicio de derechos fundamentales de los ciudadanos, así como la fiscalización y el control del correcto cumplimiento de las obligaciones de las entidades públicas.

Lamentablemente esos no parecen ser los principios que rigen los destinos en la Municipalidad Distrital de Quilmaná que regenta el alcalde Regis Víctor Pomalaya Godoy, que desde el inicio de gestión se ha vista involucrada en una serie de hechos y escándalos, que ponen en tela de juicio, al titular de pliego y sus funcionarios, en un trabajo correcto en la manejo edil, pese a que el alcalde, a través del tiempo se ha considerado como un experto en el manejo edil, incluso hasta fue “distinguido” por ello, pero la verdad, que para muchos quilmaneños y cañetanos, el cargo de alcalde le habría quedado demasiado grande.

OCULTÓ INFORMACIÓN PÚBLICA EN EL 2023… ¿PARA NO SER FISCALIZADO?

La gestión de Pomalaya Godoy en el distrito de Quilmaná ocultó información pública, que estaba en la obligación de publicar y difundir, para conocimiento y fiscalización ciudadana. Así lo ha determinado la Contraloría General de la República a través del informe de acción de oficio Posterior N° 30230-2023-CG/PREVI-AOP fechado el 28 de diciembre del 2023.

“La entidad no registró en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado SEACE, ciento cincuenta y cinco (155) órdenes de compra y mil novecientos veinticinco (1925) órdenes de servicio por montos iguales o inferiores a ocho (8) unidades impositivas tributarias, emitidas del 1 de enero al 31 de agosto de 2023; lo cual limita el acceso a la consulta ciudadana, el ejercicio del control social de las actividades y acciones de los funcionarios y servidores públicos, así como, la supervisión y control que puedan ejercer otras entidades, respecto al uso correcto de los fondos públicos”.

Así lo señala el organismo contralor, agregando que dicho informe, se emitió con el objetivo de hacer de conocimiento del Titular de la entidad, la existencia de un hecho con indicio de irregularidad; con el propósito de que el Titular de la entidad o responsable de la dependencia adopte las acciones inmediatas que correspondan en el ámbito de sus competencias.

El pasado 10 de enero del año en curso, la Subgerencia de Prevención e Integridad (e) de la Contraloría General de la República mediante Oficio N° 001459-2024-CG/PREVI, notifica al alcalde quilmaneño Regis Pomalaya Godoy, la existencia de hechos con indicio de irregularidad evidenciados, con el fin de que se adopten las acciones inmediatas que correspondan, solicitando remitir el Plan de Acción para la implementación de las recomendaciones del informe del servicio de control posterior al Órgano de Control Institucional citado en dicho plan, en un plazo de veinte (20) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de recibida la presente comunicación.

¿SE HA HECHO DESLINDE?

Un hecho con indicio de irregularidad, es aquella situación concreta contraria a las disposiciones legales, disposiciones internas y las estipulaciones contractuales establecidas, originada por una acción u omisión de un funcionario o servidor público que afecte la integridad, transparencia, continuidad o resultados de los procesos e intervenciones públicas a cargo de las entidades bajo control.

Lo cierto es que, la Contraloría requiere que se adopten las acciones que correspondan en el ámbito de sus competencias a fin de atender o superar el hecho con indicio de irregularidad como resultado de la Acción de Oficio Posterior, y de ser el caso, disponer el deslinde de responsabilidades que correspondan.

¿Se hizo el deslinde de responsabilidad por tamaña omisión funcional? ¿Quiénes fueron los responsables del hecho? ¿Hay proceso o sanción contra los responsables?....

Preguntas que flotan en el ambiete, que sin duda, merecen respuestas por parte de la Municipalidad, y por la TRANSPÁRENCIA, de la que no ha hecho gala, debería comunicar a su comunidad.

El Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado-SEACE permite el intercambio de información y difusión sobre las contrataciones del Estado y de la realización de tra

nsacciones electrónicas. El SEACE es además el principal mecanismo de divulgación, ya que en este se publican las convocatorias a proveedores.

(ELARQUIM)

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